Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2006 (21/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano miercoles 21 de junio de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

322083

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru efectuara el pago que corresponda, de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero: US$ 500.00 x 6 meses x 1 persona US$ 500.00 : 30 x 11 dias x 1 persona Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 1 persona Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion al que se refiere el articulo 1º, sin exceder el periodo total de dias aprobados. Articulo 4º.- Los gastos de formacion profesional seran solventados por el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, salvo en lo referente a los conceptos de Compensacion Extraordinaria por Servicios en el Extranjero y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneraciones ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas Encargado de Despacho del Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 10970 RESOLUCION SUPREMA Nº 264-2006-DE/EP/A.1.a.1.8 MORDAZA, 19 de junio de 2006 Visto, la Hoja de Recomendacion Nº 038 DAI-JEMGE/A-3 de MORDAZA del 2006, del Departamento de Asuntos Internacionales de la Jefatura del Estado Mayor General del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales nombrar en Comision de Servicio al Crl. Com. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y My. MG MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para participar en el intercambio profesional academico en las especialidades de Ciencia y Tecnologia, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA - Republica de Ecuador, en el periodo comprendido del 19 al 21 de junio del 2006, por cuanto las experiencias y el conocimiento a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ambito de competencia del Ejercito del Peru;

Que, la participacion del Ejercito del Peru en el intercambio profesional academico en las especialidades de Ciencia y Tecnologia, es de gran importancia, ya que va a contribuir a fortalecer la imagen y prestigio Institucional, asi como tambien, va a permitir el intercambio de informacion, experiencias y conocimientos en el MORDAZA de Ciencia y Tecnologia; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2006, Decreto de Urgencia Nº 002-2006 del 19 de enero de 2006 y su modificatoria con el Decreto de Urgencia Nº 006-2006 del 7 de MORDAZA del 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de 26 de enero del 2004, y su modificatoria con el Decreto Supremo Nº 008-2004DE/SG de 30 de junio del 2004; y, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en Comision de Servicio, al Crl. Com. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y My. MG MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para participar en el intercambio profesional academico en las especialidades de Ciencia y Tecnologia, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA - Republica de Ecuador, en el periodo comprendido del 19 al 21 de junio del 2006. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: PASAJES: MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA (Ida y Vuelta) $ 648.70 x 2 personas VIATICOS: $ 200.00 x 3 dias x 2 personas TARIFA UNICA DE USO DE AEROPUERTO: US$ 30.25 x 2 personas Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la Comision, sin exceder el periodo total establecido. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneraciones ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 10971

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