Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2009 (28/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES
ORDENANZA REGIONAL:

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de noviembre de 2009

28013, las cuales disponen que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestal; Que, el articulo 1º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que la presente Ley regula la estructura y organizacion del Estado en forma democratica, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo define las normas que regula la descentralizacion administrativa, economica, productiva, financiera, tributaria y fiscal; Que, mediante Oficio Nº 097-2009-GRSM-PEAM06.00, de fecha 30 de MORDAZA del 2009, la Gerencia General del Proyecto Especial Alto MORDAZA ­ PEAM, alcanza proyecto de Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de San MORDAZA, dando cumplimiento al levantamiento de observaciones al Oficio Nº 823-2009-GRSM/GRPPyAT; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se aprueba los "Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF, de las entidades de la Administracion Publica", estableciendo que la finalidad es generar aprobacion de un Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF que contenga una adecuada estructura organica de la entidad y definicion de sus funciones y las de los organos que la integran, acorde con los criterios de diseno y estructura de la Administracion Publica que establece la Ley Nº 27658 ­ Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos publicos e identificar las responsabilidades especificas de las entidades publicas y sus unidades organicas por el ordenamiento juridico aplicable en cada caso; Que, el articulo 34º del mismo cuerpo legal descrito en el considerando precedente, establece que "la aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de una institucion publica, en caso de Gobierno Regional debera ser aprobada mediante Ordenanza Regional emitido por el Consejo Regional respectivo; Que, el articulo 4º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que el MORDAZA de descentralizacion es permanente porque constituye una politica permanente del Estado de caracter obligatorio, es dinamico porque es un MORDAZA MORDAZA y continuo y, es gradual porque se realiza por etapas en forma progresiva y ordenada; Que, mediante Nota Informativa Nº 027-2009-GRSM/ GRPP-AT/SGR, de fecha 05 de octubre del 2009, la Sub Gerencia de Racionalizacion de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, luego de un analisis y revision de la documentacion respectiva concluye que el proyecto de Reglamento de Organizacion y funciones del Proyecto Especial Alto MORDAZA ­ ROF PEAM, se encuentra con arreglo a Ley, emitiendo opinion favorable, solicitando se remita lo actuado a la Oficina Regional de Asesoria Legal para su opinion correspondiente; Que, el Informe Legal Nº 447-2009-GRSM/ORAL, de fecha 06 de octubre del presente ano, la Oficina Regional de Asesoria Legal, opina favorable la aprobacion mediante Ordenanza Regional el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF del Proyecto Especial Alto MORDAZA ­ PEAM, recomendando que se derive los actuados al Consejo Regional para su aprobacion; Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria, desarrollada en el Auditorio del Gobierno Regional de San MORDAZA ­ Moyobamba , llevado a cabo el dia Lunes 19 de Octubre del 2009, aprobo por unanimidad la siguiente:

Articulo Primero.- APROBAR Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF del Proyecto Especial Alto MORDAZA ­ PEAM, la cual formara parte integrante de la presente Ordenanza Regional y cuyo anexo que se publicara en la pagina Web del Gobierno Regional de San MORDAZA Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General del Proyecto Especial Alto MORDAZA - PEAM, la realizacion de los tramites respectivos para la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion de la Region San MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano, previa promulgacion del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martin. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA para su promulgacion. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San MORDAZA a los veintiocho dias del mes de octubre del dos mil nueve. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

428707-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Modifican articulos 21º, 34º y 37º del Reglamento Interno de Concejo Municipal aprobado por Ordenanza Nº 166-MDMM
ORDENANZA Nº 417-MDMM
MORDAZA MORDAZA, 30 de octubre de 2009 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 20 de la fecha; VISTO: El Memorando Nº 1366-2009-SG-MDMM de la Secretaria General del Concejo y la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica en su Informe Nº 14482009-GAJ-MDMM; CONSIDERANDO: Que, conforme lo senala el articulo 38º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en adelante Ley Organica, el Acuerdo de Concejo es una MORDAZA municipal, como tal, se rige por los principios de exclusividad, de territorialidad, de legalidad y de simplificacion administrativa; Que, el Acuerdo de Concejo, conforme lo establece el articulo 39º de la precitada Ley Organica, lo emite el Concejo Municipal en el ejercicio de sus funciones como organo de gobierno, para expresar sus decisiones, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, a efecto de practicar un determinado acto o

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