Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2006 (05/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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LICA DEL P E

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323004

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 5 de MORDAZA de 2006

Aprueban Cronograma de Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2006-MDSL
San MORDAZA, 26 de junio del 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru, Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, Decreto Supremo Nº 171-2003-EF que aprueba el Reglamento de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo e Instructivo Nº 001-2006-EF/76.01 Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo Ano Fiscal 2007, aprobado por Resolucion Directoral Nº 011-2006-EF/76.01; Que, teniendo en cuenta que mediante Decreto de Alcaldia se establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, conforme a lo senalado por el Articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972. Que, habiendose aprobado mediante Ordenanza Nº 048-2006-MDSL de fecha 26 de junio del 2006, el MORDAZA de Eleccion de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de la Municipalidad de San MORDAZA, en concordancia con las normas legales MORDAZA citadas; Que, a merito de lo senalado en el Articulo 19º de la Ordenanza Nº 048-MDSL, corresponde al MORDAZA emitir las disposiciones aprobando el Cronograma de Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital; Estando a lo establecido en el Articulo 20º numeral 6) y los Articulos 42º y 44º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972. DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el Cronograma de Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, segun se detalla:
ACTIVIDAD - Convocatoria Publica a traves de medios de difusion masiva y otros - Inscripcion de la Organizaciones y sus Delegados elegidos para participar en el MORDAZA de eleccion de representantes para el CCLD. Corresponde elegir y acreditar hasta dos (02) Delegados por organizacion - MORDAZA de Tachas y Apelaciones - Publicacion Definitiva de Delegados Habiles - Inscripcion de candidatos a representantes ante el CCLD - Acto Electoral de Eleccion de los 4 Representantes al CCLD FECHA 28/Jun - 14/Jul

Vecinal el cumplimiento del presente decreto de alcaldia. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11617

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Incorporan sanciones por contaminar el medio ambiente al verter aguas servidas o liquidos residuales al mar en la Nomenclatura de Infracciones y en el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones
ORDENANZA Nº 112-MDSM
San MORDAZA, 28 de junio de 2006 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 28 de junio de 2006; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por los Articulos 191º y 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, a su vez, el numeral 8 del Articulo 195º, numeral 8), de la Constitucion, reformado tambien por la Ley Nº 27680, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo, siendo competentes para, entre otros aspectos, desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de medio ambiente; Que, en concordancia con lo establecido en el dispositivo constitucional MORDAZA citado, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, ha normado en su Articulo 73º, numeral 3, acapites 3.1, 3.2, 3.3, 3.4 y 3.5, que, en materia de proteccion y conservacion del medio ambiente, las municipalidades son competentes para formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y politicas locales en materia ambiental; proponer la creacion de areas de conservacion ambiental; promover la educacion e investigacion ambiental en su localidad e incentivar la participacion ciudadana en todos sus niveles; participar y apoyar a las comisiones ambientales regionales en el cumplimiento de sus funciones; y coordinar con los diversos niveles de gobierno nacional, sectorial y regional, la correcta aplicacion local de los instrumentos de planeamiento y de gestion ambiental, en el MORDAZA del sistema nacional y regional de gestion ambiental; Que, igualmente, la Ley Organica de Municipalidades consagra en su Articulo 80º, numeral 3, acapite 3.4, como una funcion especifica exclusiva de la municipalidades distritales, la facultad de fiscalizar y realizar labores de control respecto a la emision de humos, gases, ruidos y demas elementos contaminantes de la atmosfera y del ambiente; Que, por su parte, la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611, establece en el Articulo 3º que el Estado, por intermedio de sus entidades y organos correspondientes; disena y aplica las politicas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que MORDAZA necesarios para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se consagra;

10/Jul - 20/Jul 21/Jul - 22/Jul 25/Jul 01/Ago 03/Ago

Articulo Segundo.- SENALAR que el lugar de inscripciones y para todo efecto de MORDAZA de documentos sera en la Oficina de la Subgerencia de Imagen y Participacion Vecinal (3er. piso de la MORDAZA Municipal) en el siguiente horario; - De lunes a Viernes : - Sabados : de 8.30 a.m. / 4.00 p.m. de 9.00 a.m. / 12.00 m.

Ar ticulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Subgerencia de Imagen y Participacion

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