Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2006 (12/10/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano jueves 12 de octubre de 2006

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

NORMAS LEGALES

330259

encuentran establecidos en porcentajes de la U.I.T., dependiendo de la gravedad de la falta, sin perjuicio del gasto que irrogue la reparacion o reposicion al estado anterior de los bienes afectados por la instalacion de la propaganda. Articulo Decimo Tercero.- Las sanciones aplicables a los infractores de las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza, son las siguientes:
INFRACCION Por colocar propaganda electoral en ubicaciones no autorizadas y/o zonas no permitidas. Por colocar propaganda electoral en areas de dominio publico y/o zonas permitidas, sin haber cursado previa comunicacion a la Entidad MORDAZA Por permitir propaganda sonora fuera del horario establecido o supere los 50 decibeles. SANCION % UIT 50 % SANCION ACCESORIA Retiro o borrado de la propaganda

25 %

15%

Articulo Decimo Cuarto.- RESPONSABILIDADES Las organizaciones politicas que instalen publicidad electoral e infrinjan las disposiciones senaladas en la presente ordenanza seran sancionadas, sin perjuicio de las acciones judiciales a las que hubiere lugar. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Las instalaciones de propaganda electoral que se hayan instalado MORDAZA de la dacion de la presente Ordenanza, deberan adecuarse a lo establecido en la misma. Segunda.- Encarguese a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural y a la Division de Serenazgo, la ejecucion y cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera.- Facultese al senor MORDAZA del distrito de San MORDAZA para, via Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones reglamentarias que MORDAZA necesarias para la aplicacion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Distrital 02902-1

Dotacion de Servicios Basicos, de fecha 17 de marzo del 2006, en su Titulo III Facilidades para la prestacion de Servicios Basicos en sus articulos 24º, 25º, 26º y 27º y su Reglamento del Titulo I de la Ley Nº 28687 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 006-2006-VIVIENDA, referido a la Formalizacion de la Propiedad Informal de Terrenos Ocupados por Posesiones Informales, Centros Urbanos Informales y Urbanizaciones Populares en la cual establece la facultad de las Municipalidades de otorgar certificados de posesion para que las posesiones informales puedan acceder a Servicios Basicos, sin que ello constituya reconocimiento alguno que afecte el derecho de propiedad de su titular. Que, bajo Decreto Supremo Nº 017-2006-VIVIENDA, se Aprueba el Reglamento de los Titulos II y III de la Ley Nº 28687 "Ley de Desarrollo Complementaria de la Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotacion de Servicios Basicos", de fecha 27 de MORDAZA de 2006, y en su Titulo III FACILIDADES PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS BASICOS" se senala las facultades de las Municipalidades, asi mismo; en su Articulo 28º senala los requisitos para el Otorgamiento de la MORDAZA de Posesion. Que, asi mismo en el articulo 29º de la precitada MORDAZA, refiere las Causales para denegar el otorgamiento de la MORDAZA de Posesion. Que, de igual forma, se acompana los Modelos respectivos de la MORDAZA de Posesion Que, considerando lo expuesto en los parrafos precedentes, es necesario atender y/o emitir las respectivas Constancias de Posesion, las mismas que se otorgaran a los pobladores que se encuentran dentro de los alcances de la Ley de Desarrollo Complementaria de la Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotacion de Servicios Basicos y su Reglamento; Por lo anteriormente expuesto y de conformidad con los articulos 9º, numeral 8, 39º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y con el MORDAZA UNANIME del Pleno del Concejo, la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA EXPEDICION DE CONSTANCIAS DE POSESION PARA QUIENES SE ENCUENTREN ENMARCADOS DENTRO DE LA LEY DE DESARROLLO Y COMPLEMENTARIA DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL, ACCESO AL SUELO Y DOTACION DE SERVICIOS BASICOS Articulo Primero.- Otorgar Constancias de Posesion para fines de Obtener la factibilidad de servicios basicos. Articulo Segundo.- Incluir en el T.U.P.A. de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, de la Provincia de Huarochiri de conformidad con lo establecido en el Articulo 30º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, el procedimiento denominado OTORGAMIENTO DE LA MORDAZA DE POSESION PARA FINES DE OBTENER FACTIBILIDAD DE SERVICIOS BASICOS, como un procedimiento de evaluacion previa con silencio negativo, sujeto rigurosamente al regimen taxativamente establecido en el Articulo 34º de la misma Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo Tercero.- Reglamentar bajo Decreto de Alcaldia, el procedimiento de Evaluacion, los Costos de Verificacion de posesion del predio, asi como tambien el costo del Formato Unico de Tramite y el Derecho de Elaboracion, Registro y Emision de la MORDAZA de Posesion. Articulo Cuarto.- Esta comuna MORDAZA, otorgara las Constancias de Posesion, exclusivamente para los fines a que se refiere la presente MORDAZA, teniendo en cuenta que ello no constituye reconocimiento alguno que afecte el derecho de propiedad de su titular. POR LO TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA D. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Distrital 02904-1

Regulan procedimiento para la expedicion de constancias de posesion a fin de obtener la factibilidad de servicios basicos
ORDENANZA Nº 14-MDSA San MORDAZA, 6 de octubre de 2006. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de San MORDAZA, provincia de Huarochiri, departamento de MORDAZA, vista la necesidad del cumplimiento de la aplicacion e incorporacion al T.U.P.A. de la Municipalidad, del Reglamento de los Titulos II y III de la Ley Nº 28687 Ley de Desarrollo y Complementaria de la Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotacion de Servicios Basicos, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que la Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.