Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2009 (25/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

391441

Prorrogan vigencia del Seguro Puntual Surcano
DECRETO DE ALCALDIA Nº 02-2009-MSS MORDAZA de MORDAZA, 20 de febrero de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA DE SURCO: VISTO: Los Informes Nºs. 68 y 153-2009-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Memorandum Nº 114-2009-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, los Memorandums Nºs. 065 y 143-2009GAT-MSS de la Gerencia de Administracion Tributaria, el Informe Nº 181-2009-SGROT-GAT-MSS de la Subgerencia de Registro y Orientacion Tributaria, mediante los cuales se propone prorrogar la vigencia del Seguro Puntual Surcano creado por Ordenanza Nº 303-MSS y modificado por Ordenanza Nº 320-MSS; y, CONSIDERANDO Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680 y la Ley de Reforma, Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que el MORDAZA ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldia; Que, mediante Ordenanza Nº 303-MSS, publicada el 23.03.2008, se crea el Seguro Puntual Surcano como un beneficio para los contribuyentes del distrito que cumplan oportunamente con sus obligaciones; siendo modificada por la Ordenanza Nº 320-MSS, publicada el 07.12.2008, por la cual se amplian los servicios a brindar por dicho seguro; Que, el Articulo Octavo de la Ordenanza Nº 303-MSS, establecio la vigencia del citado beneficio hasta el ultimo dia del mes de febrero de 2009; agregando ademas, la posibilidad de que dicho termino pueda modificarse o prorrogarse en funcion de las disposiciones del Despacho de Alcaldia; Que, a fin seguir brindando los beneficios del seguro para todos los contribuyentes puntuales del distrito, durante el presente ano; es necesario prorrogar la vigencia de dicho beneficio, establecida en la Ordenanza Nº 303-MSS; Que, el Decreto Supremo Nº 001-209-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, en su Articulo 14º inciso 1, senala que las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas de caracter general que MORDAZA de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para la entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, a efectos que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, el numeral 3.2 del citado Articulo 14º, senala que se exceptua de la prepublicacion, "Cuando por razones debidamente fundamentadas, en el proyecto de MORDAZA, la entidad que propone la MORDAZA considere que prepublicacion de la misma es impracticable, innecesaria o contraria a la seguridad o al orden publico"; Que, considerando que la presente MORDAZA no constituye la creacion de nuevos tributos u obligaciones para los contribuyentes ni establece recorte alguno en los derechos o beneficios de los que vienen gozando actualmente; sino que por el contrario, representa la continuidad de condiciones beneficiosas para quienes cumplan con sus obligaciones tributarias en forma oportuna, las cuales han sido debidamente aprobadas mediante la Ordenanza Nº 303-MSS, modificada por la Ordenanza Nº 320-MSS, publicas con fecha 23.03.2008 y 07.12.2008, respectivamente; es factible prescindir de la prepublicacion senalada en el Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; de acuerdo con el supuesto de excepcion establecido en el numeral 3.4 del mismo articulo;

Estando a lo senalado en los Informes Nºs. 68 y 1532009-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades senaladas en los del Articulo 20º numeral 6) y 39º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA Articulo Primero.- OBJETO Prorrogar la vigencia del Seguro Puntual Surcano, creado por Ordenanza Nº 303-MSS y modificado por Ordenanza Nº 320-MSS, a efectos que dicho beneficio se brinde hasta el ultimo dia habil del mes de febrero del 2010. Articulo Segundo.- CUMPLIMIENTO Encargar a las Gerencias de Administracion, de Administracion Tributaria y de Sistemas y Procesos, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia; asi como a la Gerencia de Imagen Institucional, la divulgacion y difusion de sus alcances ante el vecindario. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTREMADOYRO MORDAZA 316128-1

Delegan al Gerente Municipal la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico
RESOLUCION Nº 144-2009-RASS-MSS MORDAZA de MORDAZA, 18 de febrero de 2009 VISTO El Memorandum Nº 113-2009-GPP-MSS de fecha 13.02.2009, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la cual propone que el Titular del Pliego delegue facultades al Gerente Municipal en materia presupuestaria para que apruebe Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico; CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, establece principios y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el articulo 11º de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con el Articulo 77º de la Constitucion Politica del Peru; Que, la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2009 y la Directiva para la Ejecucion del MORDAZA Presupuestario para el Ano 2009 y modificatorias, estipulan las normas para el MORDAZA presupuestario que deben observar los organismos del sector publico; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 135-2008- ACSS, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA para el periodo comprendido entre 1 de enero al 31 de diciembre de 2009; y con Resolucion de Alcaldia Nº 578-2008-RASS se promulgo el Presupuesto de Ingresos y Gastos para dicho periodo; Que, conforme al numeral 7.1 del Articulo 7º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal, cuando lo establezca expresamente la Ley General, Leyes de Presupuesto del Sector Publico la MORDAZA de creacion de la entidad, siendo en este caso responsable solidario con el delegado; Que, el numeral 40.2 del articulo 40º de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico son aprobadas mediante resolucion del Titular, a propuesta de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad mediante disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

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