Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2005 (29/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, miercoles 29 de junio de 2005 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2005-EF se autorizo la emision de Bonos Soberanos en el MORDAZA interno hasta por la suma de S/. 2 090 000 000,00 (DOS MIL NOVENTA MILLONES Y 00/00 NUEVOS SOLES); Que, en el MORDAZA considerando del citado Decreto Supremo se senala que la referida emision de bonos en el MORDAZA interno se destinara a atender los requerimientos financieros del Sector Publico No Financiero; Que, el Ministerio de Economia y Finanzas ha llevado a cabo operaciones de administracion de pasivos, las cuales han reducido las obligaciones a ser atendidas durante el presente ejercicio fiscal; por lo tanto resulta conveniente ampliar el destino de los recursos financieros a ser obtenidos en aplicacion de la citada MORDAZA legal, para que MORDAZA adicionalmente orientados a operaciones de prefinanciamiento de las necesidades presupuestales correspondientes al ano fiscal 2006 y a la implementacion de operaciones de renegociacion de deuda publica; Que, de conformidad con el numeral 3.2 del articulo 3º de la Ley Nº 28423, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, las modificaciones de las operaciones de endeudamiento autorizadas en el MORDAZA de dicha ley, seran aprobadas por Decreto Supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro del Sector correspondiente; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la modificacion de la citada operacion de endeudamiento interno, en aplicacion del literal l) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28423; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Ampliacion del destino de recursos de operacion de endeudamiento interno Apruebase la ampliacion del destino de los recursos provenientes de la operacion de endeudamiento interno aprobada por el Decreto Supremo Nº 014-2005-EF, a operaciones de prefinanciamiento de las necesidades presupuestales del ano fiscal 2006 y a la implementacion de operaciones de renegociacion de deuda publica. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de junio del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 11694

mecanismo que permitiese estabilizar las fluctuaciones de los precios internacionales de algunos productos agropecuarios incluidos en este Sistema, mediante la aplicacion de derechos variables adicionales y rebajas arancelarias determinados en funcion de Tablas Aduaneras; Que, por Decreto Supremo Nº 075-2004-EF de fecha 7 de junio de 2004, se dispuso que las Tablas Aduaneras del Maiz, Arroz y Lacteos aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF y la Tabla Aduanera del Azucar aprobada por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 153-2002-EF tendrian vigencia hasta el 30 de junio de 2005; Que, dada la dificil coyuntura nacional por la que atraviesa la produccion de los bienes agricolas bajo el Sistema de Franjas de Precios es necesario prorrogar la vigencia de las Tablas Aduaneras hasta el 30 de junio de 2006; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25896; DECRETA: Articulo 1º.- Las Tablas Aduaneras del Maiz, Arroz y Lacteos, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 0012002-EF y la Tabla Aduanera del Azucar a que se refiere el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 153-2002-EF tendran vigencia hasta el 30 de junio del 2006. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de junio del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Agricultura 11695

Aprueban Monto Unico de Remuneracion Total Permanente Mensual para los Funcionarios del Servicio Diplomatico de la Republica
DECRETO SUPREMO Nº 075-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley Nº 26163 de fecha 24 de diciembre de 1992 fija el Monto Unico de Remuneracion Total Permanente Mensual para los funcionarios del Servicio Diplomatico de la Republica; Que, la octava disposicion complementaria y transitoria de la Ley Nº 28427, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, senala que el Monto Unico de Remuneracion Total Permanente Mensual, establecido por el Decreto Ley Nº 26163, se fija por Decreto Supremo, refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Relaciones Exteriores; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 28427, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y su Reglamento; DECRETA: Articulo 1º.- Del Objeto de la MORDAZA Aprobar el Monto Unico de Remuneracion Total Permanente Mensual para los Funcionarios del Servicio Diplomatico de la Republica en la siguiente escala:

Prorrogan vigencia de Tablas Aduaneras del Maiz, Arroz, Lacteos y Azucar, aprobadas por los DD.SS. Nºs. 001 y 153-2002-EF
DECRETO SUPREMO Nº 074-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 115-2001-EF se establecio el Sistema de Franja de Precios como un

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