Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2010 (18/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES

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representacion de Promotora del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Tecnologia de Turismo del MORDAZA, hace llegar el levantamiento de observaciones de admisibilidad remitidas en el Oficio N° 2104-2009-CONAFU-P, atendiendo el referido escrito la Promotora deberia levantar las observaciones al Proyecto de Estatuto y a la Constitucion de la entidad Promotora; todo ello dentro del plazo de ocho dias habiles; revisando los documentos presentados, el levantamiento se ha realizado dentro del plazo otorgado y ha cumplido con la debida subsanacion en los terminos recomendados por este Consejo Nacional; por lo que la Comision Juridica opina que la Parte "B" del PDI del Proyecto de la referida Universidad se encuentra apta para su admision a tramite; Que, por Oficio N° 0032-2010-CONAFU-CDAA de fecha 15 de enero de 2010, el Consejero de Asuntos Academicos del CONAFU informa que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de Promotora del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Tecnologia de Turismo del MORDAZA, remite el levantamiento de observaciones al PDI del referido Proyecto Universitario, y ha cumplido con subsanar todas las observaciones realizadas a la Parte "B" y "C", por lo que el Consejero de Asuntos Academicos sugiere se admita a tramite el mencionado proyecto con relacion a las dos partes mencionadas; Que, por Oficio N° 187-2010-CONAFU-SG de fecha 12 de febrero de 2010, la Secretaria General de CONAFU, por encargo del Presidente cita por tercera vez los Miembros integrantes de la Promotora y los Miembros de la Comision Organizadora propuesta del Proyecto de Universidad Tecnologia de Turismo del MORDAZA, para la exposicion ante el Pleno del CONAFU; Que, en el articulo 19° del Reglamento del CONAFU se establece que: "Con los informes favorables de la CDAA y de la CJ, contando ademas con el acta de entrevista a los integrantes de la Promotora y de la Comision Organizadora propuesta; realizada ante consejeros del CONAFU, el Pleno decidira sobre la admision a tramite de la solicitud presentada en el plazo MORDAZA de quince (15) dias naturales de recibido el ultimo de los informes MORDAZA referidos. Si uno de los informes, o ambos fueran desfavorables, el Presidente del CONAFU mediante oficio, declarara Inadmisible la solicitud, otorgando a la promotora el plazo de cinco dias habiles para que subsane las deficiencias de admisibilidad encontradas. Vencido el plazo, el expediente sera puesto a consideracion del Pleno para realizar el apercibimiento mediante resolucion otorgandole un plazo MORDAZA de 8 dias. Vencido este plazo el pleno, de oficio MORDAZA por no presentada su solicitud por incumplimiento. Si por el contrario la subsanacion fuera satisfactoria el Pleno del CONAFU, previo informe de las oficinas tecnicas correspondientes, decidira sobre la Admision a tramite de la solicitud presentada y ordenara la continuacion del procedimiento. Admitida a tramite la solicitud para Autorizacion Provisional de Funcionamiento, el Pleno del CONAFU designara la Comision encargada de la calificacion del Proyecto de Desarrollo Institucional, la misma que sera presidida por un consejero e integradas por dos (02) docentes principales o asociados debidamente capacitados en Evaluacion de Instituciones Educativas"; Que, con fecha 22 de febrero de 2010, se llevo a cabo la entrevista entre los Miembros integrantes de la Promotora, los miembros de la Comision Organizadora propuesta del Proyecto de Universidad Tecnologia de Turismo del MORDAZA y el Pleno del CONAFU, en conformidad de la MORDAZA MORDAZA descrita; Que, en sesion de fecha 22 de febrero de 2010, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 058-2010CONAFU acordo por UNANIMIDAD: Admitir a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Tecnologia de Turismo del MORDAZA, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la Empresa Corporacion Educativa en Turismo CETUR- PERU S.A.C., Promotora del Proyecto de Universidad Tecnologia de Turismo del MORDAZA, con las Carreras Profesionales: 1) Turismo, 2) Administracion Hotelera, 3) Administracion Gastronomica y de Restaurantes, 4) Administracion de Negocios Internacionales, bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882 y las demas normas que resulten aplicables;

En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del articulo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ADMITIR a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Tecnologia de Turismo del MORDAZA, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la Empresa Corporacion Educativa en Turismo CETURPERU S.A.C., Promotora del Proyecto de Universidad Tecnologia de Turismo del MORDAZA, con las Carreras Profesionales: 1) Turismo, 2) Administracion Hotelera, 3) Administracion Gastronomica y de Restaurantes, 4) Administracion de Negocios Internacionales. Articulo Segundo.- PROSIGASE con el tramite de la Aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Tecnologia de Turismo del MORDAZA, bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882, y de conformidad con toda la normatividad vigente del CONAFU. Articulo Tercero.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los actos administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASCUNA Presidente MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA Secretaria General 469598-2

Aprueban Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Posgrado Instituto de Estudios Peruanos con el Programa de Maestria en Ciencias Sociales
RESOLUCION Nº 074-2010-CONAFU "Proyecto de Escuela de Posgrado Instituto de Estudios Peruanos" MORDAZA, 26 de febrero de 2010 VISTOS: La Carta s/n recibida con fecha 23 de marzo de 2009, la Resolucion N° 236-2009-CONAFU de fecha 29 de MORDAZA de 2009, la Resolucion N° 236-2009CONAFU de fecha 29 de MORDAZA de 2009, el Oficio N°0012010-CONAFU-LECA-CC recibido con fecha 19 de enero de 2010, el Oficio N° 0129-2010-CONAFU-CDAA de fecha 09 de febrero de 2010 y el Acuerdo Nº 059-2010CONAFU de la sesion del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 22 de febrero de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar en forma permanente y durante el tiempo que estime conveniente el funcionamiento de las universidades, hasta autorizar o denegar su funcionamiento definitivo; en concordancia con el inciso b) del articulo 3° del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006; Que, en el referido articulo 10° inciso k) del Estatuto, se establece: "Autorizar o denegar las solicitudes de autorizacion provisional de funcionamiento de Escuelas de Postgrado, de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 882; en concordancia con el articulo 1º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades, aprobado por Resolucion Nº 534-2008-CONAFU de fecha 19 de diciembre de 2008 (En adelante Reglamento); Que, en el articulo 3º del Reglamento, se establece: "El CONAFU emite resoluciones de aprobacion o

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