Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2006 (09/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de diciembre de 2006

h. LOM: Ley Nº 27972 y sus normas modificatorias, Ley Organica de Municipalidades. i. Plan Anual: al Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales al que se refieren los articulos 83º y 84º de la LOGR. j. Plan Sectorial: al Plan Anual de Transferencia propuesto por las Comisiones Sectoriales referidos en el articulo 83º de la LOGR. k. Sectores: Ministerios, instituciones y organismos del Gobierno Nacional. l. Indicadores de cumplimiento: Estandares o unidades de medida empleados para determinar de manera objetiva y transparente el cumplimiento de los requisitos de acreditacion. m. Procedimientos de verificacion: Forma en que se aplican los indicadores de cumplimiento; su objetivo es asegurar la homogeneidad en la aplicacion de los mismos con el fin de garantizar la transparencia del procedimiento de certificacion. Toda mencion a un articulo sin indicar MORDAZA expresa se entendera referida al presente Reglamento. TITULO II DEL SISTEMA DE ACREDITACION Y DEL MORDAZA DE ACREDITACION CAPITULO I: DEL SISTEMA DE ACREDITACION Articulo 3º.- Definicion del Sistema de Acreditacion. El Sistema de Acreditacion es el conjunto de normas, procesos e instrumentos establecidos para determinar la existencia en los Gobiernos Regionales y Locales de las capacidades de gestion y recursos requeridos para desarrollar las funciones especificas establecidas en la LOGR y en la LOM, segun corresponda. Comprende la capacitacion, asistencia tecnica y el conjunto de criterios, instrumentos, procedimientos y normas necesarias para determinar la capacidad de gestion de los Gobiernos Regionales y Locales para recibir y ejercer las funciones materia de transferencia. Articulo 4º.- Integrantes del Sistema de Acreditacion. Conforman el Sistema de Acreditacion el Gobierno Nacional, a traves de los Sectores, los Gobiernos Regionales y Locales, y el CND, quienes son responsables de: a. El Gobierno Nacional, a traves de los Sectores: · Elaborar y presentar al CND las propuestas de planes de transferencia sectoriales de mediano plazo. · Elaborar y presentar al CND los planes anuales sectoriales de transferencia. · Elaborar, financiar y ejecutar los Programas de Capacitacion, Asistencia Tecnica y Fortalecimiento Institucional vinculados a las funciones sectoriales materia de transferencia. · Suscribir y ejecutar con los Gobiernos Regionales y Locales, a solicitud de cualquiera de las partes, los Convenios de Cooperacion a los que se refiere el articulo 10º de la Ley. · Transferir a los Gobiernos Regionales y Locales las funciones especificas establecidas en la Ley Organica de Gobiernos Regionales y Ley Organica de Municipalidades segun corresponda, y los recursos presupuestales, tecnicos, humanos y materiales vinculados a ellas. · Realizar las modificaciones necesarias al MORDAZA normativo nacional y sectorial para que los Gobiernos Regionales y Locales puedan desarrollar las funciones especificas transferidas. · Formular, tramitar y aprobar los dispositivos legales que correspondan para formalizar la transferencia

de funciones especificas y de los recursos vinculados a ellas. · Adecuar sus instrumentos institucionales y de gestion de acuerdo a las transferencias de funciones especificas a los Gobiernos Regionales y Locales. b. Los Gobiernos Regionales y Locales: · Presentar al CND las solicitudes de transferencia anual y de mediano plazo de las funciones especificas establecidas en la LOGR o en la LOM. · Formular y ejecutar el Plan Basico de Desarrollo de Capacidades Institucionales y de Gestion de las competencias y funciones materia de transferencia. · Suscribir y ejecutar con los Sectores del Gobierno Nacional, a solicitud de cualquiera de las partes, los Convenios de Cooperacion a los que se refiere el articulo 10º de la Ley. · Recibir, de parte de los Sectores, las funciones especificas materia de transferencia y los recursos presupuestales, tecnicos, humanos y materiales vinculados a ellas. · Realizar las modificaciones necesarias al MORDAZA normativo regional y local para poder desarrollar las funciones especificas transferidas, en el MORDAZA de las politicas sectoriales y nacionales, con el fin de evitar la duplicidad de funciones entre niveles de gobierno. · Asegurar el mantenimiento y el uso de los recursos transferidos para el desarrollo de las funciones especificas transferidas. · Adecuar sus instrumentos institucionales y de gestion de acuerdo a las transferencias de funciones especificas. c. El CND: · Articular y evaluar los planes anuales y de mediano plazo en base a las propuestas Sectoriales y solicitudes de transferencia de los Gobiernos Regionales y Locales. · Procesar las solicitudes de transferencia de funciones especificas de los Gobiernos Regionales y Locales. · Establecer, en coordinacion con los Sectores del Gobiernos Nacional, los requisitos especificos para la transferencia de las funciones especificas. · Supervisar la ejecucion de los Programas de Capacitacion, Asistencia Tecnica y Fortalecimiento Institucional presentados por los Sectores. · Monitorear la ejecucion del Plan Basico de Desarrollo de Capacidades Institucionales y de Gestion de las competencias y funciones materia de transferencia formulados por los Gobiernos Regionales y Locales. · Certificar el cumplimiento de los requisitos de acreditacion para la transferencia de las funciones especificas solicitadas por los Gobiernos Regionales y Locales. · Acreditar a los Gobiernos Regionales y Locales para las transferencias de las funciones especificas. · Resolver las controversias que se produzcan durante el MORDAZA de acreditacion. · Emitir las normas complementarias para operativizar el Sistema y regular el MORDAZA de acreditacion. CAPITULO II REQUISITOS DE ACREDITACION Articulo 5º.- Requisitos generales de acreditacion para los Gobiernos Regionales. Son los establecidos en el Articulo 7º de la Ley y constituyen los requisitos minimos a ser cumplidos por los Gobiernos Regionales para acceder a las transferencias de las funciones especificas establecidas en la LOGR: a) Plan de Desarrollo Regional aprobado conforme a Ley.

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