Norma Legal Oficial del día 09 de Diciembre del año 2006 (09/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de diciembre de 2006

4.6. Las Comisiones de Transferencia de Recepcion y de Entrega elaboran un expediente conformado por el Informe Preparatorio, la documentacion que respalda el cumplimiento de los Mecanismos de Verificacion, la Resolucion del Consejo Nacional de Descentralizacion que aprueba el cumplimiento de los Mecanismos de Verificacion, el Informe Final y el Acta de Entrega y Recepcion de la transferencia de la maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas del Programa Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada (PMAAP). 4.7. El Informe Final sera suscrito por el Presidente de la Comision de Transferencia de Entrega, en su calidad de responsable de transferir la maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas del Programa Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada (PMAAP). 4.8. El Expediente se elabora en dos (2) originales de igual tenor y valor que quedaran, uno en poder del Presidente de la Comision de Transferencia de Entrega y el otro en poder del Presidente de la Comision Transferencia de Recepcion. Una MORDAZA fedateada del expediente sera remitida por el Presidente de la Comision de Transferencia de Entrega al Consejo Nacional de Descentralizacion. 4.9. El Acta de Entrega y Recepcion sera suscrita en dos (2) originales por el Titular del Pliego Ministerial y por el Titular del Pliego del Gobierno Regional. La suscripcion puede ser delegada. 4.10. El MORDAZA de transferencia concluye con la dacion del respectivo Decreto Supremo por parte del Ministerio de Agricultura. 5. MECANISMOS DE VERIFICACION Para acceder a la transferencia de la maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas del Programa Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) los Gobiernos Regionales deben cumplir con presentar al Consejo Nacional de Descentralizacion los siguientes Mecanismos de Verificacion: Documentacion que deben presentar los Gobiernos Regionales Profesional designado Resolucion de designacion, documento formalmente Profesional de encargatura o para asumir la calificado terminos de referencia. responsabilidad. para la administracion y Ing. Mecanico, MORDAZA del Titulo mantenimiento, Mecanico Electrico, profesional. de maquinaria, MORDAZA o Agronomo equipos e Experiencia en la Certificados o implementos. administracion y constancias que mantenimiento de acrediten la experiencia maquinaria y equipos. en el curriculum vitae del profesional. Unidad organica Resolucion Ejecutiva Resolucion Ejecutiva Regional o proyecto en el Gobierno Regional que de Resolucion que Regional para la conforma la unidad conforma la unidad administracion y organica en el organica en el Gobierno mantenimiento Gobierno Regional para la administracion Regional. de la y mantenimiento maquinaria, de la maquinaria, equipos e implementos y implementos. equipos. Resolucion Ejecutiva Resolucion Ejecutiva Contar con Regional que aprueba Regional o proyecto de criterios tecnicos para la los criterios tecnicos Resolucion que aprueba administracion y para la administracion los criterios tecnicos mantenimiento y mantenimiento de la en apoyo al desarrollo maquinaria, equipos MORDAZA de la region. de la e implementos en maquinaria, apoyo al desarrollo equipos e MORDAZA de la region. implementos. Mecanismos de Verificacion Indicadores 6. PLAZOS El Ministerio de Agricultura es responsable de concluir la transferencia de la maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas del Programa

Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) a los Gobiernos Regionales a mas tardar el 30 de MORDAZA de 2007, mediante la aprobacion y publicacion del Decreto Supremo correspondiente. 6594-2

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA
Califican como confidencial contrato de seguridad privada entre PROSEGUR y Luz del Sur S.A.A. en procedimiento de regulacion de tarifas y compensaciones
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG N° 636-2006-OS/CD MORDAZA, 5 de diciembre de 2006 VISTOS: La Carta LE-459/2006, presentada por la empresa LUZ DEL SUR S.A. (en adelante LUZ DEL SUR), de fecha 12/10/2006, asi como sus comunicaciones complementarias LE-486/2006, de fecha 24/10/2006, LE-512/2006 de fecha 08/11/2006 y la Comunicacion GC704/2006, de fecha 03/11/2006, vinculadas a la solicitud de LUZ DEL SUR para que se califique como confidencial los documentos LDS-113, LDS-116 y LDS-118, que fueron remitidos a OSINERG como parte del procedimiento de regulacion de tarifas y compensaciones del Sistema MORDAZA de Transmision, para el periodo 2007-2011; y los Oficios 343 y 372-2006-OSINERG-GART. CONSIDERANDO: Que, mediante el documento LE-459/2006, LUZ DEL SUR solicito que se califique como confidencial los siguientes documentos: (i) Anexo LDS-113: MORDAZA de los estudios de remuneraciones del sector electrico elaborados por Price Water House Cooper; (ii) Anexo LDS-116: MORDAZA del contrato de seguridad privada vigente entre PROSEGUR y LUZ DEL SUR; y, (iii) Anexo LDS118: MORDAZA de la poliza de seguro vigente otorgada por MORDAZA Seguros a LUZ DEL SUR; Que, con Oficio Nº 343-2006-OSINERG-GART, se solicito a LUZ DEL SUR que justificara su solicitud de confidencialidad, siendo contestado dicho requerimiento mediante el documento LE-486/2006, en el que LUZ DEL SUR menciona las razones por las cuales considera que dicha documentacion deberia ser calificada como confidencial, alegando lo siguiente: (i) Anexo LDS-113.- LUZ DEL SUR senala que el estudio de remuneraciones del sector electrico elaborado por Price Water House MORDAZA fue encargado por la concesionaria a la mencionada firma auditora, no siendo informacion de dominio publico, sino de propiedad de LUZ DEL SUR, por lo que de conformidad con el articulo 39º de la Ley Sobre derechos de Autor -Decreto Legislativo Nº 882-, se reserva el derecho de difundirla o autorizar su difusion a traves de cualquier medio. Agrega la concesionaria que, la informacion de costos de LUZ DEL SUR que contiene, solo esta destinada a los fines del propio Estudio. Indica finalmente que no autoriza su publicacion en la pagina Web del OSINERG, debiendo por tal razon ser declarada confidencial. (ii) Anexo LDS-116.- Respecto a la MORDAZA del contrato de seguridad privada vigente entre PROSEGUR y LUZ DEL SUR, esta MORDAZA senala que el referido contrato

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