Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2006 (21/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 21 de junio de 2006

Articulo 5º.- Aprobar para el caso de Construccion en Sitio Propio la exoneracion total del 100% de los pagos y/o multas correspondientes a la Licencia de Obras, Inspecciones Tecnicas, Pistas y Veredas, para los administrados que hayan sido favorecidos con el MORDAZA y esten publicados como Elegibles en la pagina web del Programa Techo Propio. Articulo 6º Aprobar para el caso de Construccion en Sitio Propio - Densificacion, el pago del 50 % de las tasas correspondientes a la regularizacion de las Licencias de Obras, Inspecciones Tecnicas, Pistas y Veredas; de los propietarios actuales, cuyos predios serviran para la aplicacion del producto Construccion en Sitio Propio Densificacion. Articulo 7º.- Autorizar la Declaracion Jurada masiva de datos por la cual en forma gratuita, los vecinos podran declarar, rectificar, regularizar, modificar, incorporar y subsanar; y en general, actualizar la informacion relativa a su impuesto predial, estableciendose la condonacion del pago de cualquier clase de multa, respecto de dichas declaraciones y transferencias de inmuebles, para los vecinos que cumplan con efectuar sus declaraciones hasta el plazo de vigencia de la presente ordenanza, para lo cual debera cumplir unicamente con los siguientes requisitos: - Presentar el formulario llenado de Declaracion Jurada de Actualizacion de datos. - MORDAZA Fedateada de su Documento Nacional de Identidad. - MORDAZA Fedateada del documento que acredite la propiedad (en los casos que asi lo amerite por cambio de nombre o transferencia de propiedad), o en su caso MORDAZA Fedateada del documento que acredite la posesion o tenencia, segun el articulo siguiente. - Carta poder en caso de representacion (copia del titulo de propiedad en sociedades conyugales). Quedando los requisitos senalados en el procedimiento Nº 1 del MORDAZA vigente, en suspenso, hasta la vigencia de la presente Ordenanza. Podran acogerse tambien los vecinos que tuvieran expedientes en tramite, o inicien algun tramite hasta la vigencia de la presente MORDAZA, o que hayan sido objeto o MORDAZA objeto de un MORDAZA de fiscalizacion, asi como tambien los a se n ta m i e n tos humanos u otr as organizaciones vecinales que ya cuenten con su plano de lotizacion visado por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA El Salvador. La Declaracion Jurada mencionada estara sujeta a acciones de fiscalizacion posterior, respecto de su ve racidad, p o r l o q u e e n c as o de fals edad, s e procedera a dejar sin efecto la misma y a interponer las acciones legales por parte de la procuraduria municipal. Articulo 8º.- Precisar que la incorporacion como poseedores o tenedores se efectuara de conformidad a lo previsto en el ultimo parrafo del articulo 9º del Decreto Legislativo Nº 776, significandose que la incorporacion mediante la presente declaracion jurada masiva tiene solo efectos de prestacion tributaria para fines tributarios por lo que no significa ni constituye dicha inscripcion, reconocimiento de otros derechos de naturaleza civil, comercial u otros distintos a los tributarios. Articulo 9º.- El plazo de vigencia de los articulos 7º y 8º de la presente Ordenanza es de 60 dias calendario a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 10º.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, a traves de la Oficina Tecnica de Promocion de la Vivienda, a la Gerencia de Administracion y Finanzas y a la Gerencia de Administracion Tributaria tomar las previsiones del caso a fin de facilitar el ingreso y tramite de los expedientes en las areas correspondientes, y disponer de los recursos que fueran necesarios para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA UZCA MORDAZA 10915

Amplian vigencia de Decretos de Alcaldia referidos a requisitos y costos de la Licencia de Apertura de Establecimiento Definitiva
DECRETO DE ALCALDIA Nº 016-2006-ALC/MVES
MORDAZA El MORDAZA, 1 de junio de 2006 Visto: El Informe Nº 029-06-MVES/SGALCDC del 16.05.2006, suscrito por la Subgerente de Autorizacion, Licencias, Comercializacion y Defensa del Consumidor de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA de esta Municipalidad; CONSIDERANDO: Que, con Decreto de Alcaldia Nº 25-ALC/MVES del 25.10.2005 se establecieron los requisitos y costos de la Licencia de Apertura de Establecimiento Definitiva, para la realizacion de la "Campana de Formalizacion de Licencias de Apertura de Funcionamiento", periodo que vencio el 19.02.2006, el mismo que fue MORDAZA mediante Decreto de Alcaldia Nº 05-2006-ALC/MVES del 15.03.2006 por un periodo de tres meses a partir del, 20.02.2006 al 20.05.2006. Que, mediante el documento de la referencia la Subgerente de Autorizacion, Licencias, Comercializacion y Defensa del Consumidor de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA de esta Municipalidad, solicita la Ampliacion de la MORDAZA citada, hasta el 31 de MORDAZA del ano en curso en la medida que no se ha logrado alcanzar la fiscalizacion respectiva en los diversos sectores del distrito, lo cual cuenta con la opinion favorable del Gerente de Servicios a la MORDAZA expresado a traves del Informe Nº 031-06/ GSC/MVES del 16.05.2006, en el mismo que se solicita se emita el acto de la administracion correspondiente a fin de cumplir con las metas trazadas. Que, mediante Informe Nº 662-2006-OAJ/VES, la Gerencia de Asesoria Juridica senala que de acuerdo al Articulo VI y X del Titulo Preliminar, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales promueven el desarrollo economico local, con incidencia en la micro y pequena empresa, a traves de planes de desarrollo economico local aprobados en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; asi como el desarrollo social, el desarrollo de capacidades y la equidad en sus respectivas circunscripciones asi como tambien se senala que los gobiernos locales promueven el desarrollo integral para viabilizar el crecimiento economico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental, precisando que la promocion del desarrollo local es permanente e integral y que las Municipalidades distritales promueven el desarrollo local en coordinacion y asociacion con los niveles de gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de MORDAZA de su poblacion; siendo por ello necesario que se amplie el plazo de la MORDAZA de Formalizacion de Licencias de Apertura de Funcionamiento por el periodo solicitado; Estando a lo solicitado, contando con la opinion favorable del Gerente Municipal(e) segun proveido del 19.05.2006 y en uso de las atribuciones conferidas en los Incisos 1 y 6 del Articulo 20º asi como el Articulo 39° y 42° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1°.- Autorizar la ampliacion a partir del, 21.05.2006 al 31.07.2006 de la vigencia del Decreto de Alcaldia Nº 05-2006-ALC-MVES del 15.03.2006 el mismo que amplio el Decreto de Alcaldia Nº 25-ALC-MVES del 25.10.2005 referidos a los requisitos y costos de la Licencia de Apertura de establecimiento Definitiva. Articulo 2°.- Encargar a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA de esta Municipalidad, el cumplimiento y difusion del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10914

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