Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2010 (18/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de marzo de 2010

su totalidad y teniendo como Presidente de la Comision Organizadora al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Muro; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del articulo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- RECONOCER al doctor MORDAZA MORDAZA Che Piu MORDAZA como Vicepresidente Academico de la Comision Organizadora de la Universidad y al magister MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Gerente General de la Comision Organizadora de la Universidad de MORDAZA, quedando conformada la Comision Organizadora en su totalidad de la siguiente manera: Presidente de Comision Organizadora MORDAZA MORDAZA Che Piu MORDAZA Vicepresidente Academico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo Segundo.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores la presente Resolucion para los tramites administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASCUNA Presidente MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA Secretaria General 469008-1

Disponen admitir a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Tecnologia de Turismo del MORDAZA
RESOLUCION Nº 072-2010-CONAFU "Proyecto de Universidad Tecnologica de Turismo del Cusco" MORDAZA, 26 de febrero de 2010 VISTOS: El Escrito s/n recibido con fecha 18 de noviembre de 2009, el Oficio N° 2104-2009-CONAFU-P de fecha 02 de diciembre de 2009, el Escrito s/n recibido con fecha 22 de diciembre de 2009, el Informe Legal Nº 005-2010-CONAFU-CJ de fecha 13 de enero de 2010, el Oficio N° 0032-2010-CONAFU-CDAA de fecha 15 de enero de 2010, el Oficio N° 187-2010-CONAFU-SG de fecha 12 de febrero de 2010 y el Acuerdo Nº 058-2010CONAFU de la sesion del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 22 de febrero de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, en concordancia con el inciso a) del articulo 3° y el inciso c) del articulo 10° del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006; Que, en el articulo 10º del referido Estatuto, se establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:... t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU"; Que, en el articulo 2° del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº

387-2009-CONAFU de fecha 12 de agosto de 2009, (en adelante Reglamento), se establece que el procedimiento de Autorizacion Provisional de funcionamiento de nuevas Universidades tiene como fin verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el articulo 7º de la Ley Nº 26439 para otorgar la Autorizacion de Funcionamiento Provisional, y con ello garantizar la calidad de los servicios educativos en las Universidades bajo su competencia; Que, en el articulo 9° del Reglamento del CONAFU se establece que el Proyecto de Desarrollo Institucional consolida los resultados del estudio en los aspectos tecnicos, economicos, financieros, administrativos, con el fin de instalar, poner en marcha y desarrollar una universidad, con previsiones economicas para sus diez (10) primeros anos de funcionamiento. La elaboracion del Proyecto de Desarrollo Institucional de una universidad responde a una sucesion logica de etapas que buscan la coherencia entre la mision, vision, los objetivos del proyecto, el cronograma elegido para alcanzarlos y los recursos que son necesarios para ello. Las Tablas para su calificacion, establecen las pautas para la elaboracion de los proyectos. Los proyectos se presentaran con un minimo de tres (03) Carreras Profesionales y un MORDAZA de cinco (05) carreras profesionales"; Que, en el articulo 14º del Reglamento del CONAFU se establece que el Proyecto de Desarrollo Institucional sera presentado en fisico, con caratula color MORDAZA, y en archivo informatico en C.D, debiendo coincidir ambos, sera organizado en carpetas separadas, con identificacion de las secciones A, B y C, y a su vez con separadores que identifiquen los documentos que la componen. Al momento de su MORDAZA ante la Oficina de Tramite Documentario todo el PDI debe estar debidamente foliado; Que, por escrito s/n recibido con fecha 18 de noviembre de 2009, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la Empresa Corporacion Educativa en Turismo CETUR- PERU S.A.C., Promotora del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Tecnologia de Turismo del MORDAZA, presenta el Proyecto de Desarrollo Institucional para la creacion de la referida Universidad, solicitando su aprobacion y autorizacion por parte del CONAFU para brindar los servicios educativos universitarios en las Carreras Profesionales: 1) Turismo, 2) Administracion Hotelera, 3) Administracion Gastronomica y de Restaurantes, 4) Administracion de Negocios Internacionales; Que, en el articulo 18° del Reglamento del CONAFU se establece que: "El procedimiento se inicia con la MORDAZA de la solicitud de autorizacion de funcionamiento ante la Oficina de Tramite Documentario (OTD)...Si el expediente se encuentra conforme o se han subsanado las observaciones dentro del plazo otorgado, el funcionario responsable de la Oficina de Tramite Documentario, ingresara oficialmente el expediente para su tramite, remitiendo el mismo a la Secretaria General a fin de que esta MORDAZA, remita las Secciones A) y C) a la Consejeria de Asuntos Academicos (CDAA) y la Seccion B) a la Comision Juridica (CJ), quienes dispondran de cinco dias habiles para evaluar si los requisitos de admisibilidad se ajustan a las normas del CONAFU, a cuyo termino emitiran los informes correspondientes"; Que, por Oficio N° 2104-2009-CONAFU-P de fecha 02 de diciembre de 2009, el Presidente del CONAFU remite al Responsable del Proyecto de Universidad Tecnologia de Turismo del MORDAZA, las observaciones formuladas de la Parte "A", "B" y "C" del Proyecto de Desarrollo Institucional del mencionado Proyecto Universitario, para que en el plazo de ocho (08) dias habiles, la Promotora de dicho Proyecto Universitario cumpla con levantar las observaciones MORDAZA indicadas; bajo apercibimiento de declarase inadmisible la solicitud de autorizacion de funcionamiento provisional del referido Proyecto de Universitario; Que, por escrito s/n recibido con fecha 22 de diciembre de 2009, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de Promotora del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Tecnologia de Turismo del MORDAZA, presenta el expediente del levantamiento de las observaciones del PDI de la referida Universidad, para su evaluacion correspondiente, dando cumplimiento al Oficio N° 2104-2009-CONAFU-P; Que, con Informe Legal Nº 005-2010-CONAFUCJ de fecha 13 de enero de 2010, la Comision Juridica informa al Pleno del CONAFU que mediante el escrito presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en

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