Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2006 (12/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano jueves 12 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES
INGRESOS: FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 13 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS

330225

Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Ano Fiscal 2006, del Pliego 011 ­ Ministerio de Salud; Que, con fecha 30 de junio de 2004, el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud y la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico suscribieron el Convenio de Financiamiento Nº 006-2004-EF/68.01 PeruCanada, financiado con recursos provenientes del Acuerdo de Gestion Institucional del Fondo de Desarrollo Peru-Canada, para ser utilizados como contrapartida nacional y cumplir con lo establecido en los convenios de prestamo suscritos con el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento ­ BIRF y el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, por un monto de $ 5 000 000,00 equivalente al cambio de la moneda nacional a S/. 17 800 000,00, a ser ejecutados en los anos 2004 y 2005; Que, al cierre del Ejercicio Presupuestal 2005, el PARSalud ha ejecutado el monto de US $ 4 711 165, 50 quedando pendiente un saldo por ejecutar de US $ 988 834,50, conciliado con la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, con Resolucion Ministerial Nº 136-2006/MINSA se aprobo el Credito Suplementario que incorpora en el presupuesto del PARSalud el saldo de los recursos provenientes del Convenio de Financiamiento Nº 006-2004EF/68.01 Peru-Canada y Addenda Nº 01 por el monto de S/. 3 282 931,00 (US$ 988 834,50); Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 38º de la Ley Nº 28411 "Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto" los montos y las finalidades de los creditos presupuestarios contenidos en el Presupuestos del Sector Publico solo podran ser modificados durante el ejercicio presupuestario, dentro de los limites y con arreglo al procedimiento establecido en la Ley, mediante Modificaciones en el Nivel Institucional y Modificaciones en el Nivel Funcional Programatico; Que, conforme el articulo 39º numeral 39.1 literal a) constituyen modificaciones presupuestarias en el Nivel Institucional los Creditos Suplementarios y las Transferencias de Partidas, los que son aprobados mediante los Creditos Suplementarios, constituyen incrementos en los creditos presupuestarios autorizados, provenientes de mayores recursos respecto de los montos establecidos en la Ley de Presupuestos del Sector Publico; Que, acuerdo a lo establecido en el articulo 42º numeral 42.1 de la Ley precitada las incorporaciones de mayores fondos publicos que se generen como consecuencia de la percepcion de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto Inicial, son aprobados mediante resolucion del Titular de la Entidad cuando provienen de, entre otros supuestos, las MORDAZA de Financiamiento distintas a los Recursos Ordinarios y recursos por operaciones oficiales de credito que se produzcan durante el ano fiscal; Que, es necesario incorporar en el presupuesto del presente ano el saldo de los recursos provenientes de la Adenda Nº 02 del convenio de financiamiento Nº 0062004-EF/68.01 Peru-Canada, mediante la cual la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas aprueba una ampliacion del financiamiento por un monto de US $ 500 000,00 equivalente al cambio de la moneda nacional a UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 660 000,00) en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias; Estando a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a traves de la Oficina de Presupuesto y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; Con la visacion del Viceministro de Salud; De conformidad con lo previsto en el numeral 42.1 del articulo 42º y del articulo 69º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aportar la donacion proveniente del fondo de Desarrollo Peru-Canada, por un monto de UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 660 000,00), destinado a financiar la actividad realizada por el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud-PARSalud. Articulo 2º.- Autorizase un Credito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 011 Ministerio de Salud para el ano fiscal 2006, hasta por la suma de UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 660 000,00), de acuerdo al siguiente detalle:

(En Nuevos Soles) 3.0.0 3.1.0 3.1.3 3.1.3.065 EGRESOS: SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO : 011 Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA : 123 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSalud FUNCION : 14 Salud y Saneamiento PROGRAMA : 064 Salud Individual SUBPROGRAMA : 0178 Atencion Medica Basica PROYECTO : 00652 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSalud (En Nuevos Soles) 6 GASTOS DE CAPITAL 5 INVERSIONES TOTAL EGRESOS 1 660 000,00 1 660 000,00 ============ TRANSFERENCIAS TRANSFERENCIAS Externas Donaciones-Fondo de Desarrollo Peru-Canada TOTAL INGRESOS 1 660 000,00 1 660 000,00 1 660 000,00 1 660 000,00 1 660 000,00 ===========

Articulo 3º.- La Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 011 Ministerio de Salud, solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Articulo 4º.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a traves de la Oficina de Presupuesto del Pliego 011 - Ministerio de Salud, instruira a la Unidad Ejecutora 123 Programa de Apoyo a la Reforma del S e c t o r S a l u d - PA R S a l u d , p a ra q u e e l a b o r e l a s correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, dentro de los cinco (5) dias calendario de aprobada, a los Organismos senalados en el articulo 23º numeral 23.2 de la Ley Nº 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, esto es, a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica, a la Contraloria General de la Republica y a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud 02915-3 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 919-2006/MINSA Mediante Oficio Nº 2422-2006-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 919-2006/MINSA, publicada en la edicion del 30 de setiembre de 2006. EN EL MORDAZA CONSIDERANDO: DICE: Que por Resolucion Jefatural Nº 033-2006-IDREH/J, de fecha 9 de enero de 2006, se encargo a la medico cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ... DEBE DECIR: Que por Resolucion Jefatural Nº 033-2006-IDREH/J, de fecha 9 de enero de 2006, se encargo a la medico cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gallo, ... 02917-1

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