Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2006 (22/04/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, sabado 22 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

Pag. 317169

Cooperacion Tecnica Alemana GTZ, dentro de los terminos establecidos por Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. RUDECINDO MORDAZA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 07052

- La 2º Sala Permanente llamara al Vocal de la 2º Sala Transitoria y viceversa; Articulo Segundo.- En caso que el Vocal a que se refiere el articulo primero no pudiera intervenir por abstencion, excusa o recusacion debidamente comprobada y aceptada, se procedera a llamar al magistrado de la Sala competente que precede en antiguedad al llamado por ley. Articulo Tercero.- La efectividad de la presente resolucion se entendera a partir del 24 de MORDAZA del ano en curso. Articulo Cuarto.- Dejar sin efecto toda disposicion administrativa que contravenga la presente resolucion. Articulo Quinto.- Poner la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, OCMA, Fiscalia Superior Decana del Distrito Judicial de MORDAZA, MORDAZA Contenciosas Administrativas, ODICMA, Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Protocolo y Oficina de Prensa e Imagen Institucional, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 07040

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Dictan disposiciones en casos de impedimento, recusacion, inhibicion o discordia de vocales de MORDAZA Especializadas en lo Contencioso Administrativo de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 146-2006-P-CSJLI/PJ
MORDAZA, veintiuno de MORDAZA del 2006 VISTOS y CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Administrativa Nº 009-2006-CEPJ de fecha 20 de enero del ano en curso, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la creacion de organos jurisdiccionales con caracter transitorio, correspondiendo a este Distrito Judicial la Primera y MORDAZA MORDAZA Especializadas en lo Contencioso Administrativo, cuyas funciones se iniciaron el veinte de los corrientes, de conformidad con la Resolucion Administrativa Nº 107-2006P-CSJLI/PJ, contando de este modo con dos MORDAZA Permanentes y dos Transitorias de la citada especialidad. Que, en la tramitacion y resolucion de procesos en las MORDAZA Superiores, se presentan impedimentos, recusaciones, inhibiciones y/o discordias de los senores Vocales. Que, el Art. 145º de la Ley Organica del Poder Judicial senala que en los casos de discordia o impedimento de uno o mas vocales, el Presidente procede a llamar a los Magistrados Consejeros que corresponda, comenzando por el menos antiguo. En defecto de lo anterior, llama a los Vocales de la misma especialidad de otras MORDAZA, si lo hubiera y luego de las MORDAZA de otra especialidad, siempre empezando por el menos antiguo, en el orden de prelacion que establece el Consejo Ejecutivo correspondiente. Que, instalado el Consejo Ejecutivo Distrital en esta Corte Superior de Justicia en el ano 2002, luego de haber estado suspendidos los articulos de la Ley Organica del Poder Judicial, sobre el particular, los Vocales Consejeros que lo integran, no desempenan funciones en el organo colegiado de gobierno a dedicacion exclusiva, lo hacen en adicion a las labores jurisdiccionales propias de su funcion como Magistrados, razon por la cual, se ven en la imposibilidad de atender, ademas, la gran cantidad de requerimientos de las MORDAZA ante la MORDAZA de los casos citados en el parrafo precedente, que muchas veces ocurren en forma simultanea. Que, en tal sentido, en lo que compete a las MORDAZA Especializadas en lo Contencioso Administrativo, es conveniente dictar las medidas correspondientes, en concordancia con el MORDAZA parrafo de la MORDAZA acotada, con el fin de cautelar el debido MORDAZA que redunde en una pronta y eficiente administracion de justicia. Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 4) del Art. 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE : Articulo Primero.- ESTABLECER que en caso de impedimento, recusacion, inhibicion o discordia de uno o mas Vocales de determinada Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo, el Presidente del Colegiado procedera a llamar al Vocal menos antiguo de la misma especialidad, tal como se detalla a continuacion: - La 1º Sala Permanente llamara al Vocal de la 1º Sala Transitoria y viceversa;

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionario a Mexico para participar en la VII Reunion sobre Administracion de Recursos Humanos organizada por el CEMLA
RESOLUCION DE DIRECTORIO Nº 024-2006-BCRP
MORDAZA, 19 de MORDAZA 2006 CONSIDERANDO: Que, es politica del Banco Central de Reserva del Peru mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos relacionados con la gestion humana de la Institucion; Que, para el cumplimiento del anterior considerando la Gerencia de Desarrollo de Recursos humanos tiene entre sus funciones proveer y mantener personal calificado, competitivo e identificado con la Institucion, de modo que contribuyan eficazmente, permitiendo el cumplimiento de los objetivos estrategicos del Banco; Que, en tal sentido se considera necesaria la participacion de la entidad en la VII Reunion sobre Administracion de Recursos Humanos, organizada por el Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos (CEMLA) con el MORDAZA del Banco de Mexico, que se realizara en la MORDAZA de Mexico D.F., Mexico, del 26 al 28 de MORDAZA para lo cual han cursado la invitacion a este Banco Central; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo acordado en el Directorio en su sesion de fecha 2 de febrero de 2006; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Berghusen MORDAZA, Gerente de Desarrollo de Recursos Humanos, a la MORDAZA de Mexico D.F., Mexico, del 25 al 28 de MORDAZA y al pago de los gastos, a fin de participar en el curso indicado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje sera como sigue: Pasaje Viaticos Tarifa Unica de Aeropuerto TOTAL US$ 642,09 US$ 800,00 US$ 30,25 -----------------US$ 1 472,34

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.