Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2010 (24/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

417770
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 2010

Que, mediante Resolucion Ministerial N° 0605-2009IN/1501 del 01 de setiembre de 2009, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo publico de confianza de Director de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, Director de la Oficina de Planificacion de la Direccion General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior; Que, segun la estructura organica de la Direccion General de Gobierno Interior, la designacion realizada mediante Resolucion Ministerial N° 0605-2009-IN/1501, del 01 de setiembre de 2009, corresponde al cargo publico de confianza de Jefe de la Unidad de Programacion de la Direccion General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior; Que, conforme a lo establecido en el numeral 17.1 del articulo 17° de la Ley N° 27444, la autoridad podra disponer en el mismo acto administrativo, que tenga eficacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a los administrados y siempre que no se lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que se pretenda retrotraer la eficacia del acto el supuesto hecho justificativo para su adopcion; Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo publico de confianza de Director de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, como Jefe de la Unidad de Programacion de la Direccion General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior; Que, resulta necesario realizar la designacion del funcionario que ocupe dicho cargo publico de confianza, a fin de garantizar la continuidad de las funciones y el normal desenvolvimiento de la citada Unidad; Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley N° 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos, la Ley N° 29334 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2005-IN, y modificado por el Decreto Supremo N° 003-2007-IN; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar, con eficacia anticipada al 05 de enero del 2010, la renuncia del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo publico de confianza de Director de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, como Jefe de la Unidad de Programacion de la Direccion General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior. Articulo 2°.- Designar, a partir de la fecha, a propuesta del Director General de Gobierno Interior, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo publico de confianza de Director de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, como Jefe de la Unidad de Programacion de la Direccion General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 484734-1

Visto el escrito con Registro Nº 0017370 y su adjunto 3 de fechas 27 de febrero y 08 de marzo de 2010, presentados por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con domicilio legal en MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 513, Distrito de San MORDAZA, Provincia de MORDAZA, Departamento de MORDAZA, en representacion de la empresa ELVAYKA S.A. CONSIDERANDO: Que el literal c), del Articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el Articulo 47º de dicha MORDAZA establece que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, se efectuaran sobre el excedente de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiologicos por la flota existente en el MORDAZA, sujetandose a los terminos y condiciones establecidos en la legislacion interna sobre preservacion y explotacion de los recursos hidrobiologicos y sobre los procedimientos de inspeccion y control, para lo cual los armadores extranjeros deberan acreditar domicilio y representacion legal en el pais; Que los Articulos 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permiso de pesca es un derecho especifico que el Ministerio de la Produccion otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los derechos correspondientes; Que el literal c), del Articulo 48º de la referida Ley dispone que la pesca en aguas jurisdiccionales peruanas podra llevarse a cabo por embarcaciones de bandera extranjera, para la extraccion de recursos de oportunidad o altamente migratorios o aquellos otros subexplotados que determine el Ministerio de la Produccion, mediante el pago de derechos por permiso de pesca; Que mediante Decreto Supremo Nº 032-2003PRODUCE, del 04 de noviembre del 2003, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, estableciendo su numeral 7.3 del Articulo 7º el monto de los derechos de pesca para las embarcaciones pesqueras atuneras de bandera extranjera en US$ 50.00 (cincuenta dolares de los Estados Unidos de America) por cada Tonelada de Arqueo Neto, por un periodo de tres (3) meses; Que mediante el escrito del visto, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la empresa ELVAYKA S.A; solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "ALEJANDRA", con matricula P-04-0764, de bandera ecuatoriana, en la extraccion del recurso hidrobiologico atun, con destino al consumo humano directo, dentro de las aguas jurisdiccionales peruanas, por el periodo de tres (03) meses; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, la recurrente acredita que la embarcacion pesquera "ALEJANDRA" cumple con los requisitos sustantivos exigidos en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE, asi como los requisitos exigidos en el Procedimiento Nº 9 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE, por lo que resulta procedente otorgar el permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion mediante Informe Nº 136-2010-PRODUCE/DGEPP-Dch, y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003PRODUCE; el Procedimiento Nº 9 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE; y, En uso de las atribuciones conferidas en el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el literal d) del Articulo 53º del Reglamento de Organizacion

PRODUCE
Otorgan permisos de pesca a empresas para operar embarcaciones pesqueras de banderas ecuatoriana, panamena y venezolana
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 157-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 12 de marzo del 2010

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