Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2007 (25/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de octubre de 2007

de fecha diecinueve de MORDAZA del dos mil cinco, que obra a fojas dieciocho; Decimo: Que, sin perjuicio de ello, es evidente que lo dicho por el investigado en cuanto a que no conocia a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, resulta no solo contradictorio sino que carece de toda consistencia teniendo en cuenta que de lo actuado en la presente investigacion esta acreditado que ambos se reunieron en diversas oportunidades, a decir de las conversaciones que sostuvieron de conformidad a las trascripciones obrantes de fojas veintisiete a veintinueve, asi como de las fotos que les fueron tomadas conversando en el pasadizo del Palacio Nacional de Justicia, de fojas treinta, hechos que desvirtuan por completo los descargos formulados por el servidor investigado; Undecimo: Que, de igual modo, tambien existe conviccion respecto a que don MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA entrego al quejoso el proyecto de resolucion sin firma que obra de fojas seis a ocho, considerando que en la conversacion sostenida y grabada entre ambos el quejoso le manifesto "(...) que problema ha hecho el juez para no firmar la MORDAZA de mi cunado (...)", segun aparece a fojas veintiocho, asi como en lo expuesto en la declaracion de fojas setenta y seis; Duodecimo: Que, siendo asi, los descargos planteados por el mencionado servidor no han desvirtuado en modo alguno los hechos imputados en su contra, habiendose por el contrario comprobado que el quejado si recibio dinero del denunciante tal como se evidencia de la trascripcion de audio de fojas veintiocho, lo que resulta ademas coherente con la declaracion del denunciante de fojas veinticinco; Decimo tercero: Que, sin perjuicio de lo senalado precedentemente, es del caso precisar que el servidor si fue debidamente notificado, en tanto asi esta acreditado en los respectivos cargos de fojas cuarenta y cinco, cincuenta y siete, sesenta y seis, doscientos setenta y uno y doscientos setenta y tres, razon por la que resulta evidente que el procedimiento administrativo disciplinario se ha llevado a cabo respetando las garantias del derecho de defensa y del debido procedimiento; en consecuencia, de un elemental analisis de los hechos investigados y de las declaraciones testimoniales actuadas, resulta

incuestionable la irregular conducta funcional de don MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA en su actuacion como Secretario del Trigesimo MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA, quien ha incurrido en infraccion a los deberes y prohibiciones a que se refiere el inciso uno del articulo doscientos uno del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, lo que constituye grave atentado contra la dignidad del cargo, y lo desmerece en el concepto publico, resultando de aplicacion la medida disciplinaria de destitucion prevista en el articulo doscientos once del citado cuerpo normativo; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso treinta y uno del articulo ochenta y dos concordado con los articulos ciento seis y doscientos dos de la referida Ley Organica, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin las intervenciones de los senores Consejeros MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber intervenido como Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial y por encontrarse de licencia, respectivamente, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de Destitucion a don MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Secretario del Trigesimo MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de Lima. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 124114-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 4.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos. 5.- El MORDAZA ademas, debe ser remitido en disquete o al correo electronico: normaslegales@ editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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