Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2008 (13/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de febrero de 2008

386-GCL-ESSALUD-2008, de la Gerencia Central de Logistica que remite el Informe Tecnico Nº 0011-GCLOGA-ESSALUD-2008, de fecha 6 de febrero del 2008, que sustenta la regularizacion de los contratos celebrados para la ejecucion de las obras y supervisiones de los proyectos: "Nuevo Hospital de Alta Complejidad Ica" y "Nuevo Hospital Pisco", via exoneracion del MORDAZA de seleccion, por la causal de situacion de emergencia; el Acuerdo de Consejo Directivo Nº 44-16-ESSALUD-2007; y, el Informe Legal Nº 064-OCAJ-ESSALUD-2008 de la Oficina Central de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el articulo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud - ESSALUD, la Entidad otorga cobertura a sus asegurados y sus derechohabientes a traves del otorgamiento de prestaciones de prevencion, promocion, recuperacion y rehabilitacion, y prestaciones economicas y sociales, que corresponden al regimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, asi como de otros seguros de riesgos humanos; Que, como consecuencia del terremoto ocurrido el 15 de agosto del 2007, se registraron un numero indeterminado de heridos en la poblacion y considerables danos materiales en el departamento de Ica y en la provincia de Canete del departamento de MORDAZA, afectandose la infraestructura y perjudicando la operatividad de los Centros Asistenciales de ESSALUD, en las referidas localidades; Que, mediante Decretos Supremos Nºs 068 y 0712007-PCM, de fechas 16 y 17 de agosto del 2007, respectivamente, se declaro el Estado de Emergencia en el departamento de Ica; provincia de Canete y los Distritos de Huanec y Tupe de la provincia de Yauyos del departamento de Lima; asi como las Provincias de Castrovirreyna, Huaytara y distrito de Acobambilla de la provincia y departamento de Huancavelica, por el plazo de sesenta (60) dias naturales; Que, a su vez, mediante Decretos Supremos Nºs 084 y 097-2007-PCM, de fechas 13 de octubre y 14 de diciembre del 2007, se prorrogaron el estado de emergencia en las circunscripciones territoriales MORDAZA mencionadas; plazo que posteriormente fue MORDAZA mediante Decreto Supremo Nº 011-2008-PCM, del 10 de febrero del 2008, por el termino de sesenta (60) dias; Que, el mencionado Decreto Supremo Nº 0682007-PCM, autorizo a ESSALUD, entre otras entidades del Estado, a ejecutar las acciones necesarias para la atencion de la emergencia y la rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, por su parte, el Consejo Directivo de ESSALUD mediante Acuerdo Nº 44-16-ESSALUD-2007, expreso su conformidad para la ejecucion de acciones complementarias destinadas a garantizar en el plazo inmediato y mediato la continuidad de la prestacion de los servicios de salud en las zonas afectadas por el sismo y mantener vigente la oferta (fija y flexible), atendiendo a la situacion de emergencia en las localidades siniestradas; Que, entre las medidas adoptadas en el referido Acuerdo, se autorizo la reparacion, rehabilitacion y/o reconstruccion de las edificaciones afectadas, entre otras, en concordancia con la normatividad vigente y con sujecion a la disponibilidad presupuestal institucional; Que, el mencionado Consejo Directivo, mediante Acuerdo Nº 82-24-ESSALUD-2007, de fecha 19 de diciembre del 2007, aprobo la reformulacion del Plan Anual de Inversiones, incluyendose los proyectos de inversion "Nuevo Hospital de Alta Complejidad Ica" y "Nuevo Hospital Pisco", el mismo que se sustenta en el "Acta de Validacion de las Inversiones Institucionales", suscrita por el Jefe de la Oficina Central de Planificacion y Desarrollo, el Gerente Central de Prestaciones de Salud y el Gerente Central de Finanzas; Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 1372-GG-ESSALUD-2007, se autorizo por unica vez y por excepcion hasta el 31 de diciembre del 2007, la ejecucion de los proyectos de inversion para los hospitales de ESSALUD, ubicados en las localidades de MORDAZA, Chincha e Ica afectadas por los sismos ocurridos en el mes de agosto pasado, otorgando su viabilidad a traves de un estudio de pre inversion a nivel de perfil; Que, el planteamiento tecnico de la Red Asistencial Ica respecto al mejoramiento de la oferta del servicio actual, analizando el contexto y las caracteristicas de la infraestructura existente, determinaron establecer

dentro de sus prioridades inmediatas la construccion de un Hospital de Alta Complejidad en la MORDAZA de Ica y la construccion de un MORDAZA Hospital en la MORDAZA de MORDAZA, a fin de cubrir adecuadamente las necesidades, expectativas y demandas de salud de la poblacion asegurada en el ambito de responsabilidad de dicha Red Asistencial; Que, en atencion a ello, la Oficina Central de Planificacion y Desarrollo, mediante Resoluciones Nºs 059 y 061-OCPD-ESSALUD-2007, aprobo los Estudios de Pre Inversion a Nivel de Perfil para la construccion del "Nuevo Hospital de Alta Complejidad Ica" y del "Nuevo Hospital Pisco", elaborados por administracion directa en la Sub Gerencia de Pre y Post Inversion de la Gerencia de Planeamiento y Evaluacion de Inversiones de la Oficina Central de Planificacion y Desarrollo. Posteriormente, la Gerencia General mediante Resolucion Nº 1456-GGESSALUD-2007, del 14 de noviembre del 2007, autorizo el pase a la fase de inversion de los mencionados proyectos de construccion; Que, Mediante Cartas Nºs 2838 y 2842-OCPDESSALUD-2007, del 29 de noviembre del 2007, la Oficina Central de Planificacion y Desarrollo remitio a la Gerencia Central de Logistica, el requerimiento para la contratacion de la elaboracion del anteproyecto, estudio definitivo, ejecucion de obra y equipamiento del proyecto de inversion "Hospital de Alta Complejidad Ica"; asi como, el requerimiento para la contratacion de la ejecucion de obra y equipamiento del proyecto de inversion "Nuevo Hospital Pisco"; Que, con Carta Nº 2841-OCPD-ESSALUD-2007, del 30 de noviembre del 2007, la Oficina Central de Planificacion y Desarrollo remitio a la Gerencia Central de Logistica, el requerimiento para la contratacion de la supervision del anteproyecto, estudio definitivo, ejecucion de obra y equipamiento de los proyectos de inversion "Hospital de Alta Complejidad Ica" y "Nuevo Hospital Pisco". Que, mediante Carta Nº 262-OCPD-ESSALUD-2008, de fecha 24 de enero del 2008, la Oficina Central de Planificacion y Desarrollo remitio a la Gerencia Central de Logistica, el Informe Tecnico para las contrataciones requeridas que permitan el reestablecimiento de la Red Asistencial en el departamento de Ica; Con Carta Nº 386-GCL-OGA-ESSALUD-2008, de fecha 7 de febrero del 2008, la Gerencia Central de Logistica solicito a esta Oficina Central de Asesoria Juridica tramitar la regularizacion de las contrataciones efectuadas para la ejecucion de las obras y supervisiones de los proyectos: "Nuevo Hospital de Alta Complejidad Ica" y "Nuevo Hospital Pisco", via exoneracion del MORDAZA de seleccion, por la causal de situacion de emergencia; Que, de acuerdo al inciso c) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estan exoneradas de los procesos de seleccion, las adquisiciones o contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declaradas de conformidad con la presente Ley; Que, a su vez, el articulo 142º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 137-2007-EF, establece que la situacion de emergencia es aquella "en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidad que afecten la defensa nacional, debiendo la Entidad adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, despues de lo cual debera convocar los procesos de seleccion posterior, en el informe tecnico - legal respectivo se debe fundamentar las razones que motivan la adquisicion o contratacion definitiva"; Que, asimismo, dicho dispositivo legal establece que "toda contratacion o adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de efectuada la contratacion, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolucion o Acuerdo correspondiente, en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del estado SEACE y en el Diario Oficial El Peruano, remitiendolo junto con el informe tecnico - legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de ejecucion de las prestaciones";

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