Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2008 (13/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

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con operaciones estadisticas, asi como aquellas acciones que buscan fortalecerlas. b. SISPEN - Inventario de la Produccion Estadistica Que constituye el inventario de la produccion anual estadistica del SEN. Incluye las actividades estrategicas y las otras que las entidades han priorizado. Este sistema, facilita ademas el conocimiento de los usuarios de la produccion estadistica que el SEN tiene previsto desarrollar en forma anual. VI. DE LA DESIGNACION DE RESPONSABLES DE INGRESO DE INFORMACION AL SISTEMA DE PROGRAMACION Y EVALUACION MULTIANUAL Y ANUAL DE LAS ACTIVIDADES ESTADISTICAS SISPEMA 6.1 Toda entidad publica debera designar a un responsable del ingreso de informacion al SISPEMA. Para tal efecto los responsables de los Organos Estadisticos remitiran un oficio o un e-mail (maria.cutimbo@inei.gob. pe) a la Oficina Tecnica de Planificacion, Presupuesto y Cooperacion Tecnica -OTPP del INEI, precisando los datos siguientes: · Nombres y apellidos del funcionario (usuario) · Codigo y contrasena que utilizara para el sistema · Cargo que desempena · Dependencia donde labora · Telefono y correo electronico

6.2 El INEI valida la informacion recibida y confirma a cada usuario que sus datos han sido registrados en el sistema. VII. SISTEMA DE MONITOREO Y EVALUACION DEL PENDES 7.1 DE LA PROGRAMACION Y EVALUACION MULTIANUAL Y ANUAL DE LAS ACTIVIDADES ESTADISTICAS ESTRATEGICAS PREVISTAS EN EL PENDES 7.1.1 Son actividades estadisticas estrategicas, las que cumplen con las condiciones siguientes: · Han sido identificadas en el Plan Estrategico Nacional para el Desarrollo Estadistico 2008-2012, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 089 - 2007 - PCM · Permiten el diseno, monitoreo y evaluacion de politicas publicas nacionales, asi como los programas estrategicos del pais. 7.1.2 De la Programacion multianual a. Una vez que el usuario accede al SISPEMA, el sistema detecta automaticamente los objetivos y estrategias que la entidad tiene bajo su responsabilidad en el Plan Estrategico Nacional para el Desarrollo Estadistico 2008-2012.

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Oficial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicacion correspondiente deberan estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 5.- Si la entidad no remitiese la MORDAZA o sentencia en disquete, debera enviar el documento al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe 6.- Si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan estar trabajadas en EXCEL, con una linea por celda sin justificar y, si se agregasen graficos, su MORDAZA sera en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos. LA DIRECCION

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