Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2008 (13/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

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Crean la Gerencia Central Tecnico Normativa y la Gerencia de Control de Sistemas Informaticos y modifican el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Contraloria General
RESOLUCION DE CONTRALORIA N° 052-2008-CG
MORDAZA, 11 de febrero de 2008 Visto, la Hoja de Recomendacion Nº 011-2008-CG/PL de la Gerencia de Planeamiento y Control, mediante la cual se propone la creacion de la Gerencia Central Tecnico Normativa y de la Gerencia de Control de Sistemas Informaticos, asi como la modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 4312006-CG y su modificatoria la Resolucion de Contraloria Nº 086-2007-CG, se aprobo la estructura organica de la Contraloria General de la Republica en el MORDAZA de la reformulacion de los procesos institucionales efectuada con el proposito de alcanzar el Objetivo Estrategico referido a la modernizacion del control gubernamental; Que, asimismo, mediante Resolucion de Contraloria Nº 070-2007-CG se modifico el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF a fin de establecer y adecuar las funciones especificas de las unidades organicas en funcion a la nueva estructura organica, aprobandose asimismo a traves de esta Resolucion, el Texto Unico Ordenado del ROF, modificado posteriormente por las Resoluciones de Contraloria Nos 086 y 159-2007-CG; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006PCM, que aprobo los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ROF, por parte de las Entidades de la Administracion Publica, en adelante los Lineamientos, se establecen, en el articulo 22º, como criterios que justifican la creacion de unidades organicas alternativa o concurrentemente: a) si un organo de la Entidad cuenta con mas de 15 personas; b) si la carga administrativa conlleva que la funcion que genero la creacion de uno de los organos de la entidad justifica la creacion de una unidad organica, y c) si se establece, por la naturaleza de sus funciones a desarrollar, la necesidad de independizar ciertos servicios o tareas; Que, asimismo de conformidad con lo establecido en el articulo 31º de los citados Lineamientos, cuando la modificacion no represente cambios en la estructura organica o en el presupuesto aprobado de operacion y funcionamiento para la entidad, mayores a un cinco por ciento (5%), en el ejercicio presupuestal vigente, el Informe Tecnico Sustentatorio solo versara sobre el analisis funcional e incluira el cuadro comparativo de los gastos de operacion de la estructura vigente y la propuesta; Que, la Gerencia de Planeamiento y Control, mediante el documento del visto, propone que la conduccion de las unidades organicas que tienen a su cargo los procesos de control que son ejecutados transversalmente, sea efectuada por una Gerencia Central bajo un esquema matricial y mediante la aplicacion de criterios tecnicos de control uniformes que esta nueva unidad organica debera formular, agilizandose de esta manera la atencion de la demanda de control al constituirse una linea adicional de produccion de servicios de control; En uso de las facultades conferidas en los literales a) y l) del articulo 32° de la Ley N° 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Crear la Gerencia Central Tecnico Normativa incorporandola a la estructura

organica de la Contraloria General de la Republica como unidad organica de linea dependiente de la Vicecontralora General, encargada de normar, conducir, supervisar y apoyar los procesos de control de las contrataciones y adquisiciones del Estado; la ejecucion de los programas sociales; la contratacion y ejecucion de obras publicas, presupuestos adicionales de obra y mayores prestaciones de supervision; del medio ambiente, los recursos naturales y el patrimonio cultural; de los sistemas informaticos utilizados por las entidades publicas; asi como de las demas acciones y actividades de control que realicen las unidades organicas bajo su dependencia. Articulo Segundo.- Crear la Gerencia de Control de Sistemas Informaticos incorporandola a la estructura organica de la Contraloria General de la Republica como unidad organica dependiente de la Gerencia Central Tecnico Normativa, encargada de formular metodologias y guias de procedimientos para el ejercicio del control de sistemas informaticos; y planear, organizar, dirigir, ejecutar y evaluar las acciones y actividades de control de su especialidad, en la entidades sujetas al Sistema Nacional de Control. Articulo Tercero.- Trasladar bajo el ambito de la Gerencia Central Tecnico Normativa a la Gerencia de Contrataciones y Adquisiciones, Gerencia de Programas Sociales, Gerencia de Obras y Evaluacion de Adicionales y Gerencia de Medio Ambiente y Patrimonio Cultural. Articulo Cuarto.- Aprobar la modificacion de la Estructura Organica de la Contraloria General de la Republica, la misma que quedara conformada segun el organigrama del Anexo Nº 01 que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Quinto.- Modificar los articulos 8º y 60º, el literal b) del articulo 61º y los articulos 62º, 71º y 73º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Contraloria General de la Republica, conforme al texto que en Anexo Nº 02 forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Sexto.- Incorporar el Capitulo XI-A conteniendo los Sub Capitulos I, II, III, IV y V con los articulos 88º-A, 88º-B, 88º-C, 88º-D, 88º-E, 88º-F, 88ºG, 88º-H, 88º-I, 88º-J, 88º-K, 88º-L y 88º-M en el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Contraloria General de la Republica, conforme al texto que en Anexo Nº 02 forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Setimo.- Eliminar el literal o) del articulo 40º; el Capitulo IX-A con los articulos 59º-A y 59º-B; el literal d) del articulo 61º; el Sub Capitulo II del Capitulo X con los articulos 65º y 66º; y los Sub Capitulos VI y VII del Capitulo XI con los articulos 89º, 90º, 91º y 92º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Contraloria General de la Republica. Articulo Octavo.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento y Control proponga la actualizacion de los ambitos de control y los instrumentos de gestion que correspondan. Articulo Noveno.- Disponer que la Gerencia General adopte las acciones de su competencia, a efecto de implementar lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo Decimo.- Encargar a la Gerencia de Tecnologias y Sistemas de Informacion la publicacion de la presente Resolucion y sus Anexos en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA de la Contraloria General de la Republica (www.contraloria. gob.pe). Articulo Undecimo.- Dejese sin efecto la Resolucion de Contraloria Nº 431-2006-CG; asi como cualquier otra disposicion que se oponga a lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica

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