Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2008 (25/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 25 de MORDAZA de 2008

es reconocida en el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, para crear, modificar, suprimir o exonerar arbitrios, tasas de licencias y derechos dentro de los limites establecidos por la Ley. Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, senala que las Ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se regula las materias en la que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, el Articulo 52º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus modificatorias, dispone que los gobiernos locales administran, por excepcion, los Impuestos que la Ley les asigne; pudiendo conforme a lo senalado en el articulo 41º de la citada MORDAZA, condonar excepcionalmente con caracter general los intereses moratorios y las sanciones, respecto de los tributos que administre. Que, el Concejo Distrital de Bellavista ha visto pertinente y necesario otorgar beneficios tributarios para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Estando a lo expuesto con el MORDAZA unanime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades le confiere y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; aprobo la siguiente ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA AMNISTIA PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y ADMINISTRATIVAS Articulo 1º.- OBJETIVO.- Facilitar a los contribuyentes del Distrito de Bellavista la regularizacion y cumplimiento de sus obligaciones tributarias y administrativas. Articulo 2º.- ALCANCE.- La presente Ordenanza es de aplicacion a las personas naturales y juridicas del distrito, que tengan deudas por concepto de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y Multas Administrativas, en el estado de cobranza y/o reclamo en que se encuentren. No se encuentran comprendidas las personas naturales y juridicas que tengan reclamos en MORDAZA judicial o ante el Tribunal Fiscal. Quienes tengan reclamacion en tramite ante la Municipalidad Distrital de Bellavista, deberan desistirse del reclamo para poder acogerse a los beneficios otorgados en la presente Ordenanza. Articulo 3º.- BENEFICIOS.- Por la presente Ordenanza y durante su periodo de vigencia, se otorgan los siguientes beneficios: a) Condonacion de reajustes, intereses moratorios, costas y gastos imputados a las deudas por Impuesto Predial, Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, Multas Tributarias y Multas Administrativas . b) Condonacion del 80% de las multas tributarias y multas administrativas a los contribuyentes que regularicen o hayan regularizado su declaracion jurada y cumplan con el pago total del Impuesto Predial, correspondiente al periodo de la multa. c) Las deudas fraccionadas del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y Multas Administrativas, podran acogerse al beneficio senalado en el inciso a), siempre que el saldo de las cuotas restantes MORDAZA cancelados integramente. Articulo 4º.- VIGENCIA DE LA ORDENANZA.- La presente Ordenanza rige desde la fecha de su publicacion hasta el 15 de agosto de 2008. Articulo 5º.- Encargar a la Gerencia Municipal, Direccion de Administracion Tributaria y Rentas, Oficina de Participacion Vecinal y a la Unidad de Imagen Institucional, el cumplimiento y difusion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Otorgan Beneficio Tributario para Comercios en MORDAZA Habitacion menores a 15 metros cuadrados
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2008-CDB
Bellavista, 22 de MORDAZA de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO:

EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesion Ordinaria de la fecha, CONSIDERANDO:

Que, conforme lo expresa el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado y el Articulo II del Titulo preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Articulo 74º de la Constitucion Politica otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, potestad que es reconocida en el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, para crear, modificar, suprimir o exonerar arbitrios, tasas de licencias y derechos dentro de los limites establecidos por la Ley. Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, senala que las Ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se regula las materias en la que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, conforme a la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, cuando este facultada para actuar discrecionalmente, optara por la decision administrativa que considere mas conveniente para el interes publico, dentro del MORDAZA que establece la Ley. Que, el Concejo Distrital de Bellavista ha visto pertinente y necesario otorgar como beneficio tributario una reduccion en el pago de la tasa de arbitrios municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo. Estando a lo expuesto con el MORDAZA unanime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades le confiere y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; aprobo la siguiente ORDENANZA MUNICIPAL QUE OTORGA BENEFICIO TRIBUTARIO PARA COMERCIOS EN MORDAZA HABITACION MENORES A 15 METROS CUADRADOS Articulo 1º.- Aprobar para el ano 2008 el pago de un solo recibo de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, para los contribuyentes cuyo predio de uso predominante MORDAZA habitacion, tengan un uso parcial de comercio de hasta 15 metros cuadrados. Articulo 2º.- Para acogerse a la presente Ordenanza es requisito indispensable que el titular de la licencia de funcionamiento sea a su vez el mismo contribuyente obligado al pago de los arbitrios municipales. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal, Direccion de Administracion Tributaria y Rentas, Oficina de Participacion Vecinal y a la Unidad de Imagen Institucional, el cumplimiento y difusion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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