Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2009 (25/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

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estructura basica del Ministerio de Defensa, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2008-DE y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Emitir a traves de la presente Resolucion Ministerial el compromiso del Titular del Sector Defensa, para implementar el Sistema de Control Interno, en concordancia con la Ley Nº 28716 y la "Guia para la Implementacion del Sistema de Control Interno de las Entidades del Estado", aprobada mediante la Resolucion de Contraloria Nº 458-2008-CG. Articulo 2º.- Crear en el Ministerio de Defensa el Comite Central de Control Interno del Sector, que tendra la funcion de supervisar y regular las acciones y actividades de los Comites a los que se refiere el siguiente articulo, para la adecuada implementacion del Sistema de Control Interno y su eficaz funcionamiento en el Sector Defensa, cuyos integrantes seran los siguientes funcionarios: El Viceministro de Recursos para la Defensa, quien lo presidira. El Viceministro de Politicas para la Defensa. El Secretario General. Como veedor el Jefe del Organo de Control Institucional. Articulo 3º.- Disponer que los titulares de las Unidades Ejecutoras 001: Administracion General, 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, 003: Ejercito del Peru, 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, 005: Fuerza Aerea del Peru, 006: CONIDA, 008: ENAMM y 009: Direccion Previsional, Organismos Publicos Descentralizados y Empresas del Sector Defensa, a mas tardar a los 15 dias calendarios de expedida la presente Resolucion Ministerial, con sus funcionarios de mayor nivel jerarquico, crearan su Comite de Control Interno, de cuatro integrantes y como veedor al OCI, que se encargara de ejecutar las acciones

necesarias para la adecuada implementacion del Sistema de Control Interno y su eficaz funcionamiento, en su ambito. Articulo 4º.- Disponer que los Comites a los que se refiere el articulo precedente, reporten al Comite Central de Control Interno, el resultado total de sus acciones, hasta 30 dias calendarios MORDAZA de los plazos a los que se refiere el Articulo 2º de la Resolucion de Contraloria Nº 458-2008-CG, pudiendo efectuar entregables parciales. El Comite Central a su vez, se encargara de consolidar y sistematizar la informacion recibida, para informar al Despacho Ministerial, con 15 dias de anticipacion al vencimiento de los acotados plazos. Articulo 5º.- Disponer que todos los Comites, dentro del plazo de 15 dias calendarios de creados, remitan al Despacho Ministerial, con MORDAZA la OCI-MINDEF, el cronograma de sus acciones, que comprendera las fases de planificacion, ejecucion y evaluacion, para implementar el Sistema de Control Interno en su correspondiente ambito, segun sea el caso. Articulo 6º.- Disponer que el Comite Central de Control Interno en coordinacion con el Organo de Control Institucional del Ministerio de Defensa, se encarguen de verificar el cumplimiento de la presente Resolucion en el ambito del Sector Defensa, para lo cual, estan autorizados de efectuar las acciones y emitir los documentos que permitan realizar dicha verificacion. El personal del Sector Defensa organizado e instituido en cada entidad, tiene la obligacion de prestar las facilidades, informacion y documentos que le MORDAZA requeridos por el Comite Central de Control Interno, el Comite de Control Interno de su entidad, el OCI del MINDEF y el OCI de su entidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FLORES-ARAOZ E. Ministro de Defensa 316372-1

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