Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2006 (21/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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322110

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 21 de junio de 2006

Electorales, el Informe 079-2006-CGN y el Memorandum Nº 530-2006-GAJ/ONPE; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Nº 26487, establece que el vinculo contractual de sus trabajadores corresponde al regimen laboral de la actividad privada, siendo que los puestos de trabajo, MORDAZA permanentes o temporales, seran cubiertos por concurso publico, salvo aquellos calificados como de confianza conforme a las leyes vigentes, que no excederan del 10% del total respectivo de trabajadores; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 320-2005J/ONPE, de fecha 28 de noviembre de 2005, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de confianza de Gerente de Organizacion Electoral y Coordinacion Regional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, declarandose vacante el cargo de Jefe de Gabinete de Asesores de Jefatura Nacional que el citado funcionario ocupaba, encargandose el despacho del citado cargo al senor MORDAZA MORDAZA Chan MORDAZA, Gerente de Supervision de Fondos Partidarios; Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 27594, todas las resoluciones de designacion o nombramiento de funcionarios en cargos de confianza surten efecto a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposicion en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que, en consecuencia, resulta necesario designar a la persona que ocupe la plaza Nº 005 del Cuadro para Asignacion de Personal correspondiente al cargo de confianza de Jefe de Gabinete de Asesores de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; En uso de las facultades contenidas en el articulo 13º de la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Nº 26487, y el literal r) del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos El e ctor ales, a p ro b a d o p o r Res oluc ion J efatur al Nº 311-2005-J/ONPE; Con los visados de la Gerencia de Asesoria Juridica, de la Gerencia de Administracion y Finanzas, y de la Subgerencia de Recursos Humanos de la Gerencia de Administracion y Finanzas; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar, a partir del dia 21 de junio de 2006, al senor MORDAZA MORDAZA Chan MORDAZA, en el cargo de confianza de Jefe de Gabinete de Asesores de Jefatura Nacional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, correspondiente a la Plaza Nº 005 del Cuadro para Asignacion de Personal. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto el articulo tercero de la Resolucion Jefatural Nº 320-2005-J/ONPE, en el extremo que confiere al senor MORDAZA MORDAZA Chan MORDAZA, Gerente de Supervision de Fondos Partidarios; el encargo del despacho del Jefe de Gabinete de Asesores de Jefatura Nacional. Articulo Tercero.- Dejar sin efecto la designacion de MORDAZA MORDAZA Chan MORDAZA en el cargo de confianza de Gerente de Supervision de Fondos Partidarios de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, declarandose en consecuencia vacante la plaza Nº 144 del Cuadro para Asignacion de Personal de la ONPE. Articulo Cuarto.- Encargar, a partir del dia 21 de junio de 2006, el despacho de la Gerencia de Supervision de Fondos Partidarios al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Villaran, Subgerente de Fondos Partidarios de la citada gerencia, hasta que se designe al titular de dicha plaza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHU MORDAZA Jefea Nacional Oficina Nacional de Procesos Electorales 10934

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV
Disponen exclusion del "Segundo Programa de Certificados de Deposito Negociables de Financiera CMR Decimo Primera Emision" del Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION GERENCIAL Nº 031-2006-EF/94.45
MORDAZA, 14 de junio de 2006 Vistos: El Expediente Nº 2006015328, y el Informe Interno Nº 259-2006-EF/94.45.2 del 14 de junio de 2006. CONSIDERANDO: Que, el 26 de MORDAZA de 2005, Financiera CMR S.A. solicito a CONASEV la inscripcion de los certificados de deposito correspondientes a la emision denominada "Segundo Programa de Certificados de Deposito Negociables de Financiera CMR - Decimo Primera Emision ", asi como el registro del prospecto complementario correspondiente, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que en virtud de lo dispuesto en el articulo 14º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, los cer tificados de deposito correspondientes a la emision denominada "Segundo Programa de Certificados de Deposito Negociables de Financiera CMR - Decimo Primera Emision", hasta por un monto de S/. 22 000 000.00 (Veintidos millones y 00/100 Nuevos Soles), se inscribieron en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, Financiera CMR S.A. solicito a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. el deslistado de los valores correspondientes a la emision denominada "Segundo Programa de Certificados de Deposito Negociables de Financiera CMR - Decimo Primera Edicion"; Que, la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. comunico a CONASEV su decision de deslistar los valores correspondientes a la emision denominada "Segundo Programa de Certificados de Deposito Negociables de Financiera CMR - Decimo Primera Emision" y elevo el expediente a CONASEV para los fines correspondientes; Que, el articulo 37º, inciso b), de la Ley de MORDAZA de Valores establece que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores tiene lugar por resolucion fundamentada de CONASEV cuando se produce la extincion de los derechos sobre el valor; Que, en el presente caso se ha producido la cancelacion de los valores correspondientes a la emision denominada "Segundo Programa de Certificados de Deposito Negociables de Financiera CMR - Decimo Primera Emision" por lo que se han extinguido los derechos sobre tales valores; Que, el articulo 38º de la Ley del MORDAZA de Valores, y el articulo 32º del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion de Compra de Valores por Exclusion, establecen que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de efectuar una Oferta Publica de Compra de Valores por Exclusion; Que, no obstante lo senalado en el considerando anterior, el articulo 37º, inciso a), del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion senala que no es obligatorio realizar una Oferta Publica de Compra por Exclusion cuando la exclusion del valores se produce por la extincion de los derechos sobre el valor, como en el presente caso; Que, el articulo 2º, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones emitidas por los Organos Decisorios de CONASEV establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de valores mobiliarios que puedan ser objeto de oferta publica, asi como a la exclusion de estos del Registro Publico del MORDAZA de Valores deben ser difundidas a traves del

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