Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2006 (12/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano jueves 12 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES
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FOM y hoja de tramite Revision de Planos Derecho de Licencia de Construccion Control de Obra

Articulo 3º.- Plazo.- El plazo para acogerse al presente Beneficio Administrativo es a partir del dia siguiente de publicacion de la presente Ordenanza hasta el 15 de noviembre del presente ano. Articulo 4º.- Condonacion de multas.- Los propietarios que se acojan y regularicen su situacion al MORDAZA de la presente Ordenanza tendran derecho a la condonacion del 100% del pago de las Multas Administrativas impuestas en sus predios unifamiliares por no contar con Licencias de Construccion para remodelacion, refaccion, modificacion o ampliacion que tuvieran hasta la fecha de regularizacion. La Direccion de Desarrollo MORDAZA procedera a informar a la Direccion de Administracion Tributaria y Rentas, al termino de la vigencia del Beneficio, la relacion de contribuyentes y las Multas Administrativas que se deberan anular por la aplicacion de la Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Direccion de Desarrollo MORDAZA, a traves de la Jefatura de Obras Privadas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Asimismo, a la Gerencia Municipal, Direccion de Administracion Tributaria y Rentas y Unidad de Imagen Institucional la implementacion y difusion de la presente Ordenanza. Segunda.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, asi como tambien para establecer la prorroga de la misma. Tercera.- Dejese sin efecto por el tiempo que determina la presente Ordenanza toda MORDAZA que se oponga al Beneficio Administrativo de Regularizacion de la Licencia de Construccion de los predios unifamiliares hasta un MORDAZA piso en el distrito. Cuarta.- Los descuentos correspondientes a Derechos y Formularios son exclusivamente para los fines administrativos generados por la presente Ordenanza, debiendo las Direcciones y Unidades de la Municipalidad tomar las medidas de seguridad que el caso amerite. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02965-1

gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, senala que es facultad del Concejo Municipal, crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley. Asimismo, el articulo 40º de la misma Ley senala que mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por la Ley. Que el articulo 83º de la citada MORDAZA, en lo referente al abastecimiento y comercializacion de productos y servicios precisa en el punto 3, inciso 3.6, que es funcion exclusiva de la municipalidad distrital otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales. Asimismo el articulo 86º relacionado a la promocion del desarrollo local senala en el punto 3, inciso 3.5 que es funcion de la municipalidad promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas del distrito. Que, la Municipalidad Distrital de Bellavista a traves de los Martes Ciudadanos y otros mecanismos de comunicacion directa con los vecinos, ha recibido gran cantidad de pedidos de comerciantes y micro empresarios que solicitan facilidades por parte del Gobierno MORDAZA en los tramites relacionados con la obtencion o actualizacion de licencias de funcionamiento para los puestos y tiendas de los Mercados de Abastos, MORDAZA Feriales y Centros Comerciales de la Jurisdiccion. Que mediante Informe Tecnico Nº 126-2006-MUDIBE/ ODECT-UC, la Unidad de Comercializacion propone generar oportunidades de acceso a la inversion, recomendando dar facilidades para el pago de Licencias de Apertura de Establecimientos Comerciales, Licencias Provisionales, Ampliaciones o Modificaciones en los giros de Mercados de Abastos, MORDAZA Feriales y Centros Comerciales del distrito. De igual manera, la Oficina de Asesoria Juridica a traves del Informe Nº 119-2006-MDB/OAJ de fecha 14 de setiembre opina que la Municipalidad esta facultada para expedir la MORDAZA que otorgue beneficios y facilidades para dichos tramites administrativos. Que en el MORDAZA del 91º aniversario de creacion del distrito de Bellavista y en concordancia con los lineamientos de politica de la actual gestion municipal se considera necesario generar oportunidades que promuevan la inversion privada en los Mercados de Abastos, MORDAZA Feriales y Centros Comerciales, fomentando a la vez nuevos puestos de trabajo en la jurisdiccion. Estando a lo expuesto, con el MORDAZA unanime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades le confiere y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS ADMINISTRATIVO DE REGULARIZACION DE LICENCIAS PARA LOS PUESTOS Y TIENDAS DE LOS MERCADOS DE ABASTOS, MORDAZA FERIALES Y CENTROS COMERCIALES DE LA JURISDICCION DE BELLAVISTA Articulo 1º.- Objeto.- La presente Ordenanza tiene como objeto establecer un Beneficio Administrativo a las personas naturales o juridicas conductores de los puestos o tiendas de los Mercados de Abastos, MORDAZA Feriales y Centros Comerciales del distrito, quienes abonaran el 50% del costo total senalado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) por los siguientes conceptos: - Certificado de Compatibilidad de Uso - Certificado Ambiental - Certificado de Inspeccion Tecnica Basica de Seguridad de Defensa Civil - Licencia de Funcionamiento Definitiva - Licencia de Funcionamiento Provisional Articulo 2º.- Condonacion de multas administrativas.Los conductores de los puestos o tiendas que se acojan y regularicen su situacion al MORDAZA de la presente Ordenanza tendran derecho a la condonacion del 100% del pago de las multas administrativas impuestas por no contar con Licencias de Apertura de Establecimientos Comerciales, ampliaciones y modificaciones en los giros de Mercados de Abastos, MORDAZA Feriales y Centros Comerciales que tuvieran hasta la fecha de regularizacion. La Unidad de

Establecen Beneficios Administrativos de Regularizacion de Licencias para los Puestos y Tiendas de Mercados de Abastos, MORDAZA .eriales y Centros Comerciales
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 020-2006-CDB Bellavista, 21 de setiembre de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en la estacion de Orden del Dia de la Sesion Ordinaria celebrada en la fecha, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, y el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades, establece que los

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