Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2010 (24/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

417811

el Articulo 262° del Codigo Civil senala que este se tramita y celebra ante un Comite Especial, el que debe estar constituido por la autoridad educativa e integrado por los dos directivos de mayor jerarquia de la respectiva comunidad, el cual sera presidido por el directivo de mayor jerarquia; Que, la Oficina Registral que funciona en la Comunidad MORDAZA WISUN, ha formalizado su respectivo expediente de regularizacion de Oficina Registral, el cual ha sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, y por la Gerencia de Registros Civiles, organo tecnico normativo en materia registral; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar la delegacion referida, a fin de establecer la vinculacion funcional, cuya difusion debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el caracter publico del registro; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Registros Civiles y en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497, y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; asi como por lo establecido en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del Articulo 44° de la Ley Nº 26497, asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA WISUN, Distrito de Andoas, Provincia Datem del Maranon, Departamento de Loreto. Articulo 2°.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA mencionada en el articulo precedente, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 3°.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles, proporcionara los libros de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA cuya delegacion de facultades registrales se aprueba con la presente Resolucion; correspondiendo asimismo a la Jefatura Regional a cuya jurisdiccion pertenece, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin que los procedimientos registrales que realicen MORDAZA efectuados en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 485295-1

Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, mediante Resolucion Jefatural Nº 617-2009JNAC/RENIEC debidamente publicada en el diario Oficial El Peruano el 27 de setiembre de 2009, resuelve Incorporar al sistema registral y delegar las funciones registrales establecidas en el articulo 44º de la Ley 26497 a la Comunidad MORDAZA Boras de Brillo MORDAZA, Distrito de Pebas, Provincia de MORDAZA MORDAZA en el Departamento de Loreto; Que, en el articulo primero de la Resolucion Jefatural del Visto se ha consignado erroneamente la provincia a la que se adscribe la Comunidad MORDAZA Boras de Brillo MORDAZA, cuya correccion no implica alteracion sustancial del acto, su contenido ni el sentido de la decision, por lo que se hace necesaria su rectificacion con el objeto de que aparezca consignado en forma correcta el nombre de la Provincia, esto es, MARISCAL MORDAZA CASTILLA; Que, al respecto el numeral 201.1 del Art. 201° de la Ley Nº 27444, del Procedimiento Administrativo General, dispone que los errores de orden material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; segun ocurre en la presente situacion; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; asi como por lo establecido en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Rectificar el articulo primero de la Resolucion Nº 617-2009-JNAC/RENIEC, del 24 de setiembre de 2009, quedando redactado de la siguiente manera: "Articulo 1º.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del articulo 44º de la Ley 26497; asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA Boras de Brillo MORDAZA, Distrito de Pebas, Provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA, Departamento de Loreto.". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 485295-2

Dejan sin efecto R.J. N° 503-2009/ JNAC/RENIEC y aprueban Manual de Organizacion y Funciones del RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL Nº 352-2010-JNAC/RENIEC MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2010 VISTOS: El Oficio Nº 000767-2010/GPP/RENIEC (22MAR2010) de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto; el Informe N° 000158-2010/GPP/SGR/RENIEC (22MAR2010) emitido por la Sub Gerencia de Racionalizacion, y el Informe Nº 000675-2010/GAJ/RENIEC (14ABR2010) de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO:

Rectifican R.J. Nº 617-2009-JNAC/ RENIEC mediante la cual se autorizo delegar funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA Boras de Brillo MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 351-2010-JNAC/RENIEC MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2010 VISTO: La Resolucion Jefatural Nº 617-2009-JNAC/ RENIEC, del 24 de setiembre de 2009, expedida por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil;

Que, mediante Ley Nº 26497 se creo el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, con arreglo a los articulos 177º y 183º de la Constitucion Politica del Peru, como organismo MORDAZA que cuenta con personeria

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