Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2006 (22/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

MORDAZA, sabado 22 de MORDAZA de 2006

los cheques Nºs. 000000692, 000000693, 000000694 y 000000695, no le fueron entregados al momento de asumir el cargo, senalando que en la parte de las Observaciones dice ¨El Sr. MORDAZA declara que de la chequera en uso que entrega, se han utilizado durante su gestion 45 cheques desde el Nº 000000651 hasta el 000000695¨ y que en el Acta de Entrega de Cargo dice que los cuatro cheques del 000000692 al 000000695 fueron usados o girados cuando se encontraba al mando del area, agregando que recibio 103 cheques en MORDAZA de la cuenta corriente senalada, desde el 698 hasta el 800 y que los cuatro cheques cuestionados no estuvieron bajo su control. Que, finalmente, indica que el personal de tesoreria, no tiene acceso a las chequeras en MORDAZA, debido a que se ha dispuesto que el Tesorero es la unica persona autorizada a entregar los cheques en MORDAZA para su giro y que las chequeras se encuentran custodiadas en una MORDAZA de Seguridad de metal ubicada en la Oficina de la Jefatura, la misma que tiene una clave secreta de acceso solo para el Tesorero. Que, el Informe Nº 003-2006-MDSJM/CEPAD, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios "CEPAD", senala que el articulo 25º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico D.L. Nº 276 dispone que "Los servidores publicos son responsables civil, penal y administrativamente por el cumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio del servicio publico, sin perjuicio de las sanciones de caracter disciplinario por las faltas cometidas". Que, los hechos narrados, constituirian faltas administrativas tipificadas en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico D.L. Nº 276, por lo que en virtud de lo dispuesto en el articulo 166 de la citada Ley, se pronuncian sobre la procedencia de abrir MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el Ex Subgerente de Tesoreria, Bachiller en Contabilidad, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORI. De conformidad con lo senalado en el Informe Nº 0032006-MDSJM/CEPAD, Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 005-90PCM. RESUELVE: Articulo Primero.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el Ex Subgerente de Tesoreria MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los considerandos expuestos. Articulo Segundo.- Notifiquese al presunto responsable el contenido de la presente Resolucion a fin que en el plazo de cinco (5) dias contados a partir del dia siguiente de notificada, cumpla con ejercer su derecho de defensa y presente su descargo conforme a Ley. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento de la Subgerencia de Personal, el contenido de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06991

El Concejo Distrital de San MORDAZA de Porres, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, VISTO: En la Sesion Ordinaria de la fecha, los Informes Nºs. 119 y 164-2006-DRC-GSYPS/MDSMP de la Division de Registro Civil y el Informe Nº 080-2006-GSYPS/MDSMP y Memorandum Nº 532-2006-GSPS/MDSMP, de la Gerencia de Servicios y Programas Sociales, proponen la realizacion de un Matrimonio Civil Masivo, para contribuir a la formalizacion de la relacion conyugal de las parejas de este distrito, y como parte de las actividades celebratorias por el 56º Aniversario de Creacion de este distrito; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidades como organos de gobierno, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institucion siendo la familia celula fundamental de la sociedad de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 4º de la Constitucion Politica del Estado; Que, el Articulo 233º del Codigo Civil establece "La regulacion juridica de la familia que tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamados en la Constitucion Politica"; Que, el numeral 9) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 establece que, "Corresponde al Concejo Municipal, crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a la ley"; Que, es deber de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, ayudar a aquellos vecinos del distrito que se encuentren aun en una situacion de hecho y requieren formalizar su situacion conyugal, facilitando para ello el procedimiento establecido, en el MORDAZA de las actividades celebratorias por el 56º Aniversario de Creacion de este distrito; Estando al Informe Nº 547-2006-GAJ/MDSM, de la Gerencia de Asesoria Juridica, y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades el Concejo Municipal presidido por el Primer Regidor senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores presentes MORDAZA MORDAZA Casanova MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Paz Puelles, MORDAZA Alcedo De La MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Castaneda MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vidalon, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta se dicto la siguiente; ORDENANZA Articulo Primero.- AUTORIZAR al senor MORDAZA a la celebracion del II MATRIMONIO CIVIL MASIVO, el dia 20 de MORDAZA del 2006, en el MORDAZA de las actividades celebratorias por el 56º Aniversario de Creacion de este distrito. Articulo Segundo.- ESTABLECER como pago unico por derecho de tramite la suma de Sesenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 60.00), por Acta Matrimonial. Articulo Tercero.- AUTORIZAR al senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia reglamente los demas requisitos exigidos por ley. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios y Programas Sociales, la Unidad de Imagen Institucional y Division de Registro Civil el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DUARTE MORDAZA 07042

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Autorizan celebracion del II Matrimonio Civil Masivo en el distrito
ORDENANZA Nº 171-MDSMP
San MORDAZA de Porres, 18 de MORDAZA del 2006 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES

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