Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2010 (06/08/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

423272

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de agosto de 2010

a renovarse, modificarse y unificarse, determinando que el area real ocupada por las instalaciones es de DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 74/100 METROS CUADRADOS (248.74 m2); Que, la Direccion General de Capitanias y Guardacostas mediante Hoja Informativa Nº 002-2010 de fecha 12 de enero de 2010, informa que el expediente ha cumplido con los requisitos establecidos en la Parte "C", Unidad Organica (3), Capitulo II, Procedimiento E17 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2005-DE/MGP de fecha 20 de junio de 2005; Estando a lo recomendado por el Director General de Capitanias y Guardacostas, a lo opinado por el Comandante General de la MORDAZA y de conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar con eficacia anticipada a partir del 1 de agosto de 2005 a la Urbanizacion MORDAZA MORDAZA S.A., el derecho de uso de area acuatica de DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 74/100 METROS CUADRADOS (248.74 m2), ubicada en el Malecon San MORDAZA del Balneario y distrito de Ancon, provincia y departamento de MORDAZA, para UN (1) voladizo, UNA (1) plataforma-embarcadero destinada al uso exclusivo de embarcaciones de recreo y UN (1) terraplen sobre el cual se ubica una piscina con agua de mar, destinada para la recreacion, cuya delimitacion se encuentra entre las siguientes coordenadas geograficas referidas al DATUM WGS-84, obtenidos del Plano Topografico T-001 de fecha febrero de 2006, que obra en el expediente, de acuerdo al siguiente detalle:
A B C D E F G H I J K L M N O P Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud Latitud 11° 46' 26.329" 11° 46' 26.331" 11° 46' 26.858" 11° 46' 26.864" 11° 46' 26.844" 11° 46' 26.851" 11° 46' 26.969" 11° 46' 26.962" 11° 46' 26.942" 11° 46' 26.938" 11° 46' 27.299" 11° 46' 27.270" 11° 46' 27.241" 11° 46' 27.206" 11° 46' 27.201" 11° 46' 27.191" S S S S S S S S S S S S S S S S Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud Longitud 077° 10' 54.780" 077° 10' 54.563" 077° 10' 54.574" 077° 10' 54.317" 077° 10' 54.316" 077° 10' 53.984" 077° 10' 53.987" 077° 10' 54.326" 077° 10' 54.325" 077° 10' 54.488" 077° 10' 54.610" 077° 10' 54.684" 077° 10' 54.673" 077° 10' 54.768" 077° 10' 54.766" 077° 10' 54.793" W W W W W W W W W W W W W W W W

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 527297-9

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban operacion de administracion de deuda bajo la modalidad de canje de deuda
DECRETO SUPREMO Nº 165-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme al numeral 36.1 del Articulo 36° de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias, el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, esta autorizado para realizar operaciones de administracion de deuda dirigidas a disminuir los riesgos de refinanciamiento y/o de mercado; Que, mediante Nota Verbal N° 0317/2008 del 16 de junio de 2008, el Gobierno de Alemania informo que su Parlamento autorizo el desarrollo de operaciones de canje de deudas con el Gobierno Peruano, hasta por un total de 48 440 000,00 (CUARENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL Y 00/100 EUROS); Que, en tal sentido, el Gobierno del Peru y el Kreditanstalt fur Wiederaufbau - KfW de Alemania han acordado celebrar una nueva operacion de canje de parte de las obligaciones pendientes de pago correspondientes a las operaciones de endeudamiento externo aprobadas por los Decretos Legislativos Nº 397, N° 448 y Nº 506, y los Decretos Supremos N° 488-85-EF, Nº 144-80-EF, Nº 01780-EF, Nº 299-81-EF, Nº 428-83-EFC, N° 379-84-EF, Nº 502-84-EFC, Nº 230-84-EF, N° 159-93-EF, Nº 153-94-EF, Nº 124-95-EF, N° 065-96-EF, Nº 131-96-EF, Nº 184-97-EF, Nº 160-97-EF, Nº 175-97-EF, Nº 030-98-EF, N° 100-98-EF y Nº 171-99-EF, hasta por la suma ascendente a 16 064 230,58 (DIECISEIS MILLONES SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y 58/100 EUROS); Que, los recursos correspondientes a este canje de deuda se destinaran al Fondo Contravalor Peru-Alemania ­ FPA creado en virtud del Acuerdo Especial suscrito, el 31 de octubre de 2002, con dicho MORDAZA, para financiar proyectos destinados a la reduccion de la pobreza, a la promocion del desarrollo socioeconomico y/o a la proteccion del medio ambiente y de los recursos naturales; Que, el numeral 37.1 del Articulo 37º y la Octava Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 28563 disponen que las operaciones de administracion de deuda del Gobierno Nacional se aprueban mediante decreto supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas; Que, de acuerdo con el Articulo 38º de la acotada Ley Nº 28563, las operaciones de conversion de deuda del Gobierno Nacional se formalizan mediante la suscripcion de acuerdos bilaterales entre la Republica del Peru y el acreedor; Que, sobre la referida operacion de administracion de deuda ha opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 17) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion administracion de deuda de operacion de

Articulo 2º.- El derecho de uso de area acuatica que se otorga mediante la presente Resolucion Suprema tendra una vigencia de TREINTA (30) anos renovables, contados a partir del ano 2005 en que se aplica la eficacia anticipada, al 1 de agosto de 2035, en aplicacion al articulo B-01110 del Reglamento de la Ley Nº 26620, concordante con el articulo 1001º del Codigo Civil, teniendo en cuenta la naturaleza y la envergadura de la obra realizada. Articulo 3º.- La Urbanizacion MORDAZA MORDAZA S.A., se encuentra obligada al cumplimiento de los compromisos ambientales senalados en el Estudio de Impacto Ambiental y debera aceptar las acciones de supervision y control que programe la Direccion del Medio Ambiente de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, en forma conjunta con la Capitania de Puerto del Callao. Articulo 4º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas dentro del ambito de su competencia y en coordinacion con los sectores competentes, mediante Resolucion Directoral dictara las normas y disposiciones complementarias que MORDAZA requeridas para la aplicacion del Reglamento de la Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, asi como, con la legislacion vigente y con los Convenios Internacionales ratificados por el Estado Peruano. Articulo 5º.- Dejar sin efecto la Resolucion Suprema Nº 338-86-MA/DC de fecha 30 de junio de 1986 y la Resolucion Suprema Nº 465-99 DE/MGP de fecha 03 de agosto de 1999. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.