Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2005 (29/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 29 de junio de 2005

Decreto de Alcaldia y a Secretaria General del Concejo la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 11641

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Reglamentan el MORDAZA del Presupuesto Participativo para el Ano 2006
ORDENANZA Nº 145-MDS Surquillo, 24 de junio de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO; POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesion Extraordinaria de la fecha, de conformidad con Dictamen Nº 00505-CAPP-SR-MDS de la Comision de Administracion Planeamiento y Presupuesto de fecha 22 de junio del 2005 y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 9º numeral 8) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA UNANIME del numero de miembros del Concejo Municipal y la dispensa del tramite de aprobacion de actas, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO EN LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO PARA EL ANO FISCAL 2006 Articulo 1º.- Definicion.- El Presupuesto Participativo es un espacio de concertacion por el cual las autoridades de la Municipalidad Distrital de Surquillo y las organizaciones del distrito debidamente representadas, definen en conjunto desde su propio ambito como y hacia que se van a orientar los recursos de lo que se dispone en especial aquellos destinados a gastos de inversion, tomando en cuenta su Plan Integral de Desarrollo Concertado; su Plan Estrategico Institucional, asi como la priorizacion de los proyectos que apunten a una mayor rentabilidad social; debiendo reflejar ademas de manera correcta y efectiva los compromisos y aportes de la poblacion y de los diferentes organismos publicos y privados presentes en el proceso. Articulo 2º.- Base Legal del MORDAZA Participativo.- La presente Ordenanza regula el MORDAZA del planeamiento del desarrollo concertado y presupuesto participativo de la Municipalidad de Surquillo para el ejercicio fiscal 2006, complementando las disposiciones contenidas en la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056 (en adelante "la Ley"), su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 171-2003-EF (en adelante "el Reglamento"), en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 en la Resolucion Directoral Nº 006-2005-EF/76.01 se aprueba el Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo del ano fiscal 2006, y en las demas normas legales pertinentes. Articulo 3º.- Identificacion y Registro de Agentes Participantes.- Para los fines de la presente Ordenanza, la Municipalidad de Surquillo, a traves del Programa de Participacion Vecinal, abre el registro para la participacion ciudadana en el MORDAZA participativo a: organizaciones privadas tales como universidades, colegios profesionales, asociaciones o gremios empresariales, fundaciones, sociedades mercantiles, organizaciones religiosas, organizaciones o juntas vecinales, clubes de madres, comedores populares, organizaciones de mujeres, organizaciones de jovenes, organizaciones deportivas, asociaciones de vivienda, juntas de propietarios y en general cualquier otra organizacion vecinal o institucional de nivel Distrital que actuan con caracter permanente en el distrito. La inscripcion de las organiza-

ciones es efectuada por el titular o representante legal de la misma, debidamente inscrita en el Registro Unico de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad de Surquillo, quien acredita a dos representantes para su participacion en el proceso. Se inscriben tambien en este Registro, los representantes de las instituciones publicas que actuan o tienen sedes institucionales en la jurisdiccion del distrito. Su inscripcion es efectuada por el representante legal de la respectiva institucion quien acredita hasta dos representantes para su participacion en el proceso. El proposito de esta etapa del MORDAZA es asegurar la mayor participacion y representatividad de las organizaciones del distrito. Articulo 4º.- Plazo de inscripcion de los Agentes Participantes.- El plazo de inscripcion de los Agentes Participantes en el Registro indicado en el articulo 3º de la presente Ordenanza vence indefectiblemente el 7 de MORDAZA de 2005. Articulo 5º.- Atribuciones de los Agentes Participantes.- Los agentes participantes considerados en la Ordenanza tienen derecho a voz y MORDAZA en las discusiones y toma de decisiones en el MORDAZA del presupuesto participativo y conforme a los mecanismos que determine el equipo tecnico. Articulo 6º.- Libro de Registro e Inscripcion de los Agentes Participantes.- La Municipalidad de Surquillo a traves del Programa de Participacion Vecinal abrira y administrara el Libro de Registro de Agentes Participantes descrito en el articulo 3º de la presente Ordenanza. Dicho libro estara abierto durante todo el periodo de la convocatoria publica segun Ordenanza, debiendo cerrarse al vencimiento de este. Luego de consignarse el nombre de la Organizacion, fecha de inscripcion y numero de afiliados, son requisitos para inscribirse los siguientes: - Solicitud dirigida al MORDAZA y presentada en el Programa de Participacion Vecinal. - MORDAZA simple de la Resolucion de Alcaldia de estar reconocidos como Organizacion Social (RUOS) y/o numero y fecha de inscripcion en Registros Publicos de Lima. - Fotocopia simple del Documento Nacional de Identidad del representante legal. - No representar en otras instancias de Gobierno. Solo participaran las Organizaciones debidamente inscritas. Articulo 7º.- Equipo Tecnico.- El presente MORDAZA participativo 2006 contara con el apoyo de los siguientes funcionarios en su condicion de miembros del Equipo Tecnico: - El Gerente de Planeamiento y Presupuesto, quien la presidira. - El Gerente de Obras y Desarrollo MORDAZA - El Gerente de Proteccion del Medio Ambiente - El Gerente de Desarrollo Social - El Gerente de Juventudes y Desarrollo Humano - El Gerente de Estadistica e Informatica. - El Gerente de Seguridad Ciudadana - El Gerente de Rentas - El Gerente de Desarrollo Economico - El Subgerente del Programa de Participacion Vecinal - El Subgerente de Comunicacion e Imagen Institucional - Hasta cuatro (4) profesionales de la Sociedad Civil con experiencia en temas de Planeamiento y Presupuesto previa MORDAZA de Curriculum Vitae documentado, previamente evaluado por el equipo tecnico y en la condicion de Ad Honorem. Los funcionarios de las demas gerencias deberan participar en las reuniones del equipo tecnico a las que MORDAZA invitados. Articulo 8º.- Funciones del Equipo Tecnico.- El Equipo Tecnico tiene a su cargo la preparacion y suministro de informacion, la evaluacion tecnica, la asesoria y el apoyo permanente al MORDAZA de planeamiento.

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