Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2010 (18/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES

415779

Que, por Carta s/n recibida con fecha 24 de agosto de 2009, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Asociacion Nacional de Periodistas del Peru, remite el Proyecto de Desarrollo Institucional para la autorizacion de funcionamiento de la Universidad MORDAZA Bausate y MORDAZA, en cumplimiento de la Ley Nº 29278, adjuntando la documentacion correspondiente para su aprobacion y autorizacion; Que, por Resolucion Nº 480-2009-CONAFU de fecha 07 de octubre de 2009, se admite a tramite la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad MORDAZA Bausate y MORDAZA, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Asociacion Nacional de Periodistas del Peru, con la MORDAZA Profesional de Periodismo. Que, por Oficio Nº 2201-2009-CONAFU-P de fecha 18 de diciembre de 2009, el Presidente del CONAFU remite al responsable del Proyecto de Universidad MORDAZA Bausate y MORDAZA el Informe Preliminar realizado por la Comision Calificadora, otorgandole el plazo de quince (15) dias habiles para que cumpla con levantar las observaciones indicadas en el referido informe, motivo por el cual debera presentar una MORDAZA version completa del Proyecto de Desarrollo Institucional, en el cual se incluya el levantamiento de las observaciones; Que, con Escrito s/n recibido con fecha 02 de febrero de 2010, la promotora de la Universidad MORDAZA Bausate y MORDAZA remite el Levantamiento de Observaciones realizadas al Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI); Que, en el articulo 32º inciso a) del Reglamento, se establece que: "Las recomendaciones para el pronunciamiento del CONAFU, se ajustaran a cualquiera de las alternativas siguientes: a) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado por la Promotora"; Que, en el articulo 34º del Reglamento se establece que: "El Pleno del CONAFU se pronunciara, en el termino de quince (15) dias calendario a partir de la recepcion del Informe Final de la Comision de Evaluacion y Consolidacion, sobre el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado, aprobando, condicionando la aprobacion o desaprobando el Proyecto de Universidad o de Escuela de Postgrado Particular. Analizando los informes y el expediente podra adoptar cualquiera de las recomendaciones senaladas en el articulo 32º"; Que, por escrito s/n recibido con fecha 22 de febrero de 2010, el Presidente de la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) de la Universidad MORDAZA Bausate y MORDAZA, presenta el Informe Final de dicha Comision nombrada mediante Resolucion Nº 520-2009-CONAFU de fecha 28 de octubre de 2009, manifestando que dicho informe se ha realizado de acuerdo con los lineamientos indicados en la Resolucion Nº 520-2009-CONAFU y lo dispuesto en la Ley 26439, el Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Posgrado no pertenecientes a universidades bajo competencia del CONAFU, Resolucion Nº 387-2009-CONAFU; Que, en sesion de fecha 22 de febrero de 2010, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 077-2010-CONAFU acordo por UNANIMIDAD de los presentes: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad MORDAZA Bausate y MORDAZA, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Asociacion Nacional de Periodistas del Peru", con la MORDAZA Profesional de Periodismo; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del articulo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad MORDAZA Bausate y MORDAZA, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Asociacion Nacional de Periodistas del Peru", con la MORDAZA Profesional de Periodismo; Articulo Segundo.- HACER de conocimiento a la Promotora de la Universidad, que para la continuacion de su evaluacion se aplicara el Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades bajo la Competencia del CONAFU aprobado por Resolucion Nº 387-2009-CONAFU de fecha 12 de agosto de 2009 y toda la normatividad vigente del CONAFU.

Articulo Tercero.- REQUERIR a la Promotora de la Universidad MORDAZA Bausate y MORDAZA, el cumplimiento de los articulos 31º al 34º del Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Posgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 387-2009-CONAFU de fecha 12 de agosto de 2009; bajo apercibimiento de dejarse sin efecto la presente resolucion, en caso de incumplimiento. Articulo Cuarto.- Solicitar a la Asamblea Nacional de Rectores dar tramite a los actos administrativos que permitan la ejecucion de la presente Resolucion. Registrese, publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASCUNA Presidente MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA Secretaria General 469598-5

Disponen hacer efectivo apercibimiento declarado en el Oficio N° 1353-2009 CONAFU-P y tener por no presentado recurso impugnativo de la Universidad Peruana del Oriente
RESOLUCION Nº 101-2010-CONAFU MORDAZA, 26 de febrero de 2010 VISTOS; El Oficio Nº 046-2009-PCO-UPO recibido con fecha 06 de MORDAZA de 2009, la Fe de erratas de la Resolucion Nº 282-2009-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2009, El Informe Legal Nº 319-2009-CONAFU-CJ de fecha 24 de MORDAZA de 2009, El Oficio Nº 057-2009-PCO-UPO recibido con fecha 04 de agosto de 2009, El Oficio Nº 1353-2009CONAFU-P de fecha 17 de agosto de 2009, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional; Que, en el articulo 10º del referido Estatuto, se establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:... t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU"; Que, en el articulo 134 inciso 134.2 de la Ley N° 27444, se establece que: "Cuando el ultimo dia del plazo o la fecha determinada es inhabil o por cualquier otra circunstancia la atencion al publico ese dia no funcione durante el horario normal, son entendidos prorrogados al primer dia habil siguiente", Que, en el articulo 191º de la Ley N° 27444, se establece que: "Abandono en los procedimientos iniciados a solicitud del administrado. En los procedimientos iniciados a solicitud de parte, cuando el administrado incumpla algun tramite que le hubiera sido requerido que produzca su paralizacion por treinta dias, la autoridad de oficio o a solicitud del administrado declarara el abandono del procedimiento. Dicha resolucion debera ser notificada y contra MORDAZA procederan los recursos administrativos pertinentes". Que, por Oficio Nº 046-2009-PCO-UPO recibido con fecha 06 de MORDAZA de 2009, el Presidente de la Comision Organizadora de la Universidad Peruana del Oriente el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, manifiesta el inconveniente de no presentar el II IDAE en la fecha programada, por un MORDAZA de liquidez economica, asimismo solicita que se le reconsidere el articulo MORDAZA de la Resolucion Nº 2822009-CONAFU de fecha 08 de junio de 2009, ademas solicita se rectifique el articulo primero de la Resolucion Nº 282-2009-CONAFU de fecha 08 de junio de 2009;

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