Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2010 (24/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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promocion de las exportaciones y del turismo, incluyendo la artesania; Que, es politica del MINCETUR otorgar especial reconocimiento a las personas naturales y juridicas que desde los distintos ambitos en que se desempenan, contribuyen al logro de los objetivos y fines del Sector, de manera destacada y significativa; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 167-2009MINCETUR-DM, de 2 de noviembre de 2009, se crearon los premios de Excelencia en Exportacion, Excelencia en Turismo y Excelencia en Artesania, con el objeto de reconocer el aporte del sector privado; Que, es necesario modificar el articulo 1º de dicha Resolucion Ministerial a fin de extender tal reconocimiento a las entidades y servidores publicos que hayan coadyuvado en forma destacada al cumplimiento de los objetivos y fines del sector comercio exterior y turismo; En aplicacion de la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 167-2009-MINCETUR-DM, de acuerdo a los terminos siguientes: "El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, reconocera el aporte de los sectores privado y publico al cumplimiento de los objetivos y fines de sector comercio exterior y turismo, pudiendo premiar trimestralmente a las personas naturales y juridicas, relacionadas a la exportacion, al turismo y a la artesania que se hayan distinguido por sus aportes significativos y meritorios". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 483785-1

bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica al BRIGADIER GENERAL DE INFANTERIA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Armada Nacional de Colombia, para realizar una visita oficial a la Comandancia de la Fuerza de Infanteria de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, del 03 al 06 de MORDAZA de 2010. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 485183-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 451-2010-DE/SG MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 356 de fecha 7 de MORDAZA de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la XIII Reunion del Comite de Trabajo del Acuerdo de Asistencia Mutua entre la Armada Nacional de Colombia y la MORDAZA de MORDAZA del Peru, se acordo la realizacion de visitas anuales de los Comandos Navales Fronterizos en la Amazonia; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica a los siguientes Oficiales de la Armada Nacional de Colombia, para realizar una visita a la Comandancia General de Operaciones de la Amazonia, en la MORDAZA de Iquitos, del 23 al 30 de MORDAZA de 2010:
1. BRIGADIER GENERAL INFANTERIA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2. MAYOR INFANTERIA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA LONDONO

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Colombia y EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 450-2010-DE/SG MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 381 de fecha 15 de MORDAZA de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la XIII Reunion del Comite de Trabajo del Acuerdo de Asistencia Mutua realizado entre la Armada Nacional de Colombia y la MORDAZA de MORDAZA del Peru, se acordo la realizacion de visitas, intercambios y pasantias profesionales para el ano 2010, considerando entre ellas la visita del Comandante de Infanteria de MORDAZA de la Armada Nacional de Colombia; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion,

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