Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2010 (06/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de agosto de 2010

(RASA) aprobado y vigente solo cuenta con algunas de ellas, debiendo de incluirse al RASA dentro de las infracciones del medio Ambiente y Limpieza Publica las siguientes con la numeracion correlativa que corresponde: Nº 3576 Mantener establos en las Riberas del Rio Nº 3577 Lavar vehiculos en el cauce del Rio Nº 3578 Hacer necesidades biologicas en las aguas del rio y sus riberas Nº 3579 Lavar ropa de uso humano en el rio Nº 3580 Lavar Utensilios despues de haber sido utilizados con agroquimicos Nº 3581 Arrojar Residuos de Agroquimicos e hidrocarburos al rio Nº 3582 Arrojar animales domesticos muertos al rio Nº 3583 Utilizar toxicos para la pesca Nº 3584 A Los propietarios de estaciones de servicio comprendidas en ellas las lavadoras, lubricadoras de vehiculos que no tengan las trampas adecuadas, que la tecnica senale para evitar que las aguas contaminadas desemboquen al cauce del rio. Nº 3585 Arrojar o descargar deshechos quimicos, alimenticios derivados de cualquier MORDAZA industrial o comercial. Nº 3586 Arrojar aguas residuales, sin tratamiento previo hacia el rio Huaycoloro. Que, la presente ordenanza senala que todos los establecimientos y en general todas las actividades sujetas a las disposiciones deberan en tres meses presentar el cumplimiento del sistema de tratamiento de aguas residuales y en caso que por diferentes razones se este directa o indirectamente descargando en general sin tratamiento previo, al curso del agua de la quebrada Huaycoloro se le otorgara un plazo de seis meses para que dicho establecimiento pueda estar en condiciones para efectuarle una inspeccion final, ademas que es un requisito para toda industria, comercio o negocio en general debera confirmar previa y documentalmente que no constituye una nueva fuente de contaminacion. Estando a lo expuesto y de conformidad con los articulos 39° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, con el MORDAZA UNANIME y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se aprobo lo siguiente: "ORDENANZA SOBRE CONTAMINACION DEL RIO HUAYCOLORO DEL SECTOR DE C.P. MORDAZA MORDAZA DE HUACHIPA" Articulo 1º.- APROBAR, la Ordenanza Municipal sobre "CONTAMINACION DEL RIO HUAYCOLORO DEL SECTOR DE C.P. MORDAZA MORDAZA DE HUACHIPA" que consta de 21º articulos y 2 disposiciones transitorias; los mismos que forman parte integrante de la presente norma. Articulo 2º.- INCLUIRSE en el RASA de la Municipalidad aprobado y vigente por Ordenanza Nº67-08 dentro de las infracciones del Medio Ambiente y Limpieza Publica con el siguiente orden correlativo: Nº 3576 Mantener establos en las Riberas del Rio Nº 3577 Lavar vehiculos en el cauce del Rio Nº 3578 Hacer necesidades biologicas en las aguas del rio y sus riberas Nº 3579 Lavar ropa de uso humano en el rio Nº 3580 Lavar Utensilios despues de haber sido utilizados con agroquimicos Nº 3581 Arrojar Residuos de Agroquimicos e hidrocarburos al rio Nº 3582 Arrojar animales domesticos muertos al rio Nº 3583 Utilizar toxicos para la pesca Nº 3584 A Los propietarios de estaciones de servicio comprendidas en ellas las lavadoras, lubricadoras de vehiculos que no tengan las trampas adecuadas, que la tecnica senale para evitar que las aguas contaminadas desemboquen al cauce del rio. Nº 3585 Arrojar o descargar deshechos quimicos, alimenticios derivados de cualquier MORDAZA industrial o comercial. Nº 3586 Arrojar aguas residuales, sin tratamiento previo hacia el rio Huaycoloro.

Articulo 3º.- ENCARGAR, a la Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad del Centro Poblado de MORDAZA MORDAZA de Huachipa, www.munihuachipa.gob.pe Articulo 4º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MALAGA MORDAZA MORDAZA 526728-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Prorrogan beneficios tributarios y disposiciones aprobadas por Ordenanza Nº 003-2010-MDLP
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2010-MDLP-ALC La MORDAZA, 2 de agosto del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru senala que "las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local tienen autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, mediante Ordenanza Nº 003-2010-MDLP, se otorgo el Beneficio de Regularizacion Tributaria a fin de facilitar el pago de las deudas tributarias que tuvieran los contribuyentes del Distrito; Que, en el articulo decimo tercero de la Ordenanza Nº 003-2010-MDLP se delega al Sr. MORDAZA las facultades para que mediante Decreto de Alcaldia, prorrogue la vigencia del presente beneficio en caso de ser necesario; Que, mediante MEMORANDUM Nº 237-2010-GATMDLP la Gerencia de Administracion Tributaria expresa que continua siendo necesario prorrogar los Beneficios Tributarios precisados en la Ordenanza Nº 003-2010MDP; que fue prorrogada con Decreto de Alcaldia Nº 0042010-MDLP-ALC, por cuanto debe darse oportunidad a los administrados, que aun no se han acogido a dichos beneficios, un mayor plazo que les permita cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias, siendo este hasta el 30.09.2010; Que, mediante INFORME Nº 278-2010-GAJ/MDLP la Gerencia de Asesoria Juridica, opina que resulta procedente se apruebe via Decreto de Alcaldia, la prorroga hasta el 30.09.2010, el vencimiento de los beneficios tributarios y disposiciones contenida en la Ordenanza Nº 003-2010-MDLP; Que, mediante INFORME Nº 078-2010-GM-MDLP la Gerencia Municipal remite al Despacho de Alcaldia, la documentacion MORDAZA senalada para la emision del acto administrativo; Estando a lo expuesto en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar hasta el 30.09.2010, los Beneficios Tributarios y disposiciones aprobadas por Ordenanza Nº 003-2010-MDLP. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion Tributaria, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia.

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