Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2009 (25/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES
Designan diversos Regionales del INPE

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en el SEACE, dentro de los diez (10) dias habiles de su aprobacion; Que, el articulo 22º del referido Decreto Legislativo establece que se considera desabastecimiento a aquella situacion inminente, extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el articulo 129º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184­2008-EF, dispone el inicio de las medidas conducentes al deslinde de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores publicos involucrados; Que, en el articulo 135º de la normal legal acotada, se encuentra senalado el procedimiento para las contrataciones exoneradas, debiendo la Oficina Regional MORDAZA sujetarse estrictamente a la MORDAZA indicada; sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones definitivas; Estando a lo solicitado por la Oficina Regional MORDAZA y lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica, contando con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario y la Oficina de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 184-2008-EF Decreto Supremo N° 009-2007-JUS y Resolucion Suprema Nº 205-2008-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1°.DECLARAR, en situacion de desabastecimiento inminente del suministro de raciones de alimentos preparados para internas, hijos de las internas y personal de seguridad y salud del Establecimiento Penitenciario de Chorrillos I, a partir del 23 de febrero de 2009, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- EXONERAR, a la Oficina Regional MORDAZA del INPE del correspondiente MORDAZA de seleccion para la adquisicion de raciones de alimentos preparados a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 3°.- AUTORIZAR, a la Oficina Regional MORDAZA del INPE para que a traves de la Dependencia de Adquisiciones y Contrataciones de su jurisdiccion realice la contratacion del suministro de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de Chorrillos I de acuerdo al siguiente detalle:
Nº 1 ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO CHORRILLOS I TOTAL DIAS 81 TOTAL S/. 454 005,00 454 005,00

Directores

RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 112-2009-INPE/P MORDAZA, 24 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 139-2008JUS, se aprobaron los cargos en el Cuadro de Asignacion de Personal y con Resolucion Presidencial Nº 041-2009INPE/P se aprobo el Presupuesto Analitico de Personal 2009; Que, se ha visto por conveniente dar por concluidas las designaciones de los directores de las oficinas regionales del Instituto Nacional Penitenciario, debiendo designarse en los cargos publicos de confianza a sus reemplazantes; Que, el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 0032005-JUS, autoriza al Instituto Nacional Penitenciario disponer las acciones de desplazamiento de personal necesarias a nivel nacional, exceptuandose para el efecto de lo dispuesto en el articulo 78º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, asi como de las demas disposiciones que regulen el desplazamiento de personal; Que, el articulo 74º del Decreto Supremo Nº 00590-PCM permite precisar la asignacion de funciones que debe desempenar un servidor dentro de su entidad, segun el nivel de MORDAZA, grupo ocupacional y especialidad alcanzado; asimismo el articulo 131º del texto legal acotado dispone que: los funcionarios y servidores, deben supeditar sus intereses particulares a las condiciones de trabajo y a las prioridades fijadas por la autoridad competente en relacion a las necesidades de la colectividad; Contandose con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario, Oficina General de Administracion, Oficina de Asesoria Juridica y Unidad de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo Nº 654, Decreto Supremo Nº 005-90PCM, Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS y Resolucion Suprema Nº 205-2008-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DESIGNAR, a partir de la fecha, en los cargos publicos de confianza a los siguientes servidores del Instituto Nacional Penitenciario:
Nombres y Apellidos Cargo O cina Regional Nivel F-4 F-4 F-4

Dicha autorizacion es por el periodo de ochenta y uno (81) dias calendario, de acuerdo al cuadro de raciones que se encuentra indicado en el Informe Tecnico Nº 006-2009INPE/18.04.EL de fecha 17 de febrero de 2009, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, debiendose efectuar la contratacion del servicio en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado y el Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Articulo 4°.- DISPONER, que la Oficina General de Administracion comunique a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 5°.- REMITIR, al Organo de Control Institucional, a fin de que inicie las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidad de funcionarios, cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de la situacion de desabastecimiento que se aprueba. Articulo 6°.- DISTRIBUIR, MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina Regional MORDAZA e instancias pertinentes para los fines de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CAPARROS MORDAZA Presidente

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional Oficina Regional MORDAZA JANMER MOZOMBITE MORDAZA Director Regional Oficina Regional Oriente Pucallpa

MORDAZA MORDAZA MORDAZA SANTOYO Director Regional Oficina Regional Norte Chiclayo

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional Oficina Regional Sur Oriente MORDAZA F - 4 MAX NICOL MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Director Regional Oficina Regional Nor Oriente San F - 4 MORDAZA Director Regional Oficina Regional Altiplano MORDAZA Directora Regional Oficina Regional Sur MORDAZA F-4 F-4 F-4

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional Oficina Regional Centro Huancayo

Articulo 2º.- Dejar sin efecto toda resolucion que se oponga a la presente. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a los interesados y a las demas instancias pertinentes para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CAPARROS MORDAZA Presidente Consejo Nacional Penitenciario 316620-1

316282-1

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