Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2010 (24/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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i) Las demas funciones que le asigne el Director General, en el ambito de su competencia. (...)" Segunda.- Modificacion del Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL aprobado con Resolucion Ministerial No. 011-2008-MTC/02 El Ministerio de Transportes y Comunicaciones en ejercicio de sus funciones aprobara mediante Resolucion Ministerial la modificacion al Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL aprobado con Resolucion Ministerial No. 011-2008-MTC/02. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Unica.- Derogacion del articulo 72 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado con Decreto Supremo No. 021-2007-MTC. Derogar el articulo 72 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado con Decreto Supremo No. 021-2007-MTC. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 485672-2

Autorizan viaje de profesional de la Comision de Investigacion de Accidentes de Aviacion del Ministerio a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA N° 055-2010-MTC MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2010 VISTO: El Informe No. 007-2010-MTC/01.01, el Informe No. 010-2010-MTC/01.01 y el Informe No. 012-2010MTC/01.01 del 05, 14 y 21 de MORDAZA de 2010 respectivamente, emitido por el Presidente de la Comision de Investigacion de Accidentes de Aviacion, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo N° 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley N° 29465. Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010. establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, excepto los que se efectuen, en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, entre otros, habiendose previsto que las excepciones adicionales a lo dispuesto en el citado numeral seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros: Que, la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, en su Articulo 154, establece que todo accidente de aviacion sera investigado por la Comision de Investigacion de Accidentes de Aviacion, a fin de determinar sus causas y establecer medidas tendientes a evitar que se repitan; asimismo puntualiza que la Comision realiza sus funciones de investigacion de acuerdo a criterios tecnicos y que depende del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, mediante Resolucion Ministerial N° 044-2002MTC/15.01 de fecha 23 de enero de 2002, el Especialista en Aeronavegabilidad senor Patrik Frykberg MORDAZA, fue designado como miembro de la Comision de Investigacion de Accidentes de Aviacion para investigar accidentes en el area de aeronavegabilidad; Que, con fecha 29 de octubre de 2009, la aeronave Eurocopter de matricula OB-1909-P, con motor Ecuriel LTS101-700D-2, operada por la empresa Helinka, se accidento a 150 metros del campamento Volante 33 en el Departamento de MORDAZA, falleciendo dos de sus cuatro ocupantes, siendo uno de ellos el piloto de nacionalidad ecuatoriana; Que, con fecha 09 de marzo de 2010, la aeronave British Aerospace BAe 146-300 de matricula OB-1914P, con motores Honeywell ALF502R-5, operada por la empresa MORDAZA Peru aborto el despegue de la pista 33 del Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA en MORDAZA debido a una detonacion y perdida de potencia de uno de sus motores, siendo este MORDAZA clasificado como incidente grave; Que, con fecha 25 de febrero de 2010, la aeronave Cessna U206F de matricula OB-1117, operada por la empresa Nazca Airlines, sufrio un accidente cuando sobrevolaba las lineas de Nazca, falleciendo sus siete ocupantes, siendo tres de ellos ciudadanos chilenos; Que, con fecha 14 de febrero de 2009, la aeronave Cessna 172G de matricula OB-1093, operada por la empresa Travel Air sufrio un accidente en MORDAZA de despegue, cuando en un vuelo de comprobacion pierde el control y se sale de la pista del aerodromo de Las Dunas, en Ica; Que, mediante comunicacion electronica de fecha 26 de marzo de 2010 la empresa Honeywell Aerospace notifica a la Comision de Investigacion de Accidentes de Aviacion que el desarme (pruebas y ensayos) del motor LTS101-700D-2, instalado en la aeronave OB1909-P, se llevara a cabo los dias 27 y 28 de MORDAZA del ano en curso, en sus laboratorios en la MORDAZA de MORDAZA, Arizona, con la asistencia de especialistas de empresas e instituciones de Canada, MORDAZA y Estados Unidos; Que, el motor Honeywell ALF502R-5, instalado en la aeronave OB-1914-P, tambien ha sido enviado al fabricante Honeywell Aerospace en MORDAZA, Arizona, para posteriores analisis y determinar el origen de la MORDAZA, sugiriendo el fabricante que durante las pruebas realizadas a los dos motores descritos, LTS101-700D-2 y ALF502R-5 se pueda contar con la presencia del senor Patrik Frykberg Peralta; Que, asimismo, para completar las investigaciones del accidente de la aeronave matricula OB-1117, es necesario efectuar un ultimo set de pruebas a los controles de vuelo de una aeronave Cessna U206F, en el lugar de su fabricacion, planta de Cessna Aircraft en la MORDAZA de Wichita, Kansas, conjuntamente con personal del Departamento de Ingenieria del fabricante; Que, aprovechando el viaje a la planta de Cessna, el investigador designado podria recoger los resultados de las pruebas hechas a unos cables de controles de vuelo de la aeronave OB-1093, ya que se requiere de estos resultados para completar la elaboracion del Informe Final; Que, mediante Certificacion de Credito Presupuestario N° 03488-2010, de fecha 06 de MORDAZA de 2010, la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, indica que los gastos que irrogara el viaje se encuentran presupuestados, precisando que se cuenta con recursos suficientes para cubrir los gastos que irrogue el viaje solicitado; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley N° 29465, Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y a lo informado por el Presidente de la Comision de Investigacion de Accidentes de Aviacion, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje del senor Patrik Frykberg MORDAZA, especialista de aeronavegabilidad de la Comision de Investigacion de Accidentes de Aviacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a las ciudades de MORDAZA y Wichita, Estados Unidos de MORDAZA, del 25 de MORDAZA al 03 de MORDAZA de 2010, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.

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