Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2006 (12/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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330260

NORMAS LEGALES PROYECTO

El Peruano jueves 12 de octubre de 2006

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
PROYECTO DE RESOLUCION VICEMINISTERIAL QUE MODIFICARIA PLANES DE CANALIZACION Y ASIGNACION DE FRECUENCIAS EN LA BANDA DE FRECUENCIA MODULADA (FM) PARA LAS LOCALIDADES DEL DEPARTAMENTO DE MORDAZA
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, pone a consideracion del publico en general el contenido del presente proyecto de Resolucion Viceministerial mediante el cual se modificaria el articulo 1º de la Resolucion Viceministerial Nº 251-2004-MTC/03, modificada por la Resolucion Viceministerial Nº 485-2005-MTC/03, mediante la cual se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada para las localidades del departamento de MORDAZA, a fin de que remitan sus opiniones y sugerencias por escrito, a la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones del Ministerio, Av. Zorritos Nº 1203 - Brena, via fax al 3157641 o via correo electronico a jmartinez@mtc.gob.pe, dentro del plazo de diez (10) dias calendario, de acuerdo al formato siguiente. Formato para la MORDAZA de comentarios al Proyecto Articulo del Proyecto 1º 2º Comentarios Generales Comentarios

RESOLUCION VICEMINISTERIAL CONSIDERANDO: Que, el articulo 11º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278 y el articulo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establecen que es competencia del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones la administracion, atribucion, asignacion, control y en general cuanto concierne a la gestion del espectro radioelectrico atribuido al servicio de radiodifusion; Que, el articulo 7º del precitado Reglamento, dispone que toda asignacion de frecuencias para el servicio de radiodifusion se realiza en base al Plan Nacional de Asignacion de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusion y determina las frecuencias tecnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignacion de Frecuencias son aprobados por Resolucion Viceministerial; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 251-2004-MTC/ 03 modificada por la Resolucion Viceministerial Nº 4852005-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del servicio de radiodifusion sonora para la banda de Frecuencia Modulada, en distintas localidades del departamento de Lima; Que, conforme lo dispuesto por el articulo 4º de la precitada Resolucion Viceministerial Nº 251-2004-MTC/03, los Planes de Asignacion de Frecuencias aprobados pueden modificarse de oficio, a fin de optimizar el uso del espectro radioelectrico atribuido al servicio de radiodifusion y procurar una oferta plural de servicios; Que, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones mediante Informes Nºs. 864 y 894-2005MTC/17.01.ssr, propone la modificacion de los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del servicio de radiodifusion para la banda de Frecuencia Modulada aprobados por Resolucion Viceministerial Nº 251-2004-MTC/03, a fin de incorporar los Planes para las localidades de Ancon-Santa MORDAZA, Chaclacayo-Chosica-Santa Eulalia-Ricardo MORDAZA, Cieneguilla, Huaycan- MORDAZA Zevallos-Carapongo, Pachacamac-Lurin-San Fernando-Manchay, MORDAZA PiedraCarabayllo-Comas, San MORDAZA de Lurigancho, Saracoto, Ventanilla, MORDAZA El Salvador-Villa MORDAZA del Triunfo y Vitarte; y, modificar el Plan de Canalizacion de la localidad de HuaralChancay, respectivamente, del departamento de Lima; Que, asimismo, la citada Direccion de Concesiones y Autorizaciones senala en su informe, que en la elaboracion de sus propuestas, ha observado lo dispuesto en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y en el Reglamento de la Ley de Radio y Television; Que, la Direccion General de Control y Supervision de Telecomunicaciones por Informes Nºs. 1239-2006-MTC/ 18.01.1 y Memorandum Nº 2051-2006-MTC/18 senalan que segun el monitoreo efectuado a las estaciones del servicio de radiodifusion sonora en Frecuencia Modulada de la

provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, los resultados de las mediciones de intensidad de MORDAZA electrico garantizan la viabilidad de los Planes de Asignacion de Frecuencias para la banda de Frecuencia Modulada en MORDAZA Metropolitana, de acuerdo a la propuesta de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones; De conformidad con la Ley de Radio y Television aprobada por Ley Nº 28278; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 3582003-MTC/03, su modificatoria aprobada por Resolucion Ministerial Nº 296-2005-MTC/03; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y el Director General de Control y Supervision de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Viceministerial Nº 251-2004-MTC/03 modificado por la Resolucion Viceministerial Nº 485-2005-MTC/03, a fin de incorporar los Planes para las localidades de Ancon-Santa MORDAZA, Chaclacayo-Chosica-Santa Eulalia-Ricardo MORDAZA, Cieneguilla, Huaycan- MORDAZA Zevallos-Carapongo, Pachacamac-Lurin-San Fernando-Manchay, MORDAZA PiedraCarabayllo-Comas, San MORDAZA de Lurigancho, Saracoto, Ventanilla, MORDAZA El Salvador-Villa MORDAZA del Triunfo y Vitarte, y, modificar el Plan de Canalizacion de la localidad de Huaral - Chancay del departamento de Lima; conforme se detalla a continuacion: Localidad : Ancon-Santa MORDAZA Plan de Asignacion de Frecuencias Plan de Canalizacion Plan de Asignacion MORDAZA Frecuencia (MHz) Ubicacion 254 98.7 MORDAZA MORDAZA 258 99.5 ANCON SAN MORDAZA 269 101.7 ANCON MORDAZA Total de MORDAZA : 3 La MORDAZA e.r.p. en la direccion de MORDAZA ganancia de antena a ser autorizada en esta localidad sera de 0.1 KW. Las plantas de transmision deberan instalarse fuera de la MORDAZA de servicio (contorno de 66 dBµV/m) de las estaciones primarias de la localidad de MORDAZA y respetando las distancias resultantes de las relaciones de proteccion en RF. Solo se exceptuan de esta obligacion las estaciones que hubieran sido autorizadas, MORDAZA de la entrada en vigencia del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Las estaciones a instalarse o instaladas en esta localidad son estaciones secundarias de acuerdo a la definicion prevista en el Reglamento de la Ley de Radio y Television y estan sujetas a los parametros tecnicos establecidos para las Estaciones de Baja Potencia en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion.

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