Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2006 (05/07/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano miercoles 5 de MORDAZA de 2006

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

NORMAS LEGALES

322959

minimo el 30% de tripulantes peruanos, sujetandose al cumplimiento de las disposiciones que les fueran aplicables, conforme a la legislacion nacional, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 9.4 del articulo 9º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE. Articulo 6º.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, sera causal de caducidad del permiso de pesca o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso, de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto Ley Nº 25977Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. Articulo 7º.- La Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, del Ministerio de la Produccion, efectuara las acciones correspondientes a efecto de vigilar el cumplimiento del derecho administrativo otorgado a traves de la presente resolucion; debiendo informar a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, para las acciones a que MORDAZA lugar. Articulo 8º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a solicitud de la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, impedira que la embarcacion a que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion, abandone aguas jurisdiccionales peruanas, si al finalizar el plazo de vigencia de su permiso de pesca, registrara alguna obligacion pendiente frente al Ministerio de la Produccion, derivada de las obligaciones de pesca autorizada por la presente resolucion. Articulo 9º.- La autorizacion que se otorga por la presente resolucion no exime al recurrente de los procedimientos administrativos cuya competencia corresponda al Ministerio de Defensa y demas dependencias de la Administracion Publica. Articulo 10º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Por tal de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 11629

Otorgan autorizacion de incremento de flota para la construccion de embarcacion pesquera
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 198-2006-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 12 de junio del 2006 Visto los escritos con registro Nº 00009516 de fechas 8 de MORDAZA, 11 de agosto, 10 de noviembre de 2005 y 17 de marzo de 2006 presentados por la SUCESION INTESTADA DE MORDAZA CINERA URIBELARREA, integrada por MORDAZA MORDAZA Marieta MORDAZA MORDAZA de Cinera, MORDAZA MORDAZA Cinera MORDAZA, la menor MORDAZA Ivette Cinera MORDAZA representada por su MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, los menores MORDAZA MORDAZA Cinera MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Cinera MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Cinera MORDAZA, representados por su MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Velasquez. CONSIDERANDO: Que el articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establece que la construccion y adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), en funcion de la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; asimismo, dispone que las autorizaciones de incremento de flota para embarcaciones pesqueras para consumo humano indirecto,

solo se otorgaran siempre que se sustituya igual volumen de capacidad de bodega de la flota existente; Que el primer parrafo del articulo 9º del Reglamento de la Ley Nº 26920, aprobada por Decreto Supremo Nº 003-98PE, modificado por el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 001-99-PE, por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 003-2000-PE y sustituido por el articulo 7º del Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE, establece que la sustitucion de embarcaciones pesqueras a que se refiere el articulo 24º de la Ley General de Pesca y los articulos 12º y 18º de su Reglamento, solo se autorizara a las embarcaciones comprendidas en el Regimen establecido por la Ley Nº 26920, siempre que se sustituya por otras de MORDAZA de igual o menor volumen de capacidad de bodega, en los casos de siniestro con perdida total o no siniestrada; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 029-2000CTAR-ICA/DRPES, rectificada por Resolucion Directoral Nº 013-2004-GORE-ICA/DRPRO, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado al armador MORDAZA CINERA URIBELARREA para operar, entre otra, la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada CENTELLA con matricula Nº MO-0766-CM, de 110 m3 de capacidad de bodega y 26.47 de AN, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1 ½ pulgada (38 mm.) de longitud MORDAZA de abertura de malla segun corresponda, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que por Resolucion Directoral Nº 021-2005-PRODUCE/ DNEPP, se modifico el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 029-2000-CTAR-ICA/DRPES rectificada por Resolucion Directoral Nº 013-2004-GORE-ICA/DRPRO, en los extremos referidos al nombre y matricula de la embarcacion pesquera CENTELLA de matricula Nº MO-0766-CM, siendo la nueva denominacion MORDAZA con matricula Nº MO-20445-CM; asimismo, el articulo 2º de la citada Resolucion aprueba el cambio de titular del permiso de pesca para operar la citada embarcacion pesquera, a favor de MORDAZA MORDAZA MARIETA MORDAZA MORDAZA DE CINERA, MORDAZA MORDAZA CINERA MORDAZA, MORDAZA IVETTE CINERA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CINERA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CINERA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA CINERA MORDAZA, en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados; Que a traves de los escritos del visto, la SUCESION INTESTADA DE MORDAZA CINERA URIBELARREA, solicita autorizacion de incremento de flota via sustitucion de capacidad de bodega de la embarcacion pesquera siniestrada denominada MORDAZA con matricula Nº MO-20445-CM, siniestrada con perdida total el 11 de MORDAZA de 2004, segun Resolucion de Capitania Nº 0212004 del 29 de noviembre de 2004, embarcacion que contaba con 110 m3 de capacidad de bodega; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que el recurrente ha cumplido con los requisitos sustantivos previstos en la normatividad pesquera vigente y los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (hoy Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero), mediante Informe Nº 263-2005-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley Nº 26920 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE y sus normas modificatorias, y el procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades establecidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y por el literal n) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a favor de la SUCESION INTESTADA DE MORDAZA CINERA URIBELARREA, integrada por MORDAZA MORDAZA Marieta MORDAZA MORDAZA de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.