Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2009 (28/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de noviembre de 2009

Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica, en Sesion Ordinaria de la fecha; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- DECLARAR DE INTERES REGIONAL la proteccion, preservacion y conservacion del Camaron de Rio, en las cuencas: Rio Grande de Palpa; Rio San MORDAZA de Chincha y el Rio MORDAZA de Pisco. Articulo Segundo.- INSTITUCIONALIZAR el "Festival de Camaron de Rio", que se desarrolla por una vez, en el mes de octubre de cada ano en la localidad de Huaraco, Distrito de Rio Grande, Provincia de Palpa e incorporar esta actividad como parte de la agenda cultural de la Region Ica. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion de Medio Ambiente de Ica, y la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, que adopten las medidas del caso para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- DISPONER a la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo en coordinacion con la Direccion Regional de la Produccion, de conformidad a sus atribuciones, se disponga la formalizacion de constitucion de Micro y Pequenas Empresas que permita la extraccion y consiguiente comercializacion del Camaron del Rio, dentro de los parametros permitidos por la ley. Articulo Quinto.- DISPONER que la Oficina Regional de Administracion, efectue la publicacion en estricta observancia de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ica para su promulgacion. En Ica, a los 15 dias del mes de octubre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional de Ica POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica. MORDAZA TRIVENO MORDAZA Presidente Regional

428661-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA DE MORDAZA
Declaran en Estado de Emergencia Ambiental la MORDAZA del Rio Jayave, ubicado en la provincia de Tambopata
ORDENANZA REGIONAL Nº 024-2009-GOREMAD/CR
POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 03 de MORDAZA del 2009, ha debatido la propuesta de Ordenanza Regional que propone "Declarar en Emergencia Ambiental la MORDAZA del Rio Jayave en la Region MORDAZA de Dios"; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a), del articulo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos

y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, de acuerdo a lo senalado en articulo 10, acapite 2, inciso d), de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, son Competencias Compartidas del Gobierno Regional la "Gestion sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental"; Que, de acuerdo a lo senalado en el articulo 49, inciso k), de este mismo cuerpo legal, son funciones de los Gobiernos Regionales "Promover y preservar la salud ambiental de la region"; asi como, senala en el inciso i) "Conducir y ejecutar coordinadamente con los organos competentes, la prevencion y control de riesgos y danos de emergencias y desastres"; Que, en concordancia con lo senalado en el articulo 53, inciso a), de la misma ley, senala que son funciones del Gobierno Regional: "Formular, evaluar, aprobar, ejecutar, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental..."; Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2008PCM, Reglamento de la Ley Nº 28804, "Ley que Regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental", define la Emergencia Ambiental como: "Ocurrencia de un dano ambiental subito y significativo generado por causas naturales, humanas o tecnologicas que deteriore el ambiente, ocasionando un problema de salud publica, como consecuencia de la contaminacion del aire, el agua o el suelo"; Que, de acuerdo al Informe Tecnico Nº 012-2009GOREMAD/ODNYDC, de la Oficina de Defensa Nacional y Defensa Civil del GOREMAD, senalan que; como consecuencia del trabajo de Mineria Informal en la MORDAZA de la MORDAZA del Rio Jayave, el cauce de rio ha sido colmatado produciendose constantes inundaciones en la MORDAZA, las mismas que ponen en riesgo la MORDAZA y la salud de las poblaciones aledanas; Que, mediante informe de Estimacion de Riesgos de la Sub MORDAZA del Rio Jayave, Parte Intermedia, los Evaluadores de Riesgos del Comite Regional de Defensa Civil, han establecido que el riesgo calculado, luego de la identificacion de los peligros de mayor incidencia y al analisis de las vulnerabilidades, el dano en dicha MORDAZA es Muy Alto; por lo que, es conveniente adoptar las medidas necesarias y recomiendan "Declarar en Estado de Emergencia Ambiental la MORDAZA del Rio Jayave por Deterioro Ambiental"; Que, mediante Informes Legales Nros. 067 y 0792009-GOREMAD-ORAJ, la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional, opina favorablemente para la Declaratoria del Estado de Emergencia de la MORDAZA del Rio Jayave, por deterioro ambiental; Que, mediante Informe Nº 001-2009-GOREMAD/ CR-CSPDSSCYDC, la Comision de Salud, Poblacion, Desarrollo Social, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil del Consejo Regional, recomienda que la solicitud de Declaratoria en Estado de Emergencia de la MORDAZA del Rio Jayave, por deterioro ambiental, sea debatida para su posterior aprobacion; Que, estando a los informes en mencion, el Consejo Regional en sesion ordinaria, luego del analisis y debate correspondiente, por unanimidad los Consejeros Regionales, han estimado aprobar el informe referido en el considerando precedente; El Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- DECLARAR, en Estado de Emergencia Ambiental la MORDAZA del Rio Jayave, ubicado en la provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de MORDAZA, por Deterioro Ambiental. Articulo Segundo.- NOTIFICAR, al Ministerio del Ambiente, con el contenido de la presente Ordenanza Regional, para su conocimiento y fines correspondientes. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA para su promulgacion.

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