Norma Legal Oficial del día 29 de Octubre del año 2005 (29/10/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, sabado 29 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 303209

conjunto de generar un efecto identificador del origen empresarial y diferenciador de la oferta de este concurrente frente a los demas concurrentes en el mercado; ii) no MORDAZA una respuesta a necesidades propias de la actividad economica que este concurrente realiza; iii) no MORDAZA un estandar en el mercado; y, iv) conformen una apariencia que pueda ser evitada por los demas concurrentes sin incurrir en elevados costos de diferenciacion.
Octavo.- Solicitar al Directorio del Indecopi que se sirva ordenar la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano.

Con la intervencion de los senores miembros de Comision: MORDAZA Bueno-Tizon, MORDAZA Lerner, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Perla. Sin la participacion de MORDAZA Bardales.
MORDAZA BUENO-TIZON MORDAZA Presidente Comision de Represion de la Competencia Desleal

TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Sala de Defensa de la Competencia RESOLUCION Nº 1091-2005/TDC-INDECOPI EXPEDIENTE Nº 104-2004/CCD PROCEDENCIA : COMISION DE REPRESION DE LA COMPETENCIA DESLEAL (LA COMISION) DENUNCIANTE : BEMBOS S.A.C. (BEMBOS) DENUNCIADO : RENZO'S POLLERIA RESTAURANT SNACK S.R.L. (RENZOS) MATERIA : COMPETENCIA DESLEAL CONFUSION EXPLOTACION DE LA REPUTACION AJENA GRADUACION DE LA SANCION PRECEDENTE DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA COSTAS Y COSTOS ACTIVIDAD : RESTAURANTES, BARES Y CANTINAS

SUMILLA: en el procedimiento seguido por Bembos S.A.C. contra Renzo´s Polleria Restaurant Snacks S.R.L. por actos de confusion y aprovechamiento de la reputacion ajena, la Sala ha resuelto confirmar la Resolucion Nº 030-2005/CCD-INDECOPI, emitida el 7 de marzo de 2005 por la Comision de Represion de la Competencia Desleal, en los extremos apelados en que declaro fundada la denuncia contra Renzo´s Polleria Restaurant Snacks S.R.L. y las medidas complementarias ordenadas. Asimismo, se confirma dicha resolucion en el extremo en que aprobo, como precedente de observancia obligatoria, los alcances del articulo 4º del Decreto Ley Nº 26122, Ley sobre Represion de la Competencia Desleal, relativo a los limites de la MORDAZA de imitacion de prestaciones o iniciativas empresariales ajenas asi como las distintas modalidades del acto de confusion previsto en el articulo 8º de la referida Ley, y los criterios para determinar su configuracion. SANCION: Amonestacion
MORDAZA, 5 de octubre de 2005 I ANTECEDENTES El 20 de agosto de 2004, Bembos denuncio a Renzos por competencia desleal en la modalidad de actos de confusion y aprovechamiento de la reputacion ajena, debido a que el local de esta MORDAZA, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Miraflores, contaba con una estructura casi identica a los locales de Bembos, empleando los MORDAZA MORDAZA,

MORDAZA y MORDAZA en las combinaciones distintivas de estos, asi como las mismas figuras geometricas en mayolicas ubicadas en la parte inferior de las MORDAZA externas y, ventanas circulares y rectangulares con la misma disposicion. Agrego que las similitudes no se restringian al aspecto exterior del local, sino que incluian el mismo diseno de interiores, especificamente, la disposicion y color de mobiliario, luminaria, pisos y decoracion en general1 . Bembos senalo que su estetica arquitectonica no podia ser considerada parte de una moda actual a fin de justificar la libre imitacion por parte de la denunciada, la cual pretendia aprovechar la reputacion de Bembos en el MORDAZA de comida rapida, construida por mas de 15 anos. Mediante Resolucion Nº 1 la Comision admitio a tramite la denuncia y dispuso la realizacion de una inspeccion al local de la denunciada 2 . Posteriormente, mediante Resolucion Nº 3 se ordeno, en calidad de medida cautelar, el cierre temporal del local de Renzos en tanto presentara, en su aspecto interno y externo, elementos que pudieran generar confusion en los consumidores sobre su origen empresarial con respecto a los locales de Bembos. En sus descargos, Renzos senalo que no competia en el MORDAZA de comida rapida de Bembos, no solo por la diferencia de prestaciones y los terminos de atencion al publico, sino tambien por los distintos segmentos a los que se dirigian: a diferencia de Renzos, Bembos se ubicaba en distritos de condicion economica media y alta, todo lo cual incidia en la capacidad de diferenciacion de los consumidores que era relevante para determinar la existencia o no de riesgo de confusion, directa o indirecta. En este sentido, preciso que el diseno de su local respondia a una tendencia moderna y actual en el que primaban los MORDAZA fuertes para captar la atencion del publico, siendo legitimo la imitacion de iniciativas empresariales en la medida que no afecten derechos de exclusiva ni obstaculicen la permanencia de los competidores en el MORDAZA, remarcando que Bembos no poseia derechos de exclusiva sobre los MORDAZA empleados. En este extremo, preciso que su local contaba con elementos que lo distinguian de los de Bembos, tales como una cascada en la parte central, un horno empotrado, una pantalla gigante, un bar para la exhibicion de licores, entre otros, ademas de carecer de los acabados exclusivos de Bembos. Respecto a la ubicacion del mobiliario senalo que colocar las mesas al lado de las ventanas era habitual en este MORDAZA de negocios3 . Posteriormente, el 26 y el 29 de octubre de 2004, Renzos informo a la Comision que las fotografias presentadas por Bembos para sustentar los presuntos actos de competencia desleal solo correspondian a uno de sus locales, respecto del cual se habia destacado el area lateral que poseia una estructura rectangular similar a la de Renzos, y no el frontis con los aleros triangulares caracteristicos de sus locales. Sin perjuicio de ello, informo que habia procedido a variar sus MORDAZA, incluyendo el MORDAZA y el anaranjado, en cumplimiento de la medida cautelar ordenada, adjuntando nuevas fotografias para acreditar dichos cambios4 . El 8 y el 29 de noviembre de 2004, la Comision y la Unidad de Fiscalizacion del Indecopi efectuaron diligencias de inspeccion a los locales de MORDAZA partes, a efecto de

1

Bembos presento una serie de fotografias de los salones y la fachada de Renzos en planos comparativos con los ambientes de sus propios locales. Ver fojas 35 a 49 del Expediente.
De fojas 236 a 242 obra el Informe Nº 97-2004-FYE/AFI del Area de Fiscalizacion del Indecopi sobre los resultados de la inspeccion efectuada al local de Renzos, asi como MORDAZA del Acta levantada en dicha oportunidad. Las fotografias de Renzos tomadas por el personal del Area de Fiscalizacion obran de fojas 261 a 265 del Expediente. De fojas 180 a 203 obran las fotografias presentadas por Renzos sobre los elementos que distinguian su local de los de Bembos. Ver fojas 289 a 316 del Expediente.

2

3

4

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.