Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2007 (25/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES
DICE: "Anexo V (...)

355989

DICE: "Articulo 115º.- Abandono del servicio (...) b) (...) en un periodo de treinta (30) dias. (...)" DEBE DECIR: "Articulo 115º.- Abandono del servicio (...) b) (...) en un periodo de treinta (30) dias calendario. (...)" DICE: "Articulo 227º.- Suspension Precautoria (...) contados desde la notificacion de la suspension, precautoria podra levantarla siempre y cuando el transportista (...)" DEBE DECIR: "Articulo 227º.- Suspension Precautoria (...) contados desde la notificacion de la suspension precautoria, podra levantarla siempre y cuando el (....)" DICE: "Anexo I (...) Infracciones contra la seguridad en el servicio de transporte (...)
CODIGO S.25 INFRACCION CALIFICACION SANCION (...) (...) MEDIDA PREVENTIVA

Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC Articulo 41° (...) e) (...) con una distancia util minima de setenta (70) cm. Entre asiento y tener un ancho minimo por pasajero de 45 cm. (...)

DEBE DECIR: "Anexo V (...)
Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC Articulo 41° (...) e) (...) con una distancia util minima de setenta y dos (72) cm. entre asiento y tener un ancho minimo por pasajero de 45 cm. (...)

Articulo 9º.- Modificaciones al Decreto Supremo Nº 018-2007-MTC que Aprueba el Sistema Simplificado para la obtencion de la Licencia de Conducir "BREVET" (...) DICE: "ANEXO (...)
A.12 A.13
(...)

(...) requerido para el presente reglamento. (...) (...) sobre los resultados de las evoluciones (...) (...)

(...) (...)

(...) seguro obligatorio de seguros (...) de transito.

DEBE DECIR: "ANEXO (...)
A.12 A.13
(...)

(...)" DEBE DECIR: "Anexo I Infracciones contra la seguridad en el servicio de transporte (...)
CODIGO S.25 INFRACCION CALIFICACION SANCION (...) (...) MEDIDA PREVENTIVA

(...) requerido por el presente reglamento.

(...)

(...) (...)

(...) sobre los resultados de las evaluaciones (...) (...)

(...) seguro obligatorio de accidentes (...) de transito.

124250-1

(...)" DICE: "Anexo II (...)
CODIGO U.4 INFRACCION (...) muerte o lesiones o graves (...) CALIFICACION SANCION (...) (...) MEDIDA PREVENTIVA (...)

VIVIENDA
Aprueban Reglamento de la Ley Nº 29061, Ley que crea el Fondo de Inversion en Saneamiento - INVERSAN
DECRETO SUPREMO Nº 031-2007-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

(...)" DEBE DECIR: "Anexo II (...)
CODIGO U.4 INFRACCION (...) muerte o lesiones graves (...) CALIFICACION SANCION (...) (...) MEDIDA PREVENTIVA (...)

CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29061, se crea el Fondo de Inversion Social en Saneamiento ­ INVERSAN, con patrimonio propio y autonomia administrativa y financiera, que tiene como objetivos canalizar y organizar el apoyo tecnico y asesoria financiera de la cooperacion del sector publico y privado, asi como de los organismos multilaterales con la finalidad de financiar los programas, proyectos y/o actividades referidas al mejoramiento, ampliacion y desarrollo de sistemas de agua potable, alcantarillado sanitario, disposicion sanitaria de excretas y las actividades vinculadas al Servicio Ambiental Hidrico. Asimismo, dicho Fondo busca apoyar el fortalecimiento de capacidades y competencias institucionales de las

(...)" Articulo 2º.- Incorporacion al Reglamento Nacional de Administracion de Transportes (...)

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