Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2006 (21/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 21 de junio de 2006

Par ticipacion Vecinal, abre un Registro para la participacion ciudadana en el MORDAZA participativo de las siguientes organizaciones: a) Organizaciones o juntas de vecinos, cualquiera sea su denominacion conforme a la Ordenanza Nº 191 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; b) Organizaciones sociales de base, clubes de madres; c) Organizaciones de trabajadores autonomos ambulantes; d) Organizaciones educativas y/o culturales; e) Organizaciones de ninos, adolescentes y jovenes; f) Organizaciones deportivas; g) Organizaciones empresariales; h) Organizaciones religiosas; i) Instituciones publicas y/o privadas tales como universidades, colegios profesionales, fundaciones, sociedades mercantiles, etc.; j) Cualquier otra organizacion o agrupacion vecinal o institucional de nivel Distrital que actuan con caracter permanente en el distrito. Articulo 5º.- Requisitos para la Inscripcion en el Proceso.- Son requisitos para la inscripcion de las organizaciones: a) Solicitud dirigida al Subgerente del Programa de Participacion Vecinal. b) MORDAZA simple de la Resolucion de Alcaldia de Reconocimiento como Organizacion Social (RUOS) y/o ficha registral o partida electronica de inscripcion en el Registro de Personas Juridicas de los Registros Publicos de Lima. c) Fotocopia simple del Documento Nacional de Identidad del representante legal. d) No participar como organizacion registrada en otras instancias de Gobierno. Solo podran participar las Organizaciones debidamente inscritas, MORDAZA del plazo establecido en el cronograma aprobado, anexo a la presente Ordenanza. Articulo 6º.- Procedimiento de Inscripcion.6.1. La inscripcion en el Registro citado en el articulo anterior es efectuada por el titular o representante legal de la organizacion social, siempre y cuando se encuentre debidamente acreditado como tal en el Registro Unico de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad de Surquillo o en el Registro de Personas Juridicas de los Registros Publicos de Lima. 6.2. En el caso de instituciones publicas y/o privadas que actuan o tienen sedes institucionales en la jurisdiccion del distrito, la inscripcion en el Registro es efectuada por el representante legal de la misma, acreditado ante el Registro de Personas Juridicas de los Registros Publicos de Lima. 6.3. En ambos casos, el representante debera acreditar a dos delegados para su participacion en el MORDAZA del Presupuesto Participativo 2007, quienes asumiran los roles de delegado titular y alterno, respectivamente. 6.4. Excepcionalmente, y solo en el caso de organizaciones sociales, de no poder ser acreditado el titular o representante legal de la misma, se admitira una declaracion jurada suscrita por el solicitante, quien manifieste su condicion de representante, avalada con la firma de cinco miembros de la organizacion social, quienes ratificaran la condicion del solicitante. 6.5. El Subgerente del Programa de Participacion Vecinal anota en el Registro el nombre de la organizacion o institucion inscrita, el numero del documento que acredita su existencia (sea en el RUOS o en Registros Publicos), el nombre e identificacion del solicitante y los nombres de los delegados titular y alterno presentados. Producida la inscripcion, el Programa de Participacion Vecinal entrega una MORDAZA de inscripcion, ademas de una cartilla de instrucciones y una MORDAZA del cronograma del MORDAZA del presupuesto participativo aprobado. CAPITULO III DESARROLLO DEL MORDAZA Articulo 7º.- Equipo Tecnico.- El MORDAZA del Presupuesto Participativo 2007 contara con el apoyo de

los siguientes funcionarios en su condicion de miembros del Equipo Tecnico: a. El Gerente de Planeamiento y Presupuesto, quien la presidira. b. El Gerente de Obras y Desarrollo Urbano. c. El Gerente de Desarrollo Social y de Juventudes. d. El Gerente de Estadistica e Informatica. e. El Gerente de Seguridad Ciudadana. f. El Gerente de Rentas. g. El Gerente de Desarrollo Empresarial. h. El Gerente de Proteccion del Medio Ambiente. i. El Subgerente del Programa de Participacion Vecinal. j. Hasta cuatro (4) profesionales de la Sociedad Civil con experiencia en temas de Planeamiento y Presupuesto previa MORDAZA de Curriculum Vitae documentado, evaluado por el equipo tecnico y en la condicion de Ad Honorem. Los funcionarios de las demas gerencias deberan participar en las reuniones del equipo tecnico a las que MORDAZA invitados. Articulo 8º.- Funciones del Equipo Tecnico.8.1. El Equipo Tecnico tiene a su cargo la preparacion y suministro de informacion, la evaluacion tecnica, la asesoria y el apoyo permanente al MORDAZA materia de la presente Ordenanza. 8.2. En el caso de la preparacion y suministro de informacion, esta precede a la convocatoria a los talleres de trabajo, teniendo como objetivo dotar a los participantes de informacion actualizada y relevante para la toma de decisiones. En particular, corresponde al Equipo Tecnico dotar a los agentes participantes de la siguiente informacion: 8.2.1. El Plan de Desarrollo Local Concertado (para su respectiva validacion, conforme a la presente Ordenanza). 8.2.2. El Plan Estrategico Institucional. 8.2.3. El detalle de los proyectos priorizados en el MORDAZA participativo correspondiente al ano 2006 considerado en el Presupuesto Institucional (niveles de ejecucion, recursos necesarios para culminacion en caso de no haberse terminado, entre otros). 8.2.4. Relacion de proyectos priorizados en el MORDAZA participativo del ano 2006 que no tuvieron financiamiento para su debate y priorizacion. 8.2.5. Relacion de proyectos ejecutados por la Municipalidad, sus costos de mantenimiento y responsables de su sostenibilidad. 8.2.6. Recursos totales por fuente de financiamiento que la Municipalidad estima asignar para la ejecucion de los proyectos resultantes del proceso. 8.2.7. Informe de los compromisos asumidos por la sociedad civil y otras entidades estatales en procesos participativos anteriores. 8.2.8. Informe de mejoras de infraestructura de servicios en educacion, salud, saneamiento ambiental, formalizacion de la actividad economica y aquellas que correspondan, acorde a las competencias municipales distritales exclusivas previstas en la Ley Organica de Municipalidades. 8.3. La evaluacion tecnica del Equipo tecnico comprende la formulacion y la evaluacion financiera de las alternativas posibles para ejecutar las acciones resultantes de los talleres de trabajo a que se refiere el articulo 10º de la Ley. 8.4. En el caso de la labor de asesoria, corresponde al Equipo Tecnico realizar el trabajo de orientacion general, participacion en los talleres y capacitacion en los temas de su competencia a todos los participantes de los talleres de trabajo, asi como a las autoridades locales. 8.5. Corresponde tambien al Equipo Tecnico, como apoyo permanente al MORDAZA de planeamiento, el trabajo de sistematizacion de la informacion, toma de actas, archivo del acervo documentario, asi como cualquier otro que por encargo de la Municipalidad de Surquillo, a traves del MORDAZA o el Gerente Municipal, requiera ejecutarse para los fines del proceso.

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