Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2005 (08/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, miercoles 8 de junio de 2005

NORMAS LEGALES

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cepcional valor como sitio de Patrimonio Mixto de la Humanidad; Que, el Comite de Patrimonio Mundial de la UNESCO en su 28º Sesion realizada en la MORDAZA de Suzhou, China, en el ano 2004, recomendo al Estado Peruano otorgar la mas alta prioridad para culminar el MORDAZA de actualizacion del Plan Maestro del Santuario Historico de Machupicchu; Que, la Ley de Areas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, establece en su articulo 8º, incisos b), c) y g) que el Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA tiene entre otras funciones proponer la normatividad requerida para la gestion y desarrollo de las Areas Naturales Protegidas y aprobar las normas administrativas necesarias para la gestion y desarrollo de estas; Que, la citada Ley establece en su articulo 18º que las areas naturales protegidas contaran con documentos de planificacion de caracter general y especificos por MORDAZA de recurso y actividad aprobados por el INRENA con participacion de los sectores correspondientes, los que constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro de las areas naturales protegidas; Que, la referida Ley establece en su articulo 20º que la autoridad nacional aprobara un plan maestro para cada area natural protegida, el cual constituye el documento de planificacion de mas alto nivel de las mismas, en el que se define la zonificacion, estrategias y politicas generales para la gestion del area; la organizacion, objetivos, planes especificos requeridos y programas de manejo; y, los MORDAZA de cooperacion, coordinacion y participacion relacionados al area y su MORDAZA de amortiguamiento; Que, la Estrategia Nacional para las Areas Naturales Protegidas - Plan Director, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 010-99-AG, establece que los planes maestros seran elaborados por medio de un MORDAZA participativo y deben ser revisados cada cinco (5) anos; Que, asimismo, el Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, en su articulo 37º, numeral 4), senala que el Plan Maestro es aprobado mediante Resolucion Jefatural del INRENA, con una vigencia de cinco (5) anos, a propuesta de la Direccion General de Areas Naturales Protegidas, actual Intendencia de Areas Naturales Protegidas; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 085-98INRENA, publicada el 23 de octubre de 1998 se aprobo el Plan Maestro del Santuario Historico de Machupicchu, como documento de planificacion del mas alto nivel para el area natural protegida, que orienta el desarrollo de cualquier actividad que se lleve a cabo al interior del citado santuario historico y su MORDAZA de amortiguamiento; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 322-2001INRENA, de fecha 13 de diciembre de 2001, se preciso la MORDAZA de Amortiguamiento del Santuario Historico de Machupicchu; Que, mediante Resolucion de Intendencia Nº 014-2004INRENA-IANP, de fecha 16 de septiembre de 2004, se aprobaron los terminos de referencia para la actualizacion del Plan Maestro del Santuario Historico de Machupicchu; Que, el Jefe del Santuario Historico de Machupicchu y los Equipos Tecnicos del INRENA y del Instituto Nacional de Cultura conformados para la actualizacion del plan maestro de dicha area natural protegida presentaron ante la Intendencia de Areas Naturales Protegidas y ante la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura la propuesta para la actualizacion de dicho plan, propuesta elaborada conjuntamente por los referidos equipos sobre la base de los estudios tecnicos realizados y el MORDAZA participativo correspondiente desarrollado conjuntamente entre el Instituto Nacional de Cultura y el INRENA, el cual involucro a la poblacion local, las instituciones publicas y privadas vinculadas a la conservacion del area natural protegida y su MORDAZA de amortiguamiento; Que, mediante Oficios Nºs. 396, 397, 398, 399 y 4002005-INC/DN, todos de fecha 5 de MORDAZA de 2005, la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura conjuntamente con la Jefatura del INRENA remitieron MORDAZA del documento de actualizacion del Plan Maestro del Santuario Historico de Machupicchu a los miembros del Consejo Directivo de la Unidad de Gestion del Santuario Historico de Machupicchu asi como al senor Viceministro de Turismo y a los senores Ministros de Educacion, Agricultura y Relaciones Exteriores; Que, en sesion del Comite Directivo de la Unidad de Gestion del Santuario Historico de Machupicchu, desarrollada en fecha 12 de MORDAZA de 2005, en la Sala de Reuniones del Gobierno Regional del MORDAZA, se presento el documento de actualizacion del Plan Maestro del Santuario Historico de Machupicchu ante la Presidencia del citado Comite;

Que, mediante Informe Nº 264-2005-INRENA-IANP/ DPANP-DOANP, de fecha 31 de MORDAZA de 2005, la Intendencia de Areas Naturales Protegidas manifiesta su conformidad con la citada propuesta, por lo que mediante Oficio Nº 511-2005-INRENA-IANP, de fecha 31 de MORDAZA de 2005, remite a la Jefatura del INRENA la propuesta para la actualizacion del Plan Maestro del Santuario Historico de Machupicchu, para su respectiva aprobacion; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 738/ INC, de fecha 1 de junio de 2005 el Instituto Nacional de Cultura aprobo el "Plan Maestro del Santuario Historico de Machupicchu" como instrumento tecnico-normativo para la gestion integral del mismo, que orientara el desarrollo de las actividades que se ejecutan dentro del ambito del Santuario Historico de Machupicchu y su MORDAZA de Amortiguamiento; Que, la mencionada Resolucion Directoral Nacional precisa que se podra incorporar aportes y propuestas tecnicas que beneficien la conservacion y preservacion del Santuario Historico de Machupicchu, los mismos que seran canalizados a traves del Comite Directivo de la Unidad de Gestion de esta area natural protegida en un plazo de sesenta (60) dias contados a partir de la fecha de publicacion de dicha resolucion; De conformidad con lo establecido en el literal g) del articulo 8º y articulo 20º de la Ley de Areas Naturales Protegidas, y el numeral 4) del articulo 37º de su reglamento; y, En uso de las facultades otorgadas mediante el articulo 8º, inciso j) del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003AG, modificado por Decreto Supremo Nº 018-2003-AG y Decreto Supremo Nº 004-2005-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- De la aprobacion del documento de actualizacion del Plan Maestro Aprobar el documento de actualizacion del Plan Maestro del Santuario Historico de Machupicchu, como documento de planificacion de mas alto nivel del area natural protegida, que orienta su gestion y determina su MORDAZA de amortiguamiento, el cual forma parte integrante de la presente resolucion y corre adjunta a esta como anexo, y se encuentra a disposicion del publico en general en la Intendencia de Areas Naturales Protegidas del INRENA y la pagina web institucional, "www.inrena.gob.pe". Articulo 2º.- De la incorporacion de aportes al Plan Maestro El documento de actualizacion del Plan Maestro del Santuario Historico de Machupicchu podra ser enriquecido con aportes tecnicos que beneficien la conservacion y preservacion de dicha area natural protegida, los mismos que seran canalizados a traves de la Unidad de Gestion del Santuario Historico de Machupicchu en un plazo de sesenta (60) dias contados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Jefatural. Articulo 3º.- De la implementacion de las estrategias del Plan Maestro Encargar a la Intendencia de Areas Naturales Protegidas velar por la implementacion de las estrategias establecidas en el documento de actualizacion del Plan Maestro. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Recursos Naturales 10603

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Reglamento del Comite de Coordinacion de la Administracion Financiera del Sector Publico
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 007-2005-EF/11
MORDAZA, 7 de junio del 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 8º de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, y en concordancia con la Ley Nº 28254, se constituyo el

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