Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2006 (05/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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LICA DEL P E

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322956

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 5 de MORDAZA de 2006

Articulo 7º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y consignarse en el MORDAZA de la pagina web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 11626

Restituyen permiso de pesca otorgado a empresa mediante la R.M. Nº 37194-PE
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 195-2006-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 8 de junio de 2006 Visto los escritos con registro de ingreso Nº 00017661 de fechas 15 de marzo y 4 de MORDAZA del 2006, presentados por la empresa P.E.E.A HUALLAGA S.R.L. CONSIDERANDO: Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 371-94PE del 14 de septiembre de 1994, se otorgo permiso de pesca a favor de P.E.E.A. HUALLAGA SRL para operar la embarcacion "HUALLAGA 4" de matricula CE-1846PM con 180 TM de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que en los listados de embarcaciones pesqueras con permiso de pesca y con derecho de sustitucion, publicado por Resolucion Ministerial Nº 284-2003PRODUCE y Resolucion Ministerial Nº 229-2002PRODUCE, respectivamente, se consigno a la embarcacion pesquera "HUALLAGA 4" de matricula CE1846-PM con 181.88 m3 de volumen de bodega y permiso de pesca a favor de P.E.E.A. HUALLAGA S.R.L. otorgado por Resolucion Ministerial Nº 371-94-PE para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto; Que mediante Resolucion Directoral Nº 248-2003PRODUCE/DNEPP del 14 de agosto del 2003, se otorgo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de asociante en el contrato de asociacion en par ticipacion celebrado con la empresa P.E.E.A HUALLAGA SRL, autorizacion de incremento de flota via sustitucion de la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera no siniestrada denominada "HUALLAGA 4" con matricula CE-1846-PM, de 181.88 m3, para la operacion de la embarcacion construida denominada MORDAZA con matricula IO-5243-CM de 105 m3 de capacidad de bodega en la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1 ½ pulgadas (38 mm.) de tamano de abertura de malla, segun corresponda. Asimismo, se reservo el saldo de 76.88 m3 de capacidad de bodega a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como resultado de la diferencia existente entre las capacidades de bodega de la embarcacion pesquera no siniestrada HUALLAGA 4 con matricula cancelada CE-1846-PM y la embarcacion pesquera MORDAZA con matricula IO5243-CM; Que por Resolucion Directoral Nº 376-2003PRODUCE/DNEPP del 23 de octubre del 2003, se modifico el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 248-2003-PRODUCE/DNEPP, en el extremo referido a la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera construida MORDAZA de matricula IO-5243-CM, la misma que tendra 113.36 m3. Asimismo se modifico el articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 248-2003-PRODUCE/ DNEPP, en lo referente al saldo resultante;

estableciendose que el MORDAZA saldo a reservar a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA seria de 68.52 m3 de capacidad de bodega; Que asimismo, a traves del articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 376-2003-PRODUCE/DNEPP, se otorgo permiso de pesca a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada MORDAZA con matricula IO-5243-CM de 113.36 m3 de capacidad de bodega, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1½ pulgadas (38 mm.) para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco millas marinas adyacentes a la costa; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 1712004-PRODUCE/DNEPP de fecha 23 de junio del 2004, se acumulo los procedimientos administrativos solicitados por PESQUERA NIROCI S.A.C., referidos al cambio de titular de permiso de pesca, modificacion de resolucion autoritativa por cambio de nombre de embarcacion pesquera y matricula, y autorizacion de incremento de flota via sustitucion, para ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion MORDAZA de matricula CE-1149-CM. Asimismo, se suspendio los procedimientos administrativos MORDAZA mencionados, hasta que se agote la via administrativa del recurso impugnativo interpuesto contra la Resolucion Directoral Nº 248-2003-PRODUCE/ DNEPP; toda vez que el saldo de capacidad de bodega reservado a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y que se pretendia utilizar para la ampliacion de la capacidad de bodega de la embarcacion MORDAZA, no constituia un acto administrativo firme, al haber sido objeto de impugnacion; Que mediante Resolucion Viceministerial Nº 055-2005PRODUCE/DVM-PE del 23 de noviembre del 2005, se declaro fundado el recurso de apelacion interpuesto y nulas las Resoluciones Directorales Nº 248-2003PRODUCE/DNEPP y Nº 376-2003-PRODUCE/DNEPP e improcedentes las solicitudes de autorizacion de incremento de flota de la embarcacion MORDAZA de matricula IO-5243-CM, via sustitucion de la embarcacion operativa HUALLAGA 4, de matricula CE-1846-PM y permiso de pesca solicitados por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con los escritos de registros Nºs. CE-073995002 del 26 de junio, 26 de agosto y 25 de septiembre del 2003, dandose por agotada la via administrativa; Que a traves de los escritos del visto, la empresa PEEA HUALLAGA S.R.L., representada por su apoderado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita se reincorpore a la embarcacion HUALLAGA 4 en los listados de las embarcaciones con permiso autorizado y vigente; en razon de que por Resolucion Viceministerial Nº 055-2005PRODUCE/DVM-PE, se declaro nulas las Resoluciones Directorales Nºs. 248 y 376-2003-PRODUCE/DNEPP que autorizaron el incremento de flota y permiso de pesca de la embarcacion pesquera CESAR; Que de acuerdo a la evaluacion de la solicitud presentada por la empresa recurrente; considerando lo resuelto a traves de la Resolucion Viceministerial Nº 0552005-PRODUCE/DVM-PE del 23 de noviembre del 2005; se desprende que al haberse declarado nulas las Resoluciones Directorales Nº 248-2003-PRODUCE/ DNEPP y Nº 376-2003-PRODUCE/DNEPP, con las que se autorizo el incremento de flota y permiso de pesca, respectivamente, via la sustitucion de la embarcacion no siniestrada HUALLAGA 4 de matricula CE-1846-PM, corresponderia retrotraer las cosas al momento previo a la emision de MORDAZA resoluciones directorales; en ese orden de ideas, la embarcacion pesquera HUALLAGA 4 de matricula CE-1846-PM, debia ser reincorporada a los listados de embarcaciones con permiso de pesca vigente y con derecho de sustitucion; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 1292006-PRODUCE/DNEPP-DCHI de fechas 24 de MORDAZA y 7 de junio del 2006, y con la visacion y la opinion favorable del Area Legal de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero emitida con Informe Nº 2382006-PRODUCE/ALPA; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE;

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