Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2009 (28/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES
POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

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Articulo 2º.- Autorizacion para captar depositos de Compensacion por Tiempo de Servicios (CTS) Para que las cooperativas de ahorro y credito reguladas por la Ley General de Cooperativas y por los numerales 2 al 7 de la vigesimo cuarta disposicion final y complementaria de la Ley num. 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, capten depositos de Compensacion por Tiempo de Servicios (CTS) de sus socios deben requerir opinion favorable del ente supervisor de dichas cooperativas. Presentada la solicitud correspondiente, el ente supervisor emite la opinion favorable en un plazo MORDAZA de veinticinco (25) dias habiles, siempre que la cooperativa: a) Cuente con estados financieros, auditados por auditoria externa, de los tres (3) ultimos ejercicios sin dictamenes con opinion negativa ni abstencion de opinion. b) Cuente con indices de liquidez y solvencia y otras condiciones que establezca la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones para estas cooperativas. Articulo 3º.- Deber de mantener las condiciones Las cooperativas de ahorro y credito autorizadas a captar depositos de Compensacion por Tiempo de Servicios (CTS) segun lo establecido en la presente Ley deben mantener vigentes las condiciones en virtud de las cuales el ente supervisor otorgo la autorizacion correspondiente, referida en el articulo 2º. Si el ente supervisor detecta algun incumplimiento, requiere a la cooperativa infractora para que en un plazo MORDAZA de quince (15) dias habiles regularice la situacion. De mantenerse el incumplimiento, el ente supervisor dispone que la cooperativa infractora suspenda la captacion de nuevos depositos de Compensacion por Tiempo de Servicios (CTS) de sus socios hasta que vuelva a ser autorizada por el ente supervisor.

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de noviembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros

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PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje del Ministro de Comercio Exterior y Turismo a MORDAZA y encargan su Despacho a la Ministra de la Produccion
RESOLUCION SUPREMA Nº 313-2009-PCM
MORDAZA, 27 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU, han organizado el evento EXPO PERU, a realizarse en la MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA, los dias 3 y 4 de diciembre de 2009, durante el cual se realizaran diversas actividades destinadas a la promocion de las exportaciones y del turismo, tales como: un Foro Empresarial, una MORDAZA de Negocios, exhibicion de productos bandera y de exportacion, entrevistas con la prensa especializada en turismo, comercio e inversiones, asi como reuniones de trabajo con autoridades publicas y privadas argentinas y principales operadores de turismo; Que, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asistira a dicho evento promocional, por lo que es necesario otorgar la autorizacion de viaje correspondiente y encargar el Despacho Ministerial, en tanto dure su ausencia; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, la Ley Nº 27790, de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
PRIMERA.- Derogatoria Derogase o dejase sin efecto, segun corresponda, cualquier disposicion que se oponga a lo establecido en la presente Ley. SEGUNDA.- Regulacion de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante resolucion SBS, dicta en un plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario la regulacion sobre indices de liquidez y solvencia y otras condiciones que deben cumplir las cooperativas de ahorro y credito facultadas a captar depositos de Compensacion por Tiempo de Servicios (CTS) de sus socios. TERCERA.- Vigencia La presente Ley entra en vigencia el dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la resolucion SBS referida en la disposicion precedente. Comunicase al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de noviembre de dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA DE VETTORI Primera Vicepresidenta del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a la MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA, del 3 al 6 de diciembre de 2009, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran efectuados con cargo al Pliego Presupuestal 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : Viaticos : Tarifa CORPAC : US$ US$ US$ 713,86 600,00 31,00

Articulo 3º.- Encargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo a la senora MORDAZA ARAOZ MORDAZA, Ministra de la Produccion, a partir del 3 de diciembre de 2009 y en tanto dure la ausencia del Titular. Articulo 4º.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion.

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