Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2006 (22/04/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 22 de MORDAZA de 2006

expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia, sin MORDAZA de guerra; Que, el Ministro de Defensa de Colombia tiene programado realizar una visita oficial al Ministro de Defensa del Peru; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica del personal militar integrante de la Delegacion que acompana al Ministro de Defensa de la Republica de Colombia, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, el 24 de MORDAZA de 2006, para realizar una visita oficial al Ministro de Defensa del Peru. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a la que se refiere el articulo 1, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 07123

equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica del Ecuador, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 8 al 15 de MORDAZA de 2006, para participar en la pasantia y visita a la Escuela MORDAZA y realizar una navegacion en el velero BAP "Marte". Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la C o mis io n d e D e fe n s a N a c io n a l, O r d e n In te r n o , Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a la que se refiere el articulo 1, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 07124

RESOLUCION SUPREMA Nº 142-2006-DE/SG
MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 181 de fecha 27 de febrero de 2006 el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Nicaragua, sin MORDAZA de guerra; Que, en el mes de MORDAZA el Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de la Embajada de los Estados Unidos de MORDAZA tiene programada la realizacion de una Conferencia Regional sobre Asuntos Publicos; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica de Nicaragua, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 16 al 21 de MORDAZA de 2006, con el fin de participar en la Conferencia Regional sobre Asuntos Publicos. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la C o mis io n d e D e fe n s a N a c io n a l, O r d e n In te r n o , Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las

RESOLUCION SUPREMA Nº 141-2006-DE/SG
MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 311, de fecha 3 de MORDAZA de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica del Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, la Armada del Ecuador y la MORDAZA de MORDAZA del Peru, establecieron en el Acuerdo A-3-III del Acta Final de la III Reunion de Estados Mayores y XVII Reunion Bilateral de Inteligencia MORDAZA, que Guardiamarinas ecuatorianos realicen una pasantia y visita a la Escuela MORDAZA del Peru y navegacion en el Velero BAP "Marte"; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de

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