Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2007 (25/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de octubre de 2007

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Aprueban Directiva "Procedimiento para la regularizacion de reversiones de terrenos eriazos al dominio del Estado en cumplimiento de la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27333"
RESOLUCION Nº 043-2007/SBN La MORDAZA, 22 de octubre de 2007 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales es un organismo publico descentralizado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento en merito al Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA; Que, mediante la Vigesima MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 29035, se establece que la SBN es el organo rector responsable de normar la ejecucion de los actos de disposicion, administracion y control de los bienes de propiedad estatal a nivel nacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, la SBN tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado, en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para el registro, inscripcion y fiscalizacion de los bienes de propiedad estatal; Que, en el literal e) del articulo 7º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, se establece como una de las funciones y atribuciones de la SBN, la de dictar y aprobar las Directivas aplicables para la administracion, adquisicion y disposicion de los bienes de propiedad estatal a su cargo; Que, la Ley Nº 27333, MORDAZA legal complementaria a la Ley Nº 26662, Ley de Asuntos No Contenciosos de Competencia Notarial para la Regularizacion de Edificaciones, mediante su Primera Disposicion Complementaria autoriza expresamente a la Superintendencia de Bienes Nacionales - SBN, a expedir Resoluciones indicando los inmuebles revertidos, en aplicacion de las Leyes Nºs. 11061, 14197, 17716, 18460, 19462, 19955, 19959 y demas disposiciones conexas y complementarias, con la consiguiente inscripcion de los terrenos eriazos a nombre del Estado en el Registro de la Propiedad Inmueble o en su caso en el Registro Predial MORDAZA, hoy unificados en el denominado Registro de Predios; asimismo, en merito a dichas resoluciones se procedera a cancelar los asientos, si los hubiere, extendidos a nombre de terceros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 078-2006-EF se aprobo el Reglamento de la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27333, senalandose el ambito de aplicacion de la MORDAZA, la calificacion y procedencia del tramite, el procedimiento para el saneamiento registral; atribuyendo a la Superintendencia de Bienes Nacionales la facultad para que mediante directiva establezca los procedimientos necesarios para la aplicacion del citado reglamento; Que, se hace necesario aprobar la directiva que regule el procedimiento para la debida regularizacion de reversiones de terrenos eriazos al dominio del Estado en cumplimiento de las normas legales MORDAZA citadas; Con la visacion de la Gerencia Legal, Gerencia de Operaciones, Gerencia de Planeamiento y Desarrollo y de la Gerencia General;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25556, el Decreto Ley Nº 25738, el Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27333, el Decreto Supremo Nº 078-2006-EF y la Resolucion Nº 315-2001/ SBN; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la Directiva Nº 008-2007/ SBN que regula el "Procedimiento para la regularizacion de reversiones de terrenos eriazos al dominio del Estado en cumplimiento de la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27333", la que forma parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MITSUMASU FUJIMOTO Superintendente de Bienes Nacionales

Directiva Nº 008-2007/SBN PROCEDIMIENTO PARA LA REGULARIZACION DE REVERSIONES DE TERRENOS ERIAZOS AL DOMINIO DEL ESTADO EN CUMPLIMIENTO DE LA PRIMERA DISPOSICION COMPLEMENTARIA DE LA LEY Nº 27333 La MORDAZA, 22 de octubre de 2007 I. Finalidad Establecer el procedimiento para la regularizacion de las reversiones de terrenos eriazos al dominio del Estado, que se realizaron conforme a las disposiciones establecidas en las Leyes Especiales Nºs. 11061, 14197, 17716, 18460, 19462, 19955, 19959 y demas disposiciones conexas y complementarias; en cumplimiento de la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27333 y su MORDAZA reglamentaria. II. Objetivo Realizar el saneamiento de los derechos del Estado y de los adjudicatarios o afectatarios de este, sobre los terrenos eriazos que fueron revertidos a favor del Estado en virtud de las leyes especiales MORDAZA mencionadas. III. Alcance La presente Directiva tiene alcance a nivel nacional y, comprende los predios que han sido revertidos, en su oportunidad, por la entidad competente conforme a las Leyes MORDAZA glosadas. IV. Base Legal · Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27333, MORDAZA complementaria de la Ley Nº 26662. · Decreto Supremo Nº 078-2006-EF, que aprobo el Reglamento de la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27333. · Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001SBN, Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales. V. Disposiciones Generales a) La Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones (JAR) tendra a su cargo: i) el estudio tecnico legal preliminar y ii) el procedimiento de regularizacion de reversion de terrenos eriazos al dominio del Estado, los cuales son de oficio. b) Previo al inicio del procedimiento de regularizacion de reversion debera efectuarse el estudio tecnico-legal de los antecedentes administrativos y registrales e identificarse la existencia de la partida registral de mayor antiguedad relacionada con el predio revertido al dominio del Estado; lo cual determinara la procedencia del inicio del procedimiento. Para ello la SBN podra solicitar a las entidades publicas pertinentes, la documentacion tecnica

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