Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2008 (13/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

366535

Articulo Cuarto.- OBLIGACIONES Ademas de las obligaciones establecidas en el Articulo 2º de la Ley Nº 28119, los conductores y/o administradores de los establecimientos que brinden servicios de alquiler de cabinas de Internet estan obligados a contar con los siguientes requisitos: SOBRE LAS INSTALACIONES: · Contar con la zonificacion requerida para este MORDAZA de establecimiento. · Licencia de funcionamiento · Contar con conexion de "punto neutro" · Exhibir en un lugar proximo a los equipos de computo destinados exclusivamente para el uso de menores de edad, carteles, letreros y/o afiches, cuyas medidas MORDAZA de 30 cm. de ancho por 50 cm. de largo, en los que se debe consignar: "Zona protegida con filtros de seguridad para menores de edad. Prohibido el ingreso de menores de edad a paginas de contenido pornografico, violencia extrema bajo responsabilidad del propietario y/o conductor del establecimiento." SOBRE LA ADMINISTRACION DE LAS CABINAS El equipo de informatica que controle todas las unidades del establecimiento (Matriz) debera obligatoriamente contar con el aplicativo de filtro de bloqueo que controle todas las unidades del establecimiento, PEGI Pan European Game Information (Informacion panaeuropea sobre juegos); este es el primer sistema que establece una clasificacion por contenidos y edades para videojuegos en consolas, en linea y en computadoras, que ofrece formacion fiable de facil comprension, en forma de etiquetas de clasificacion por edades y descripciones del contenido en los estuches de los juegos, permitiendo asi tomar decisiones informadas. Que tiene como propiedades: · Es un sistema voluntario en el que las clasificaciones son hechas por miembros de la propia industria del videojuego. Opera en MORDAZA de compra convencionales, internet, juegos o descargas en un entorno de juego en linea, o que esten incluidos en los discos de revistas. · Es un sistema comprobado que desarrolla clasificaciones transparentes y esta orientado al consumidor. · Ofrece a los padres recomendaciones detalladas en relacion con la idoneidad del contenido de los juegos para los menores de edad. · Esta en idioma castellano y es gratuito. A fin de evitar el acceso de menores de edad a paginas electronicas de contenido de pornografia y pornografia infantil, violencia extrema y video-juegos violentos. Los equipos de informatica que utilicen los menores deberan contar necesariamente con filtros que impidan su acceso a paginas electronicas de contenido pornografico. En los casos que el establecimiento de cabinas de Internet, cuente con cabinas privadas, estan no podran ser utilizadas por una persona mayor de edad en compania de un menor de edad, a excepcion de los padres o tutor. Las computadoras destinadas a menores de edad deberan de tener un protector de pantalla a fin de proteger la salud visual de los menores de edad. El incumplimiento de las obligaciones previstas en los parrafos precedentes trae como consecuencia la imposicion de la respectiva sancion. La Municipalidad debera prever el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente articulo. Articulo Quinto.- MORDAZA DE ADECUACION La Municipalidad Distrital de Independencia desarrollara acciones de capacitacion conjuntamente con los conductores y/o administradores de cabinas Internet, y centros de alquiler de video juegos. Los operadores implementaran en un plazo de sesenta (60) dias calendario los aplicativos correspondientes. Articulo Sexto.- DE LAS ZONAS RESERVADAS Las zonas reservadas para uso de menores de edad deberan ser ubicadas en lugares visibles con modulos que faciliten la supervision del propietario o administrador del establecimiento que deberan contar con un minimo de un 30% del total de computadoras que use el establecimiento para uso de menores de edad. Y si la demanda de usuarios de menores de edad fuera superior al 30% de dichas

maquinas deberan acondicionar cabinas en cantidad superior a este porcentaje. Articulo Setimo.- HORARIO El alquiler y uso de cabinas publicas de Internet para menores estara permitido hasta las 09.00 p.m. (21 horas). Articulo Octavo.INCORPORACION DE INFRACCIONES Las Sanciones que se aplicaran por infracciones a las disposiciones establecidas en la presente Ordenanza son las siguientes:
No contar con la conexion de punto neutro No colocar carteles en lugares visibles que indiquen la prohibicion de los menores de edad de navegar en paginas web de contenido pornografico, pornografia infantil, violencia extrema y/o similares No instalar el aplicativo de filtro y bloqueo de acceso paginas web de contenido pornografico, pornografia infantil, violencia extrema y/o similares, videojuegos violentos en linea, al 30% de computadoras. Tener instalados programas de videojuegos violentos en el disco duro de la computadora No contar con la zonificacion requerida para este giro No instalar en los equipos que utilicen los menores los filtros que impidan su acceso a paginas de contenido pornografico, violencia extrema y/o similares, al 30% de computadoras. No suspender el ingreso al establecimiento de cabinas de Internet a aquellos menores que inactiven los filtros informaticos de acceso G Clausura Temporal

L

% UIT

Clausura Temporal 5 dias G Reincidencia procede Clausura definitiva

G

Clausura Definitiva

Clausura Temporal 5 dias G Reincidencia procede Clausura definitiva

G

Clausura Temporal 5 dias

Clausura Temporal 5 dias Permitir el ingreso de menores de edad a las G Reincidencia procede Clausura cabinas privadas definitiva Permitir el ingreso y permanencia de menores de edad despues de las 23.00horas, a excepcion de aquellos G Clausura Temporal 5 dias menores que se encuentren autorizados por sus padres o en compania de ellos o de un tutor No solicitar la autorizacion expresa de los padres y/o tutores del menor usuario del G Clausura Temporal 5 dias servicio senalado su domicilio y/o telefono. Permitir el acceso a menores de edad a paginas web, portales, videojuegos de G Clausura Temporal 5 dias contenido pornografico, pornografico infantil Permitir el acceso a paginas web, portales de contenido pornografico, pornografico infantil, G Clausura Temporal 5 dias violencia extrema y/o similares y videojuegos violentos y/o similares. Por no exhibir aviso "Prohibido el acceso de Menores de edad a material de contenido L % UIT Pornografico" Por permitir el uso de cabinas por menores de edad despues del horario limite L % UIT establecido.

Articulo Noveno.- SANCIONES Las infracciones a la presente Ordenanza seran sancionadas de acuerdo al Cuadro de Sanciones y Escala de Multas de Aplicacion de Sanciones Administrativas en el ambito de la Municipalidad Distrital de Independencia, lo cual no exime de las acciones legales y penales que hubiere lugar, incorporar el cuadro de sanciones al Reglamento de Aplicacion y Sanciones Administrativas y al Cuadro de Sanciones y Escala de Multas de la Municipalidad de Independencia. Articulo Decimo.- INFORMACION La Municipalidad Distrital de Independencia facilitara a los padres de familia, profesores, propietarios, conductores y/o administradores de establecimientos y demas involucrados en el desarrollo del MORDAZA y adolescente informacion sobre los mecanismos de seguridad y control; ello a fin de contribuir con la difusion, el cumplimiento y la fiscalizacion de la presente Ordenanza, la cual se realizara a traves de la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social por intermedio de las Unidades de Division de Servicios Sociales y Alimentarios, Division de Educacion, Cultura, Turismo, Juventud, Deporte y Recreacion, Gerencia de Desarrollo Economico, Unidad de Informatica y Desarrollo Tecnologico, Gerencia de Gestion Ambiental y Servicios

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