Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2010 (24/04/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 62

417820

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 2010

MUNICIPALIDAD DE ANCON
Establecen disposiciones excepcionales para la Eleccion de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local
ORDENANZA Nº 209-2010-MDA Ancon, 16 de MORDAZA del 2010 EL CONCEJO MUNICIPAL DE ANCON VISTOS: Informe Nº 094-2010-SGPV/MDA de fecha 14 de MORDAZA del 2010 de la Subgerencia de Participacion Vecinal, Memorandum Nº 170-2010-MDA-OAJ de fecha 16 de MORDAZA del 2010 de la Oficina de Asesoria legal; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por los articulo 194º de la Constitucion Politica, concordado con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, disponen que los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los MORDAZA de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 191-MDA se aprobo el Reglamento para la Eleccion de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local, la cual establece en su articulo 20º las fecha para dar inicio a la acreditacion de los delegados electorales y posteriormente la eleccion de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil; Que, estando a lo senalado en el documento del visto y atendiendo a la necesidad de llevar adelante la Eleccion de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local, es necesario que esta se realice de manera excepcional y por unica vez, conforme al MORDAZA cronograma; Estando a las facultades establecidas por el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y con el MORDAZA UNANIMIDAD del pleno del Concejo Municipal y con dispensa de lectura y aprobacion del acta se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE DISPOSICIONES EXCEPCIONALES PARA LA ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL Articulo Primero.- Disponer por unica vez que la Eleccion de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local, establecida por Ordenanza Nº 191-MDA, se lleve a cabo de acuerdo al cronograma que adjunto forma parte de la presente Ordenanza, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Proyeccion Social, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA ALJOBIN MORDAZA Alcaldesa 484492-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Aprueban incentivos para el saneamiento de multas administrativas a favor de administrados del distrito
ORDENANZA Nº 106-2010/MLV La MORDAZA, 23 de MORDAZA del 2010 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: VISTO; en sesion ordinaria de la fecha el dictamen conjunto Nº 001-2010-CPAFSFC-CPRDE-CPPPAL/MDLV emitido por las Comisiones Permanentes deAdministracion, Finanzas, sistemas, Fiscalizacion y Control, de Rentas y Desarrollo Economico, y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 194º, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades , las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local, los cuales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; correspondiendole al Concejo Municipal las funciones normativas que se materializan a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley de conformidad con el articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru; Que, de conformidad a lo establecido en el articulo 195º numeral 4) y el articulo74º de la Carta Magna en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, y el articulo 40° de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades - las municipalidades mediante Ordenanza, tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, asi como crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, el articulo 55º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades - establece que los bienes, rentas y derechos de cada municipalidad constituyen su patrimonio. El Patrimonio municipal se administra por cada municipalidad en forma autonoma, con las garantias y responsabilidades de ley; Que, el articulo 69º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades - establece en sus numerales 1) y 2) que son rentas municipales los tributos creados a su favor, las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su Concejo Municipal, los que constituyen sus ingresos propios; Que, el articulo 39° de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades - en concordancia con el articulo 9º numeral 8), establece que corresponde al Concejo Municipal la aprobacion de ordenanzas y acuerdos; Que, en virtud a dichas competencias y facultades, los gobiernos locales pueden establecer politicas y estrategias tributarias con caracter general que incentiven el cumplimiento oportuno de este MORDAZA de obligaciones, a fin de permitir que los vecinos puedan regularizar su condicion de infractor ademas de contribuir simultaneamente a que el corporativo perciba ingresos que coadyuven al financiamiento de los servicios publicos que se brindan a favor de la comunidad; Estando a lo expuesto, con la opinion favorable de la Comision de Rentas y de la Comision de Planificacion, Presupuesto y Asuntos Legales y Gerencia de Asesoria Juridica y de conformidad a lo establecido en el articulo 9° numeral 8 de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, el Concejo con dispensa del tramite de aprobacion del Acta apobo por unanimidad, la siguiente

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.