Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2006 (22/04/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 22 de MORDAZA de 2006

sirven de motivo a sus decisiones, para lo cual debera adoptar todas las medidas probatorias necesarias autorizadas por la ley (...)" Que, producto de una verificacion de la situacion catastral del inmueble materia de arrendamiento contrastada con el Plan MORDAZA Distrital de MORDAZA de MORDAZA, se advierte que la empresa ARXISTROI CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA S.R.L. ha faltado a la verdad y a la buena fe procesal (Principio de Conducta Procedimental: Articulo 1.8 de la Ley del Procedimiento Administrativo General - LPAG) al momento de efectuar la declaracion jurada respecto a que no existe inconveniente alguno para obtener la Licencia de Funcionamiento correspondiente para la operatividad de la Mega Agencia MORDAZA, lo cual constituia el fin propio del alquiler del bien inmueble al postor conforme aparece claramente detallado de las especificaciones tecnicas que forman parte del expediente administrativo del mencionado MORDAZA de Seleccion. Que, por tal motivo, al resultar inviable la obtencion de la Licencia de Funcionamiento del local materia de arrendamiento, se configura una falta a la verdad en la declaracion jurada presentada, y por ende una contravencion a las normas legales aplicables (articulo 3º LCAE y articulo IV del Titulo Preliminar de la LPAG) constituyendo causal de nulidad regulada en el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, por otro lado, con relacion a la falta de cumplimiento de las normas internas de la institucion conforme a la Guia de Procedimientos Nº GP-020-GAD/10 "Alquiler de Inmuebles" aprobada por Resolucion Jefatural Nº 197-2004JEF/RENIEC al no contar previamente a la expedicion de la Buena Pro, con el informe Tecnico correspondiente que sustente la viabilidad del local materia de arrendamiento para el funcionamiento de la Mega Agencia MORDAZA, existe responsabilidad por parte de los integrantes del Comite Permanente para la Contratacion de Servicios en General que vuestro despacho puede considerar conveniente evaluar. Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497 - Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil e inciso h) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones de RENIEC aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 1183-2005 JEF/ RENIEC de fecha 5 de diciembre del 2005; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la Nulidad de los actos administrativos derivados del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Publica Nº 0047-2005-RENIEC MORDAZA Convocatoria denominado alquiler de local MORDAZA, retrotrayendolo a la etapa de elaboracion de bases. Articulo Segundo.- Encarguese a la Subjefatura Nacional evaluar el nivel de responsabilidad incurrido por los integrantes del Comite Especial que llevo adelante el presente MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Publica Nº 0047-2005-RENIEC - MORDAZA Convocatoria a efectos de adoptar las acciones correspondientes. Articulo Tercero.- Notificase a la empresa ARXISTROI CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA S.R.L. y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE el contenido de la presente resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 07095

VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Administrativa Nº 060-2006-CEPJ de fecha 6 de MORDAZA de 2006, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial prorroga por el termino de tres meses, a partir del 1 de MORDAZA del 2006 el funcionamiento de la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; Que, por Acuerdo Nº 707 adoptado en sesion extraordinaria del 21 de MORDAZA del 2006, los miembros de la Junta de Fiscales Supremos, acordaron por unanimidad prorrogar la vigencia de la Fiscalia Suprema Penal Transitoria, materia de la Resolucion Nº 001-2006-MP-FNJFS, de fecha 13 de enero de 2006, por el plazo de tres meses (3) meses contados con retroactividad al 16 de MORDAZA del ano en curso; Que en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Organica del Ministerio Publico, y en cumplimiento del precitado acuerdo; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar la vigencia de la Fiscalia Suprema Penal Transitoria, por el plazo de tres meses mas con retroactividad al dieciseis de MORDAZA del ano en curso. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Ministerio Publico, adopte las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, a la Gerencia Central de Personal, a la Gerencia de Planificacion, Racionalizacion y Estadistica y la Oficina de Registro de Fiscales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos 07074

Disponen reiniciar visitas de control y supervision en los distritos judiciales a nivel nacional
RESOLUCION DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 022-2006-MP-FN-JFS
MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2006 VISTO: El pedido formulado por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal de la Nacion y Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos sobre mayor control y supervision en todos los niveles de la actividad fiscal; CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 54º de la Ley Organica del Ministerio Publico la responsabilidad disciplinaria de los magistrados no solo se determina a traves de procesos disciplinarios sino tambien por el Superior Jerarquico al tiempo de conocer el expediente en grado, o cuando el Fiscal visitador descubra irregularidades en las oficinas visitadas o compruebe faltas en que hubiese incurrido el titular de la oficina visitada; Que, a efectos de reforzar el control y supervision de los Fiscales, es necesario que los senores Fiscales Supremos reinicien las visitas de control que venian efectuando a nivel nacional y de manera inopinada, sin perjuicio de la visitas que realiza la Fiscalia Suprema de Control Interno; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052 Ley Organica del Ministerio Publico y al Acuerdo Nº 702 adoptado por la Junta de Fiscales Supremos en sesion de fecha 6 de MORDAZA del 2006; SE RESUELVE: Articulo Primero.- REINICIAR las visitas de control y supervision en los distritos judiciales a nivel nacional, las

MINISTERIO PUBLICO
Prorrogan vigencia de la Fiscalia Suprema Penal Transitoria
RESOLUCION DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 021-2006-MP-FN-JFS
MORDAZA, 21 de MORDAZA del 2006

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