Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2008 (19/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 19 de junio de 2008

Articulo 2°.- Modificacion de la Resolucion de Superintendencia N° 266-2004/SUNAT 2.1 Sustituyase el primer parrafo del literal b) del numeral 7.1 del articulo 7° de la Resolucion de Superintendencia N° 266-2004/SUNAT y normas modificatorias, por el siguiente texto: "Articulo 7°.- Procedimiento a seguir en las operaciones sujetas al Sistema 7.1 En las operaciones sujetas al Sistema se observara el siguiente procedimiento: (...) b) El deposito se realizara directamente en las agencias del Banco de la Nacion y se acreditara mediante una MORDAZA autogenerada por dicha entidad, la cual debera estar sellada por esta. (...)" 2.2 Sustituyase el literal d) del numeral 8.1 y el literal a) del numeral 8.3 del articulo 8° de la Resolucion de Superintendencia N° 266-2004/SUNAT y normas modificatorias, por los siguientes textos: "Articulo 8°.- De la MORDAZA de deposito 8.1 La MORDAZA de deposito debera contener como minimo la siguiente informacion: (...) d) Numero de RUC del sujeto obligado a efectuar el deposito. En caso dicho sujeto no cuente con numero de RUC, se debera consignar su numero de DNI, y solo en caso no cuente con este ultimo se consignara cualquier otro documento de identidad. Cuando el sujeto obligado a efectuar el deposito sea el proveedor del bien por haber recibido la totalidad del importe de la operacion sin que se MORDAZA acreditado el deposito respectivo, se consignara la informacion senalada en el parrafo anterior respecto del adquirente del bien. (...) 8.3 La MORDAZA de deposito carecera de validez cuando: a) No presente el sello del Banco de la Nacion. (...)" Articulo 3º.- Modificacion de la Resolucion de Superintendencia N° 073-2006/SUNAT 3.1 Sustituyase los incisos a.1) del literal a) e inciso d.1) del literal d) del numeral 7.2.1 del 7.2 del articulo 7° de la Resolucion de Superintendencia N° 073-2006/SUNAT y normas modificatorias, por los siguientes textos: "Articulo 7°.- Procedimiento para efectuar el deposito (...) 7.2.1 En las agencias del Banco de la Nacion a) De la modalidad del deposito: (...) a.1) Formato para deposito de detracciones: En este caso se utilizara un formato por cada deposito a realizar, el mismo que sera proporcionado por el Banco de la Nacion a traves de su red de agencias o podra ser impreso por el sujeto obligado descargandolo del MORDAZA en la Internet del citado banco (www.bn.com.pe) o de la SUNAT (www. sunat.gob.pe). En dicho formato se detallara la informacion minima indicada en el numeral 8.1 del articulo 8°. (...) d) De la MORDAZA de deposito (...)

d.1) Cuando se utilicen formatos para depositos de detracciones, la MORDAZA de deposito sera el documento autogenerado por el Banco de la Nacion, en base a la informacion consignada en dicho formato por el sujeto obligado a efectuar el deposito. La citada MORDAZA sera sellada y entregada por el Banco de la Nacion al mencionado sujeto al momento de realizar el deposito. (...)"

3.2 Sustituyase los literales a) y f) del numeral 8.1 del articulo 8° de la Resolucion de Superintendencia N° 073-2006/ SUNAT y normas modificatorias, por los siguientes textos: "Articulo 8.- De la MORDAZA de deposito

8.1 La MORDAZA de deposito debera contener como minimo los siguientes requisitos: a) Sello del Banco de la Nacion, en los casos en que dicha entidad proporcione la MORDAZA de deposito. (...) f) Numero de RUC del sujeto obligado a efectuar el deposito. Cuando el sujeto obligado a efectuar el deposito sea el prestador del servicio, se consignara el numero de RUC del usuario del servicio. (...)"

DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL
Unica.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia el 19 de MORDAZA de 2008. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA REGJO Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria

215301-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Agenda Ambiental Regional 2008
REGION MORDAZA CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 022-2007-REGION ANCASH/CR.
El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en el articulo 191º, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, senala que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de sus competencia. La estructura organica basica de estos gobiernos esta conformada por el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador y el Presidente como organo ejecutivo; Que, el articulo 102º de la misma carta magna enuncia en el inciso 6), dictar las normas inherentes a la gestion regional y en el inciso 7), promover y regular las actividades y/o servicios en materia de salud y medio ambiente; Que, la gestion ambiental es una responsabilidad compartida por todos los niveles de Gobierno en representacion del sector publico, el sector privado

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