Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2009 (28/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de noviembre de 2009

Procedimiento Tecnico del Comite de Operacion Economica del Sistema "Potencia Firme Disponible y Minima Potencia Firme Disponible para Licitaciones de Largo Plazo" 1. OBJETIVO Acreditar para la empresa titular de unidades de generacion existentes o verificar para la empresa titular de un MORDAZA proyecto de generacion, la Potencia Firme Disponible y la Minima Potencia Firme Disponible, como parte de un determinado MORDAZA de Licitacion de Largo Plazo. 2. MORDAZA LEGAL 2.1 Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, Ley 2.2 N° 28832 2.3 Reglamento del Comite de Operacion Economica del Sistema - COES, Decreto Supremo N° 027-2008-EM 2.4 Reglamento de Licitaciones del Suministro de Electricidad, Decreto Supremo N° 052-2007-EM 2.5 Procedimiento para Licitaciones de Largo Plazo de Suministros en el MORDAZA de la Ley 28832, Resolucion OSINERGMIN N° 688-2008-OS/CD 2.6 Guia de Elaboracion de Procedimientos Tecnicos, Resolucion OSINERGMIN N° 476-2008-OS/ CD. 3. DEFINICIONES Para efectos del presente Procedimiento Tecnico, se utilizaran las siguientes definiciones: 3.1 Empresa Solicitante: Aquella empresa titular de unidades de generacion existentes o empresa titular de un MORDAZA proyecto de generacion, que desea participar como postor en un MORDAZA de Licitacion de Largo Plazo, la cual solicita para un determinado horizonte de tiempo la acreditacion o verificacion, segun corresponda, de la Potencia Firme Disponible y la Minima Potencia Firme Disponible. 3.2 Potencia Firme Disponible o Potencia Firme no comprometida: Corresponde a la Potencia Firme de una Empresa Solicitante, propia o contratada con terceros, menos la potencia comprometida por contratos en horas de punta evaluada para periodos mensuales. 3.3 Minima Potencia Firme Disponible: Es la menor Potencia Firme Disponible mensual, determinada para el horizonte de tiempo solicitado. Las demas definiciones utilizadas en el presente Procedimiento estan precisadas en el "Glosario de Abreviaturas y Definiciones Utilizadas en los Procedimientos Tecnicos del COES" y en el MORDAZA legal senalado en el numeral 2 del presente Procedimiento Tecnico. 4. RESPONSABILIDADES 4.1 De las Empresas Solicitantes a) Presentar toda la informacion y/o declaracion relacionada a la potencia comprometida por contratos durante el horizonte de tiempo que solicitan la acreditacion o verificacion. b) En caso de los titulares de unidades existentes, solo deberan presentar los calculos de Potencia Firme, de acuerdo a los criterios senalados en el Procedimiento Tecnico N° 26 del COES o el que lo sustituya, de los proyectos de repotenciacion y/o ampliacion que signifiquen variaciones en la Potencia Firme en el horizonte de tiempo solicitado menores que 20% de la Potencia Firme reconocida de la central existente. Asimismo, deberan presentar la fecha de retiro de las unidades de generacion. c) En caso de los titulares de nuevos proyectos de generacion electrica, deberan presentar la informacion equivalente a la solicitada para las unidades existentes, de acuerdo a los criterios senalados en el Procedimiento Tecnico N° 26 del COES o el que lo sustituya. Cabe precisar que tambien se consideran nuevos proyectos de generacion las ampliaciones y/o repotenciaciones que incremente como minimo en 20% la Potencia Firme reconocida a la central existente.

4.2 De la Sub Direccion de Transferencias (STR) a) Verificar los calculos de la Potencia Firme realizados por las Empresas Solicitantes para el horizonte de tiempo solicitado. b) Calcular la Potencia Firme Disponible y la Minima Potencia Firme Disponible para el horizonte de tiempo solicitado. 5. APROBACION La Direccion Ejecutiva del COES (DCOES) es responsable de otorgar un certificado de acreditacion o verificacion de la Potencia Firme Disponible y la Minima Potencia Firme Disponible a la Empresa Solicitante, segun se trate de unidades de generacion existentes o proyectos de nueva generacion. 6. VIGENCIA DEL CERTIFICADO DE ACREDITACION O VERIFICACION La acreditacion o verificacion de la Potencia Firme Disponible y de la Minima Potencia Firme Disponible tendra vigencia solo para el MORDAZA de Licitacion solicitado. 7. METODOLOGIA 7.1 Se determinara en forma mensual, para todo el periodo de acreditacion o verificacion solicitado, la Potencia Firme Disponible de la Empresa Solicitante, de la siguiente manera: a) Para la generacion existente sera la suma de la Potencia Firme de: i) Todas sus unidades de generacion existentes y ii) La contratada con Terceros menos la potencia comprometida en horas de punta por sus contratos. b) Para la nueva generacion electrica sera la Potencia Firme declarada de sus proyectos de nueva generacion electrica menos la potencia en horas de punta comprometida por los contratos correspondientes al proyecto. 7.2 La Minima Potencia Firme Disponible sera determinada considerando la menor Potencia Firme Disponible calculada en forma mensual, de acuerdo a los literales a) y b) del parrafo precedente, dentro del horizonte de tiempo solicitado. 8. FORMA DE ENTREGA DE LA INFORMACION 8.1 La informacion debera ser remitida a la DCOES conjuntamente con la solicitud de verificacion o acreditacion, segun se trate de unidades de generacion existentes o nuevos proyectos de generacion electrica. 8.2 La informacion debera ser remitida formalmente a la DCOES, tanto en forma impresa como en medio magnetico. 9. PROCEDIMIENTOS Y PLAZOS 9.1 Cada Empresa Solicitante debera remitir la informacion en la forma senalada en el numeral 8 del presente Procedimiento. 9.2 El COES dentro de un plazo de diez (10) dias habiles, calificara la informacion remitida por la Empresa Solicitante, y de no existir observaciones a la informacion presentada se otorgara el Certificado de Acreditacion o Verificacion. 9.3 De existir alguna observacion o requerimiento de informacion adicional, la Empresa Solicitante contara con un plazo de cinco (5) dias habiles para subsanar dichas observaciones y/o remitir la informacion solicitada. 9.4 Transcurrido el plazo para la subsanacion de las observaciones y/o remision de informacion adicional, el COES otorgara la acreditacion o verificacion solicitada por la empresa dentro de un plazo de cinco (5) dias habiles. 10. DISPOSICION FINAL La informacion y/o declaracion remitida por las Empresas Solicitantes tendra caracter de Declaracion Jurada, la misma que podra ser verificada con posterioridad por OSINERGMIN.

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