Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2009 (28/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

406857

Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº VII ­ Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Casma.
Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones

428143-5 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 277-2009/SBN-GO-JAR
San MORDAZA, 25 de noviembre de 2009 Visto el Expediente Nº 213-2009/SBN-JAR, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 320 709,57 m², ubicado al Norte del Asentamiento Humano Miramar, a la altura del kilometro 298 de la carretera Panamericana Norte, distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatalesy su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 320 709,57 m², ubicado al Norte del Asentamiento Humano Miramar, a la altura del kilometro 298 de la carretera Panamericana Norte, distrito y provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, mediante Certificado Catastral de fecha 5 de agosto de 2009, cuyo sustento es el Informe Tecnico Nº 1784-2009-Z.R.No.VII/OC-HZ de fecha 3 de agosto de 2009, la MORDAZA Registral VII - Sede MORDAZA, senala que no existe superposicion con predios inscritos ni inmatriculados e incorporados en las bases cartograficas Catastrales de las propiedades inscritas; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 14 de octubre de 2009, se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza, con suelo de textura arenosa, con topografia plana; asimismo, se verifico que existe ocupacion de un tercero en parte del terreno; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 320 709,57 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolucion Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestion Inmobiliaria y Supervision a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN;

Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la SBN" y Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0598-2009/SBN-GO-JAR, de fecha 2 de noviembre de 2009; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 320 709,57 m², ubicado al Norte del Asentamiento Humano Miramar, a la altura del kilometro 298 de la carretera Panamericana Norte, distrito y provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº VII ­ Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Casma.
Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones

428143-6

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES
Modifican el Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA
RESOLUCION CONASEV Nº 084-2009-EF/94.01.1
MORDAZA, 17 de noviembre de 2009 VISTOS: El expediente Nº 2009028917, el Informe Nº 567-2009EF/94.06.1 de fecha 15 de octubre de 2009 presentado por la Direccion de Mercados Secundarios, con la opinion favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 021-99EF/94.10, se aprobo el Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA (REGLAMENTO); Que, el articulo 145 de la Ley del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Legislativo Nº 861 y modificado por el Decreto Legislativo Nº 1061, senala que CONASEV aprueba los estatutos de las bolsas y sus modificaciones, salvo aumentos de capital y otras que CONASEV

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