Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2010 (24/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 2010

calendario contados a partir de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- El senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sera la persona encargada de recibir los comentarios a la presente publicacion. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN PROYECTO RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº -2010-OS/CD MORDAZA, XX de XXXXXXX de 2010 VISTO: El Memorando Nº GL-XXXXX-2010 de la Gerencia Legal del OSINERGMIN. CONSIDERANDO: Que, segun lo establecido en el inciso c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar en el ambito y materia de su respectiva competencia, normas de caracter general y aquellas que regulen los procedimientos a su cargo, respecto de obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas; Que, segun lo dispuesto en el articulo 22º del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a traves de resoluciones; Que, asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el literal c) del articulo 5º de la Ley Nº 26734, Ley de Creacion de OSINERGMIN, una de las funciones del presente organismo es supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones tecnicas y legales en las actividades desarrolladas en los subsectores de electricidad, hidrocarburos liquidos, gas natural y mineria; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 105º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, una de las formas en que OSINERGMIN puede tomar conocimiento del incumplimiento del MORDAZA normativo detallado en el considerando precedente, es a traves de la MORDAZA de denuncias por parte de los ciudadanos; lo cual implica tambien una manifestacion de la salvaguarda de sus derechos mediante una respuesta oportuna por parte de los organismos publicos; Que, a efectos de garantizar los derechos de los administrados a presentar denuncias, resulta necesario establecer lineamientos que coadyuven a un acceso inmediato a los mecanismos de MORDAZA, asi como a la uniformidad de los requisitos para presentar denuncias y la implementacion de un procedimiento unico de atencion de las mismas, que sea de conocimiento publico; Que, en ese sentido, es necesario aprobar los "Lineamientos y MORDAZA General para la Atencion de Denuncias presentadas ante OSINERGMIN"; el mismo que sera implementado por las Gerencias de Fiscalizacion de Gas Natural, de Hidrocarburos Liquidos, de Electricidad y Mineria; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 25º del Reglamento de OSINERGMIN aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, el xx de xxxxxxx de 2010, OSINERGMIN prepublico en el Diario Oficial El Peruano, el proyecto de los "Lineamientos y MORDAZA General para la Atencion de Denuncias presentadas ante OSINERGMIN", con el fin de recibir las opiniones de los interesados que puedan contribuir a mejorar el procedimiento; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 3º del Reglamento de la Ley Nº 29091, las entidades de la Administracion Publica se encuentran obligadas a publicar en el MORDAZA del Estado Peruano y en sus Portales Institucionales, entre otras, las disposiciones legales que aprueben directivas, lineamientos o reglamentos tecnicos relacionados con el ejercicio de sus funciones; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM;

Con la opinion favorable de la Gerencia General, de la Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural, la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos, la Gerencia de Fiscalizacion de Electricidad y la Gerencia de Fiscalizacion Minera. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los "Lineamientos y MORDAZA General para la Atencion de Denuncias presentadas ante OSINERGMIN", el mismo que en Anexo I forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Autorizar a la Gerencia General de OSINERGMIN a dictar las disposiciones complementarias que MORDAZA necesarias para la aplicacion de la presente resolucion. Articulo 3º.- Publicar la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en la pagina web de OSINERGMIN (www.osinerg.gob.pe). MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN ANEXO I LINEAMIENTOS Y MORDAZA GENERAL PARA LA ATENCION DE DENUNCIAS PRESENTADAS ANTE OSINERGMIN TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objetivo. Establecer el MORDAZA general que las Gerencias de Fiscalizacion de OSINERGMIN deberan seguir para la atencion efectiva de las denuncias presentadas en el MORDAZA de las actividades de los subsectores electricidad, hidrocarburos liquidos, gas natural y mineria. Articulo 2º.- Ambito de Aplicacion El presente procedimiento sera aplicable a todas las denuncias presentadas ante OSINERGMIN, relacionadas con las actividades de los subsectores electricidad, hidrocarburos y mineria. Articulo 3º.- Definiciones Para efectos del presente procedimiento se aplicaran las siguientes definiciones y/o terminos: 3.1. Denuncia: Toda comunicacion formulada, en ejercicio del derecho de participacion ciudadana, en razon a la ocurrencia de hechos relacionados al desarrollo de las actividades de electricidad, hidrocarburos liquidos, gas natural y mineria, referidos al incumplimiento de obligaciones fiscalizables por OSINERGMIN. 3.2. Denunciante: Toda persona natural o juridica que informa a OSINERGMIN situaciones o hechos que podrian constituir un incumplimiento a las normas relativas a las actividades de hidrocarburos liquidos, gas natural, electricidad o mineria. 3.3. Entidad Denunciada: Persona natural o juridica que desarrolla actividades relacionadas con los subsectores de electricidad, hidrocarburos liquidos, gas natural o mineria sujeta al ambito de supervision de OSINERGMIN, respecto de la cual se ha recibido una denuncia. 3.4. Formato de Atencion de Denuncia: Formato que contiene los requisitos minimos indispensables para la MORDAZA de la denuncia, el mismo que debera ser llenado por el funcionario ante quien se presente la denuncia. 3.5. Gerencia de Fiscalizacion: Gerencia de Fiscalizacion de Electricidad, Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural, Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos y la Gerencia de Fiscalizacion en Mineria de OSINERGMIN. 3.6. Obligacion Fiscalizable: Obligaciones legales, contractuales, tecnicas o de cualquier otra naturaleza establecidas en la normativa vigente en materia de Electricidad, Hidrocarburos Liquidos, Gas Natural o Mineria, asi como en instrumentos de gestion, de naturaleza exigible a cargo de las personas o actividades supervisadas, cuya supervision y fiscalizacion MORDAZA de competencia de OSINERGMIN, a cargo de las personas o actividades supervisadas, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Supervision de

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