Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2010 (24/04/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

417803

Que, dado que el inmueble conserva aun su distribucion primigenia, constituye un ejemplo de la tradicional construccion en sillar de epoca republicana, aunque no se descarta por la existencia de pintura mural en sus bovedas, que la data pueda ser de fines del siglo XVIII, por lo que reune los valores arquitectonicos para ser declarado como bien integrante del patrimonio cultural de la Nacion; Que, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo acordo recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, se declare bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nacion al predio ubicado en MORDAZA San MORDAZA Nº 106, distrito, provincia y region de Arequipa. Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director (e) de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura modificado mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-ED. SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nacion al predio ubicado en MORDAZA San MORDAZA Nº 106, distrito, provincia y region de MORDAZA, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Nº 01132039 de la SUNARP, Oficina Registral de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Hacer de conocimiento de la presente Resolucion, a las autoridades locales y regionales, asi como la normatividad y leyes vigentes de proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion. Articulo 3º.- Disponer que la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico cumpla con la inscripcion en los Registros Publicos de la condicion de bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nacion del predio indicado en el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Es obligacion de los propietarios, autoridades locales y regionales someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en el bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nacion citado en el articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional 484355-1

Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion; Que, mediante Informe Nº 0066-2010- SDSP/DA/ DREPH/INC de fecha 11 de enero de 2010, la Sub Direccion de Supervision y Peritaje de la Direccion de Arqueologia concluye que el informe final del "Proyecto de evaluacion arqueologica sin excavaciones en la concesion de distribucion del Pequeno Sistema Electrico PacangaPueblo MORDAZA, Departamento de La Libertad", a cargo del Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bartra, con R.N.A. Nº DM07121, cumple con los requerimientos del Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, por lo que recomienda su pase a la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia para su calificacion respectiva; Que, mediante Acuerdo Nº 0101 de fecha 22 de enero de 2010, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura declare Patrimonio cultural de la Nacion a los siguientes monumentos arqueologicos prehispanicos: Cerro Colorado 1, Cerro Colorado 2, El Porvenir, Sebastopol, Algarrobal y Algarrobal de MORDAZA, ubicados en el distrito de Pacanga; El Potrero, San MORDAZA Bajo 1, San MORDAZA Bajo 2 y MORDAZA Coton, ubicados en el distrito de Pueblo Nuevo; y Calera Alta 1, Calera Alta 2, Calera Alta 3A, Calera Alta 3B, Calera Alta 4, Talambo, Cerro Pitura y MORDAZA Pacanguilla II, ubicados en el distrito de Chepen, provincia de Chepen, departamento de La MORDAZA, registrados en el MORDAZA del precitado proyecto de evaluacion; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Arqueologia y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 0172003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, modificada por Resolucion Suprema Nº 012-2006-ED. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nacion a los monumentos arqueologicos prehispanicos que se detallan en el siguiente cuadro:
Departamento: Provincia : Nombre del sitio arqueologico Cerro Colorado 1 Cerro Colorado 2 El Porvenir Sebastopol Algarrobal Algarrobal de MORDAZA El Potrero San MORDAZA Bajo 1 San MORDAZA Bajo 2 MORDAZA Coton Calera Alta 1 Calera Alta 2 Calera Alta 3A Calera Alta 3B Calera Alta 4 Talambo Cerro Pitura MORDAZA Pacanguilla II La MORDAZA Chepen Distrito Pacanga Pacanga Pacanga Pacanga Pacanga Pacanga Pueblo MORDAZA Pueblo MORDAZA Pueblo MORDAZA Pueblo MORDAZA Chepen Chepen Chepen Chepen Chepen Chepen Chepen Chepen UTM Este 665951 666685 668312 673008 674629 674953 657950 659271 659307 662534 678649 678757 678849 678937 679390 680132 680262 672616 UTM Norte 9214812 9212692 9212303 9210114 9206856 9207302 9209700 9205960 9206621 9206556 9192490 9192112 9192095 9192048 9191864 9191914 9190117 9209019 Datum PSAD 56 MORDAZA 17

Declaran patrimonio cultural de la Nacion a monumentos arqueologicos prehispanicos ubicados en los departamentos de La MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 845/INC MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un organismo publico descentralizado del sector educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del patrimonio cultural de la Nacion; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la

Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Regional de Cultura La MORDAZA la elaboracion de los expedientes tecnicos de los sitios arqueologicos mencionados en el articulo 1º de la presente resolucion.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.